Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2005 (18/09/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 18 de setiembre de 2005

de la concesion definitiva de transmision de la que era titular ELECTROLIMA S.A., en razon de lo cual, mediante Resolucion Ministerial Nº 225-95-EM/VME, publicada el 28 de agosto de 1995, se declaro fundado el recurso de Reconsideracion contra la referida Resolucion Ministerial Nº 170-95-EM/VME, quedando asi establecido que la servidumbre se impuso a favor de la concesion definitiva de transmision cuyo titular era ELECTROLIMA S.A.; Que, con fecha 23 de octubre de 1995, se publico la Resolucion Suprema Nº 082-95-EM mediante la cual se aprobo la transferencia a favor de Empresa de Distribucion Electrica de Chancay S.A. ­ EDECHANCAY S.A., de la concesion definitiva de transmision referida en el primer considerando de la presente Resolucion, quedando dicha transferencia inscrita en el rubro C00002 de la Partida Nº 11107463 del Registro de Concesiones para la Explotacion de Servicios Publicos de la Oficina Registral MORDAZA, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, en virtud de la transferencia citada en el considerando precedente, EDECHANCAY S.A. adquirio todos los derechos y obligaciones inherentes a la concesion definitiva de transmision a que se refiere la presente Resolucion, entre los cuales se encuentra la servidumbre de electroducto impuesta en beneficio de la referida concesion; Que, posteriormente, Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A. - EDELNOR S.A. fue absorbida por EDECHANCAY S.A., la cual cambio su denominacion social a Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA - Norte S.A. EDELNOR S.A. y, con el fin de adecuarse a la Ley Nº 26887, nueva Ley General de Sociedades, adopto la denominacion Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A.A.EDELNOR S.A.A., quedando cada uno de los actos mencionados, asi como el tracto sucesivo de la titularidad de la concesion, inscritos en el rubro C00003 de la Partida Nº 11107463 del Registro de Concesiones para la Explotacion de Servicios Publicos de la Oficina Registral MORDAZA, cuya MORDAZA obra en el Expediente, en razon de lo cual, amparado en el MORDAZA de buena fe registral, debe tenerse a EDELNOR S.A.A. como titular de la concesion definitiva de transmision; Que, de acuerdo con los articulos 1035º y 1036º del Codigo Civil, concordados con el articulo 111º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y los articulos 216º y siguientes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, la servidumbre electrica es un derecho que se constituye en beneficio de la concesion definitiva, se transmite con MORDAZA y subsiste mientras MORDAZA se encuentre vigente; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la titular ha cumplido con lo establecido en la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe Nº 188-2005-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarase que la servidumbre de electroducto originariamente impuesta por Resolucion Ministerial Nº 170-95-EM/VME, publicada el 9 de MORDAZA de 1995, beneficia a la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision descrita en el primer considerando de la presente Resolucion, cuya titularidad corresponde a Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A.A. EDELNOR S.A.A., en virtud del rubro C00003 de la Partida Nº 11107463 del Registro de Concesiones para la Explotacion de Servicios Publicos de la Oficina Registral Lima. Articulo 2º.- EDELNOR S.A.A. ejercera los derechos y obligaciones inherentes a la servidumbre de electroducto impuesta para la linea de transmision de 60 kV S.E. Zapallal ­ S.E. Chancay ­ S.E. Huaral, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y la Resolucion Ministerial Nº 170-95-EM/ VME. Registrese, comuniquese y publiquese. GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 14001

JUSTICIA
Autorizan viaje de ciudadanos a Costa Rica para participar en audiencia relativa al Caso CIDH Nº 12.084 MORDAZA MORDAZA y otros (SITRAMUN)
RESOLUCION SUPREMA Nº 213-2005-JUS MORDAZA, 16 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, para los dias 20 y 21 de setiembre de 2005, el Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ha convocado a la Comision Interamericana de Derechos Humanos, a una Audiencia Publica que se llevara a cabo en la Sede de la Corte Suprema de la MORDAZA de San MORDAZA - Costa Rica, para ver el Caso CIDH Nº 12.084 MORDAZA MORDAZA y otros; Que, previamente se realizara una reunion preparatoria con las partes para tratar detalles de la Audiencia Publica; dicha reunion tendra lugar en la sede de la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 19 de setiembre de 2005; Que, los doctores MORDAZA Pasco Cosmopolis, Agente Titular y MORDAZA MORDAZA Hunt, Agente Alterno del Caso CIDH Nº 12.084 - MORDAZA MORDAZA y otros (SITRAMUN), han sido designados para que en representacion del Estado Peruano, participen en la citada audiencia; Que, asimismo se ha considerado importante la participacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Caracciolo y el senor MORDAZA Zileri MORDAZA, como testigos ofrecidos por el Estado Peruano para que rindan sus testimonios sobre el mencionado Caso; Que, en consecuencia es conveniente para los intereses institucionales del Estado, autorizar el viaje y los gastos a efectuarse; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto de Urgencia Nº 006-2005; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de los doctores MORDAZA Pasco Cosmopolis, Agente Titular y MORDAZA MORDAZA Hunt, Agente Alterno para el Caso CIDH Nº 12.084 - MORDAZA MORDAZA y otros (SITRAMUN); y como testigos el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Caracciolo y el senor MORDAZA Zileri MORDAZA, a la MORDAZA de San MORDAZA - Costa Rica, del 19 al 22 de setiembre de 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, seran cubiertos por el Pliego 006 Ministerio de Justicia, de acuerdo al siguiente detalle: Doctor MORDAZA Pasco Cosmopolis: - Pasajes US$ 668,04 - Viaticos US$ 600,00 - Tarifa por uso de aeropuerto US$ 28,24 Doctor MORDAZA MORDAZA Hunt: - Pasajes US$ 668,04 - Viaticos US$ 600,00 - Tarifa por uso de aeropuerto US$ 28,24 Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Caracciolo: - Pasajes US$ 668,04 - Viaticos US$ 600,00 - Tarifa por uso de aeropuerto US$ 28,24 Senor MORDAZA Zileri Gibson: - Pasajes US$ 668,04 - Viaticos US$ 600,00 - Tarifa por uso de aeropuerto US$ 28,24 Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de la citada reunion, los citados comisionados deberan presentar ante el senor Ministro de Justicia un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado.

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