Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2005 (18/09/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, MORDAZA 18 de setiembre de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 300581

Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica de MORDAZA WAISMAN RJAVINSTHI MORDAZA Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho de la Presidencia de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia 16079

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 641-2005-MTC/02 MORDAZA, 15 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 dispone que los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Publico, de funcionarios, servidores publicos o representantes del Poder Ejecutivo, a que se refieren el primer y MORDAZA parrafo del articulo 1º de la Ley Nº 27619, quedan prohibidos por el ejercicio fiscal 2005, prohibicion que no es aplicable a los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, asi como la Direccion de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyos casos los viajes seran autorizados a traves de resolucion del Titular del Pliego respectivo, la misma que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano MORDAZA del inicio de la comision de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares aeronauticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria - I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, la empresa MORDAZA Peru S.A.C., con Carta WayraperuGGEN-0118-05, del 25 de agosto de 2005, en el MORDAZA de los Procedimientos Nºs. 11, 13, 17 y 18 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Inspeccion Tecnica de Aeronaves, Inspeccion Tecnica a Bases y Estaciones para Establecimiento o Actualizacion de Especificaciones de Operacion, Autorizacion para Talleres de Mantenimiento Aeronautico e Inspeccion Tecnica a Talleres de Mantenimiento Aeronautico para Establecimiento o Actualizacion de Habilitaciones), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar las inspecciones tecnicas por expedicion de Certificados de Aeronavegabilidad a las aeronaves Fokker 100 de numeros de serie 11376 y 11377, asi como efectuar la inspeccion tecnica del Taller de Mantenimiento Aeronautico American Airlines y de la Estacion de la empresa MORDAZA Peru S.A.C., en la MORDAZA de Tulsa, Oklahoma, durante los dias 18 al 27 de setiembre de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nºs. 24577, 24578, 24579, 24580, 24581 y 24582, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido las Ordenes de

SALUD
Incorporan parrafo al Art. 2º del D.S. Nº 019-2005-SA que aprobo Reglamento de la Ley de Nombramiento de Profesionales de la Salud no Medicos Cirujanos Contratados por el Ministerio a nivel nacional
DECRETO SUPREMO Nº 020-2005-SA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 019-2005-SA, se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 28498, Ley de Nombramiento de los Profesionales de la Salud no Medicos Cirujanos Contratados por el Ministerio de Salud a nivel nacional; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo establece que el nombramiento de los profesionales de la salud se efectuara a partir del ano 2006, en forma gradual y hasta en un 15% anual del total del personal que estuvo contratado a la fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 28428; asimismo, tal dispositivo senala que dicho nombramiento se efectuara con cargo al presupuesto institucional respectivo y las modificaciones presupuestarias correspondientes en el nivel funcional programatico, que resulten necesarias, en el MORDAZA de la normatividad presupuestaria vigente, previo informe favorable de la Direccion Nacional de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, respecto a su funcionamiento; Que, resulta necesario prever el mecanismo para asegurar la gradualidad del nombramiento tratandose de modificaciones presupuestarias en el nivel institucional; De conformidad con el numeral 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 28498; DECRETA: Articulo 1º.- Incorporese como tercer parrafo del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 019-2005-SA, el siguiente texto: "El limite porcentual a que se contrae el primer parrafo del presente articulo podra ser MORDAZA de producirse modificaciones presupuestarias en el nivel institucional que posibiliten la disposicion de mayores recursos." Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por la Ministra de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de setiembre del ano dos mil cinco. MORDAZA WAISMAN RJAVINSTHI MORDAZA Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 16087

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.