Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2005 (25/09/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 25 de setiembre de 2005

REGLAMENTO DE ADMINISTRACION, USO Y MANEJO DEL FONDO DE SOLIDARIDAD Articulo 1º.- OBJETO Establecer el procedimiento y lineamentos de caracter administrativo, operativo y las responsabilidades funcionales que demandara la Administracion, Uso y Manejo del Fondo de Solidaridad a recaudarse con el descuento del 5% de la remuneracion MORDAZA del senor MORDAZA y del monto neto que por concepto de dietas perciben los senores Regidores hasta la culminacion de sus mandatos. Articulo 2º.- FINES La Gerencia de Desarrollo Economico y Social debera implementar programas a fin de promover y poner en marcha un sistema de desarrollo de los beneficiarios, efectuando Talleres productivos de insercion laboral, Implementacion de Espacios Concertados, Capacitaciones laborales, educativos y culturales e Implementacion de Servicios en casos fortuitos, programas que estaran dirigidos a las zonas de mas escasos recursos economicos, de acuerdo al Mapa de Pobreza del distrito, las mismas que seran determinadas por la Gerencia en mencion. Ar ticulo 3º.- TALLERES PRODUCTIVOS DE INSERCION LABORAL Los talleres productivos de Insercion laboral, estaran de acuerdo a los requerimientos de oferta laboral que exige el MORDAZA, como en la actualidad se da: Costura, Industrias Alimentarias (panaderia, reposteria, etc.), entre otros. Ar ticulo 4º.- TALLER DE CAPACITACIONES LABORALES, EDUCATIVOS Y CULTURALES El Taller de Capacitaciones Complementarias Laborales, Educativos y Culturales, comprendera el desarrollo de cursos con la finalidad de que los participantes accedan competitivamente al MORDAZA laboral e involucrandose con el desarrollo profesional y personal, proporcionando capacitaciones como: asesoria en la busqueda de empleo, gestion administrativa, etc. Articulo 5º.- TALLERES DE IMPLEMENTACION DE ESPACIOS CONCERTADOS Los Talleres de Implementacion de Espacios Concertados, tiene como finalidad trabajar en equipo con las organizaciones de la comunidad como son : parroquias, comedores, centros medicos, comites vecinales, entre otros; y asi recabar informacion y realizar los programas sociales descentralizados. Articulo 6º.- IMPLEMENTACION DE SERVICIOS EN CASOS FORTUITOS La implementacion de servicios en casos fortuitos, esta orientado a las familias Santanitences en pobreza y extrema pobreza que atraviesan por situaciones fortuitas que impliquen agravar su condicion socio economica, para ello se implementaran: Infraestructura para un Velatorio Municipal, un Refugio para Personas Maltratadas y disponer un Fondo para Desastres Naturales. Articulo 7º.- DE LOS PARTICIPANTES Para ser beneficiario de los talleres MORDAZA descritos, debera encontrarse, previamente, inscrito en los Registros de la Subgerencia de Participacion Vecinal, ademas, la MORDAZA debe ser identificada como de extrema pobreza. Articulo 8º.- DEL APORTE La Gerencia de Administracion, a traves de la Subgerencia de personal, procedera partir de la vigencia del presente reglamento y hasta la culminacion del

mandato del senor MORDAZA y de los senores Regidores, a retraer en la Planilla Unica de Haberes , como aporte para el Fondo de la Solidar idad, el 5 % de la renumeracion MORDAZA del senor MORDAZA y del monto neto que por concepto de dietas que perciben los senores Regidores, informando mensualmente a la Subgerencia de Tesoreria, quien en merito a dicho descuento abonara los impor tes respectivos a la Cuenta de Ahorros aperturada con tal fin y comunicara mensualmente a la Gerencia de Desarrollo Economico y social los saldos existentes. Articulo 9º.- DEL USO DEL FONDO La Gerencia de Desarrollo Economico y Social presentara a la Alcaldia, a traves de la Gerencia General, el Programa de Lucha Contra la Pobreza en Zonas MORDAZA Marginales del distrito de MORDAZA MORDAZA, el mismo que debe ser aprobado por Resolucion de Alcaldia. El programa debe contener la realizacion de actividades mensuales cuyo costo no sea superior al monto minimo mensual a ser recaudado por el Fondo de Solidaridad. La Gerencia de Desarrollo Economico y Social con quince (15) dias utiles de anticipacion debe requerir a la Gerencia de Administracion de los fondos necesarios para la realizacion de las actividades mensuales previstas en el Programa Anual. La Gerencia de Administracion, a traves de sus Subgerencias de Contabilidad y Tesoreria proveera de los fondos respectivos a la Gerencia de Desarrollo Economico y Social, que debe rendir cuentas documentada del uso de los mismos durante la primera quincena del mes siguiente. Articulo 10º.- DEL INFORME MENSUAL La Gerencia de Desarrollo Economico y Social informara mensualmente a la Alcaldia sobre la Ejecucion del programa. Dicho informe sera incluido en la siguiente Sesion de Concejo para dar cuenta a los senores Regidores, sobre la ejecucion del mismo. Articulo 11º.- DE LAS NORMAS APLICABLES Los aportes al Fondo de Solidaridad son considerados como donaciones de dinero en efectivo y le son aplicables las normas de contabilidad, tesoreria y control establecidas en la normatividad vigente. Articulo 12º.- DE LA LIQUIDACION DEL FONDO Treinta (30) dias MORDAZA de concluir sus mandatos el senor MORDAZA y los senores Regidores, la Gerencia de Administracion procedera a liquidar el fondo informando a la Alcaldia los resultados del mismo y de existir remanente, el destino del mismo. Articulo 13º.- RESPONSABILIDAD Es responsable del cumplimiento del presente Reglamento la Gerencia de Desarrollo Economico y Social, asegurando la transparencia y eficiencia en la Administracion, Uso y Manejo del Fondo de Solidaridad, cuyos recursos economicos seran utilizados unica y exclusivamente en los fines que establece la presente MORDAZA, bajo responsabilidad administrativa, civil y penal que establece la ley. DISPOSICION COMPLEMENTARIA Y FINAL Primera.- Todo lo no previsto en el presente Reglamento se resolvera mediante Resolucion Gerencial emitida por la Gerencia de Desarrollo Economico y Social. 16358

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