Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2005 (28/09/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 28 de setiembre de 2005

AGRICULTURA
Otorgan concesion para ecoturismo a favor de la empresa Reserva Natural y Ecoturismo Lagartococha S.R.Ltda., en el departamento de MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 154-2005-INRENA MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2005 VISTO: El Infor me Tecnico Nº 527-2005-INRENAIFFS(DACFFS), emitido por la Direccion de Administracion y Control Forestal y de Fauna MORDAZA de la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA, de fecha 6 de junio de 2005, que recomienda aprobar la Propuesta Tecnica presentada por la empresa Reserva Natural y Ecoturismo Lagartococha S.R.Ltda. para la concesion directa de un area con fines de ecoturismo a desarrollarse en dos mil quinientos y veintitres hectareas y 700 metros cuadrados (2523.07 ha), ubicadas en el distrito de Inambari, provincia de Tambopata, departamento de MORDAZA de MORDAZA, la misma que tendra la denominacion de "Ecoturismo Rural y Recuperacion de Areas Intervenidas por Mineria Aluvial". CONSIDERANDO: Que, el articulo 68º de la Constitucion Politica del Peru establece que es obligacion del Estado promover la conservacion de la diversidad biologica; Que, el Instituto Nacional de Recursos Naturales INRENA es el ente rector encargado de la gestion y administracion de los recursos forestales y de fauna MORDAZA a nivel nacional, de conformidad con lo previsto tanto en el numeral 3.4 del articulo 3º de la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, como en el articulo 6º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0142001-AG; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0314-2002AG, se aprueban las Disposiciones Complementarias para el Otorgamiento de Concesiones para Ecoturismo, encargandose al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA su difusion, aplicacion y cumplimiento; Que, con Carta Nº 549-2004-INRENA-IFFS (DACFFS), del 20 de MORDAZA de 2004, la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA comunica a la empresa Reserva Natural y Ecoturismo Lagartococha S.R.Ltda. que su solicitud del area para concesion continuara bajo la modalidad de Concesion Directa, autorizandole a presentar su Propuesta Tecnica, de conformidad con lo senalado en el numeral 18.2 del 18º de la Resolucion Ministerial Nº 0314-2002AG; Que, mediante Carta Nº 002-2004-LAGARTOCOCHASRL-GG/SBD del 2 de setiembre del 2004, la mencionada empresa remite a la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA la Propuesta Tecnica descrita, la misma que consta de cuarenta y nueve (49) folios; Que, el Centro de Informacion Forestal senala en su Informe Nº 187-2004/INRENA-IFFS-CIF de fecha 6 de setiembre de 2004, que el area solicitada por la empresa Reserva Natural y Ecoturismo Lagartococha S. R . L t d a . s e e n c u e n t ra e n s u p e r p o s i c i o n c o n concesiones mineras en un area SIG de 2,445.89 ha., sin embargo no ha sido posible determinar su actual vigencia o caducidad; Que, se encuentra previsto en el articulo 3º de la Ley Nº 26821, Ley Organica para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales que el suelo, el subsuelo, los minerales y el paisaje natural, entre otros, son considerados como recursos naturales; Que, de conformidad con el articulo 19º de la precitada Ley, los derechos para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales se otorgan a los particulares

mediante las modalidades que establecen las leyes especiales para cada recurso natural; Que, la Resolucion Ministerial Nº 0314-2002-AG establece respectivamente en sus articulos 16º y 19º, el contenido de la Propuesta Tecnica y los criterios para su calificacion; Que, el Informe Tecnico Nº 527-2005-INRENAIFFS(DACFFS) de fecha 6 de junio del 2005, evaluo la Propuesta Tecnica presentada por Reserva Natural y Ecoturismo Lagartococha S.R.L, la cual ha obtenido el 72.5% del puntaje, superando asi el puntaje minimo establecido en el numeral 18.3 del articulo 18º de la Resolucion Ministerial Nº 0314-2002-AG; Que, el numeral 22.1 del articulo 22º de la Resolucion Ministerial Nº 0314-2002-AG dispone que la concesion se otorga mediante Resolucion Jefatural, la cual es publicada en el Diario Oficial El Peruano e incluye la declaracion de ganador y aprobacion de la Propuesta Tecnica, en caso de concesion directa; Que, el literal a) del articulo 30º del Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, establece que la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA es la encargada de proponer las politicas, normas, sistemas, planes y programas relacionados con la gestion y administracion de recursos forestales, ademas de controlar y supervisar su cumplimiento o ejecucion; En uso de las facultades otorgadas mediante el inciso j) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la "Propuesta Tecnica" presentada por la empresa Reserva Natural y Ecoturismo Lagartococha S.R.Ltda. Articulo 2º.- Otorgar una concesion para ecoturismo a favor de la empresa Reserva Natural y Ecoturismo Lagar tococha S.R.Ltda., la misma que tendra la denominacion de "Ecoturismo Rural y Recuperacion de Areas Intervenidas por Mineria Aluvial", bajo la modalidad de concesion directa, a desarrollarse en un area de 2523.07 hectareas, ubicadas en el distrito de Inambari, provincia de Tambopata, departamento de MORDAZA de MORDAZA, por un periodo de 40 anos renovables. Articulo 3º.- Definir el area que se otorga en concesion, la cual se encuentra enmarcada dentro de las siguientes coordenadas geograficas: VERTICES P1 P2 P3 P4 P5 P6 P7 P8 P9 P10 P11 P12 P13 P14 COORD. X 404265 404686 406055 406186 407608 408947 409517 410250 410250 412000 412113 411719 411701 404265 COORD. Y 8599191 8598978 8598940 8598213 8597926 8598407 8599244 8599392 8597400 8596900 8596151 8595174 8595000 8595000

Articulo 4º.- Precisar que el otorgamiento de la concesion se complementa con la suscripcion del contrato correspondiente, en consecuencia para que la concesion se haga efectiva el interesado debera suscribir el referido

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