Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2005 (28/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, miercoles 28 de setiembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Donan la obra denominada "Del Pueblo de MORDAZA al Pueblo del Peru" a favor de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 298-2005-PCM MORDAZA, 27 de setiembre de 2005 Visto el Oficio Nº 579-2004-MSS-SG, de fecha 15 de noviembre del 2004, por el cual la Secretaria General de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA solicita la donacion de la obra denominada "Del Pueblo de MORDAZA al Pueblo del Peru", con la finalidad que sea colocada en un MORDAZA de su jurisdiccion; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Gerencia Central de Actividades Nº 006-2004/SGPR/GCActiv., de fecha 12 de noviembre del 2004, se acepto la donacion efectuada por el Gobierno de MORDAZA de la obra denominada "Del Pueblo de MORDAZA al Pueblo del Peru", del artista MORDAZA MORDAZA, a favor del Gobierno del Peru - Despacho Presidencial, con la finalidad que se transfiera a una entidad publica que se encargue de su debida proteccion y correcta exhibicion a la ciudadania; Que, el Gobierno del Peru, a traves del Ministerio de Relaciones Exteriores, ha evaluado la entidad publica que pueda brindar el debido cuidado a la citada obra, asi como determinar el lugar para su exhibicion, comunicando al Despacho Presidencial, con Oficio RE (SPC) Nº 1-2/165, de fecha 8 de noviembre del 2004, que se habia seleccionado la propuesta presentada por la Municipalidad Distrital de San Borja; Que, por el documento de vistos, la refer ida Municipalidad solicita al Despacho Presidencial la donacion de la obra "Del Pueblo de MORDAZA al Pueblo del Peru" para

que sea exhibida en un area que colinda con el MORDAZA MORDAZA MORDAZA, donde confluyen las avenidas El MORDAZA Norte y San MORDAZA Norte, conforme se propuso al Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, al constituir la obra una escultura de bronce y cobre, que se asemeja a la MORDAZA incaica de los "Doce Angulos" y en cuyo diseno se encuentra grabada una MORDAZA con la cuarta estrofa del poema de MORDAZA Neruda "Alturas de Machu Picchu", su exhibicion permitira rendir homenaje al ilustre poeta MORDAZA con ocasion del centenario de su nacimiento; Que, en consecuencia, existen las condiciones necesarias para atender la solicitud de donacion de la Municipalidad Distrital de San Borja; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 804; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Donar a favor de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA la obra denominada "Del Pueblo de MORDAZA al Pueblo del Peru", del artista MORDAZA MORDAZA, con la finalidad que sea exhibida en el area descrita en la par te considerativa, siendo obligacion de la citada Municipalidad cuidar y conservar la citada obra. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Suprema a la Contraloria General de la Republica. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 16575

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE RESOLUCIONES EN LA SEPARATA DE JURISPRUDENCIA
Se comunica al Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal, Consejo de Mineria y otros organismos publicos que emitan jurisprudencia que para efecto de publicar sus resoluciones deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. Las resoluciones a publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.00 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. Las resoluciones deberan presentarse debidamente refrendadas en original y acompanadas de su respectivo oficio mediante el cual se solicite la publicacion de estas y se autorice el cobro de la tarifa correspondiente segun sea el caso. Las resoluciones de jurisprudencia se remitiran ademas en disquete o al siguiente correo electronico: jurisprudencia@editoraperu.com.pe. No se aceptaran oficios y resoluciones en fotocopia o de no estar acompanados por la version electronica.

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