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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (28/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 18

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G31/G30/G36/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 28 de setiembre de 2005 hidrocarburo que recibe el efluente de 100 ppm del separador y lo transforma en un efluente de 15 ppm. En otras palabras el equipo filtrador lleva un separador de 100 ppm. Se debe de tener en cuenta que el equipo filtrador deberá de contar con un sistema de alarma que se active cuando el contenido de hidrocarburo sobrepase las 15 ppm. II. CAPACIDAD DEL SEPARADOR - EQUIPO FILTRADOR: Los separadores de 100 ppm de acuerdo al arqueo bruto de las naves deberán tener las siguientes capacidades: TIPO CAPACIDAD Entre 400 y 750 AB 0.5 m3/h Entre 750 y 1, 000 AB 1.0 m3/h Entre 1, 000 y 4, 000 AB 1.5 m3/h Entre 4, 000 y 8, 000 AB 2.5 m3/h Entre 8, 000 y 10, 000 AB 10.0 m3/h III. ESPECIFICACIONES DE LOS SEPARADORES- EQUIPO FILTRADOR: - El equipo debe de ser compacto para poder ser instalado en los lugares disponibles abordo. - Deberá funcionar con un amplio rango de contenidos de hidrocarburos, dando siempre un efluente de contenidomenor a 100 ppm. - Debe de ser sólido y resistente, y no verse afectado por los movimientos del buque y sus vibraciones. - Deberá ser proyectado para funcionamiento tanto automático como manual y ser intrínsecamente seguros, desde el punto de vista de producir chispas en ambientesinflamables. - El equipo debe de ser confiable (no presentar fallas frecuentes que retrasen la operación del buque) y sumantenimiento debe de ser simple. ANEXO “B” DIMENSIONES DE LA CONEXIÓN UNIVERSAL DESCRIPCIÓN DIMENSIÓN Diámetro exterior 215 mm. Diámetro interior Según el diámetro exterior del conducto Diámetro de circulo de pernos 183 mm Ranuras en la brida SEIS (06) agujeros de 22 mm de diámetro colocados equidistantes en el círculo depernos del diámetro citado y prolongado hasta la periferia de la brida por una ranura de 22 mm de ancho Espesor de la brida 20 mm Pernos y Tuercas: Cantidad y SEIS (06) de 20 mm de diámetro y dediámetro longitud adecuada La brida estará proyectada para acoplar conductos de un diámetro interiormáximo de 125 mm y será de acero u otro material equivalente con una cara plana. La brida y su junta, que será de material inatacable por los hidrocarburos, se calcularán para una presión de servicio de 600 kPa. ANEXO “C” DIMENSIONES DE LOS TANQUES DE RETENCIÓN EN FUNCIÓN DE SU POTENCIA DEL MOTOR PRINCIPAL H.P KW. M3. 1,200 894.00 1.34 1,150 856.75 1.29 1,000 745.00 1.12 950 707.75 1.06 900 670.50 1.01 850 633.25 0.95 800 596.00 0.89 750 558.75 0.84 700 521.50 0.78 650 484.25 0.73H.P KW. M3. 600 447.00 0.67 550 409.25 0.61 500 372.50 0.56 450 335.25 0.50 400 298.00 0.45 350 260.75 0.39 300 223.50 0.34 16501 ECONOMÍA Y FINANZAS /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/GCD/G6E/G64/G69/G63/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G52/G65/G67/G61/G6C/GED/G61/G20/G4D/G69/G6E/G65/G72/G61/G2C/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G6C /G6D/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G6F/G73/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G35 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 488-2005-EF/15 Lima, 27 de setiembre de 2005CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, modificada por la Ley Nº 28323, se establece la Regalía Minera, su constitución, determinación,administración, distribución y utilización; Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, establece que la Regalía Minera es lacontraprestación económica que los titulares de las concesiones mineras pagan al Estado por la explotación de los recursos minerales metálicos y no metálicos; Que, los Artículos 3º, 4º y 5º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, los Artículos 4º y 6º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalía Minera, sus normas modificatorias y complementarias, y los Artículos 1º y 2º de la ResoluciónMinisterial Nº 063-2005-EF/15, establecen la base de referencia y la determinación de la Regalía Minera; Que, en base a la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, mediante los Oficios Nº 006-2005-INEI/DTDIS y Nº 090- 2005-INEI/DTDIS, la Superintendencia Nacional deAdministración Tributaria - SUNAT, según el Oficio Nº 449- 2005-SUNAT/200000 y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, mediante el Oficio Nº 577-2005-SE-DGPU/DEEI;el Ministerio de Economía y Finanzas procedió a efectuar los cálculos correspondientes para la determinación de los Índices de distribución de la Regalía Minera; Que, el numeral 8.2 del Artículo 8º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, señala que el Ministerio de Economía y Finanzas distribuirá mensualmente losrecursos recaudados por concepto de Regalía Minera en el plazo máximo de treinta (30) días calendario después del último día de pago de la Regalía Minera; Que, el numeral 16.5 del Artículo 16º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalía Minera, establece que por Resolución Ministerialse aprobarán los Índices de Distribución de la Regalía Minera; Que, es conveniente aprobar los Índices de Distribución de la Regalía Minera pagado en el mes de agosto de 2005 así como los montos a que se refiere el numeral 16.6 del Artículo 16º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF -Reglamento de la Ley de Regalía Minera; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 157-2004- EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébense los Índices de Distribución de la Regalía Minera, correspondientes al mes de agosto de 2005, a aplicar a los Gobiernos Locales, GobiernosRegionales y Universidades Nacionales del país beneficiados con la Regalía Minera, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de agosto de 2005 consideran la información remitida por el Instituto Nacional