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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (07/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 10

PÆg. 316292 NORMAS LEGALES Lima, viernes 7 de abril de 2006 Visto la Nota Nº 074-2006-EF/68.01, de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 102-2006- PCM, se constituyó la Comisión Especial Multisectorialpara la Arquitectura Gubernamental en materia de gestióndel territorio, cuya finalidad será desarrollar y presentaral Presidente del Consejo de Ministros, la estrategia de implementación del Plan maestro "Arquitectura Gubernamental en materia de Gestión del Territorio y dela Geomática" como instrumento de visión y deplanificación de la gestión de territorio y la geomática; Que, la referida norma legal establece que la Comisión Especial Multisectorial estará integrada, entre otros, por el Director General de Programación Multianual del Sector Público, del Ministerio de Economía y Finanzas, y unrepresentante alterno; el mismo que será designado porel titular del sector correspondiente; Que, en consecuencia resulta necesario designar al representante alterno del Ministerio de Economía y Finanzas ante la mencionada Comisión Especial; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor Alejandro Arrieta Elguera, como representante alterno del Ministerio de Economía y Finanzas en la Comisión EspecialMultisectorial, a la que se refiere la Resolución MinisterialNº 102-2006-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 06247 Exoneran de proceso de selección la contratación de servicio de soporte tØc-nico de sistema de correo electrónicocodificado RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 187-2006-EF/43 Lima, 6 de abril de 2006 Vistos: el Oficio Nº 142-2006-EF/42.01 de la Oficina General de Informática y Estadística y los Informes Nºs. 089-2006-EF/43.50 y 555-2006-EF/60 de la OficinaGeneral de Administración y de la Oficina General de AsesoríaJurídica, respectivamente, que sustentan la configuracióndel supuesto de servicios que no admiten sustitutos previstoen el inciso e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; CONSIDERANDO: Que, según el inciso e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, están exonerados de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios que no admiten sustitutos, de acuerdo a lo queestablezca el Reglamento; Que, asimismo, el artículo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, señala que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el área usuaria, y siempreque exista un solo proveedor en el mercado nacional, laEntidad podrá contratar directamente. Se considerará queexiste proveedor único en los casos que por razonestécnicas o relacionadas con la protección de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se haya establecido la exclusividad del proveedor; Que, el Ministerio de Economía y Finanzas - MEF ha venido utilizando el servicio de soporte y mantenimientodel Sistema de Correo Electrónico Codificado (SoftwareSAT) para la comunicación con un total de 2 732entidades de todo el país, entre Unidades Ejecutoras, Unidades Operativas, empresas del FONAFE yEmpresas de Tratamiento Empresarial, que registran yremiten información a través del Sistema SIAF, y que dicho software es común entre tales entidades, a fin de mantener una sola administración de los sistemas decomunicación y mantener el criterio de estandarizaciónen los software que adquiere el Ministerio; Que, es indispensable la contratación de los servicios de la Empresa TCI S.A. - Transporte Confidencial de Información, por cuanto permitirá al Ministerio de Economía y Finanzas contar con asistencia técnicaadecuada para detectar problemas en el funcionamientodel Software SAT, así como disponer de versionesactualizadas del mismo, que permitan mantener uncorrecto funcionamiento del Sistema, asegurando el envío de datos de manera segura (codificada), desde el aplicativo cliente del Sistema SIAF-SP y SIAF GL (instalados en lasUnidades Ejecutoras) hacia el Servidor Correo Codificadoinstalado en el MEF (residente en OFINE); Que, la contratación del servicio de soporte técnico del sistema de correo electrónico codificado sólo es posible obtenerlo de la empresa TCI S.A. - Transporte Confidencial de Información, por cuanto es única propietaria delSoftware SAT (Sistema Avanzado de Transacciones) -Servidor/Cliente, así como única poseedora de las fuentesde dichos programas, siendo por consiguiente, la únicaempresa que puede brindar licencias, soporte y mantenimiento a dicho sistema, configurándose de esta manera la causal del servicio que no admite sustituto; Que, mediante Resolución Directoral Nº 026-2006- EF/43.01, se aprobó la inclusión en el Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones del Ministerio deEconomía y Finanzas para el año 2006, el proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva para la contratación del Servicio de Soporte Técnico del Sistemade Correo Electrónico Codificado; Que, para tal efecto, la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración, mediante Memorando Nº 341-2006-EF/43.60 informa que se cuenta con disponibilidad presupuestaria de S/. 97 000,00 (Noventa y Siete Mil y 00/100 Nuevos Soles) para efectuar la contratación dela citada empresa; Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado estableceque las adquisiciones y contrataciones exoneradas, se realizarán mediante acciones inmediatas y se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego; y; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Texto Único Ordenado de laLey de Adquisiciones y Contrataciones del Estado,aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar la contratación del servicio de soporte técnico del sistema de correo electrónico codificado que brinda la Empresa TCI S.A. - TransporteConfidencial de Información como servicios que noadmiten sustitutos, de conformidad con el inciso e) delartículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Artículo 2º.- Exonerar al Ministerio de Economía y Finanzas del proceso de Adjudicación Directa Selectivapara la contratación del servicio de soporte técnico delsistema de correo electrónico codificado que brindará laEmpresa TCI S.A. - Transporte Confidencial de Información. Artículo 3º.- La contratación a la que se refieren los artículos precedentes será por un período de 12 mesesy hasta por el importe de S/. 97 000,00 (Noventa y SieteMil y 00/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos deley, siendo dicha contratación realizada con cargo alpresupuesto del Pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas, correspondiente al ejercicio 2006. La realización de las acciones inmediatas correspondientes estará a cargo de un Comité Especialque seguirá el procedimiento dispuesto por el artículo148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, así como el Oficio Nº 142-2006-EF/42.01 de la Oficina Generalde Informática y Estadística y los Informes Nºs. 089-2006-