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PÆg. 316290 NORMAS LEGALES Lima, viernes 7 de abril de 2006 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República Argentina, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 24 al 28 de abril de 2006,para participar en la XVII Reunión Bilateral de Inteligenciay la XV Reunión de Estados Mayores entre ambasMarinas, en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno,Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra lasDrogas del Congreso de la República, en el plazo de 24horas de su expedición. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a la que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total dedías autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, elMinistro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 06316 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 127-2006-DE/SG Lima, 29 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 254, de fecha 17 de marzo de 2006, el Director General para Asuntos deSeguridad y Defensa del Ministerio de RelacionesExteriores, solicita se expida la autorización para elingreso de personal militar de la República Popular China,sin armas de guerra; Que, en el mes de abril se ha programado la visita de una Delegación Militar China a la Fuerza Aérea del Perú,con el objetivo de fortalecer las relaciones entre ambasFuerzas Aéreas; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, establece que la autorización de ingreso alterritorio peruano del personal militar extranjero sin armasde guerra por razones protocolares, de asistencia cívica,actividades académicas, de entrenamiento o similaresdebe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y eltiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República PopularChina, cuyos nombres se indican en el anexo que formaparte de la presente Resolución, del 13 al 17 de abril de2006, para realizar una visita oficial al Perú. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a laComisión de Defensa Nacional, Orden Interno,Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra lasDrogas del Congreso de la República, en el plazo de 24horas de su expedición. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorizacióna la que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 06317 ECONOMÍA Y FINANZAS Aceptan donación efectuada a favor del Centro de Investigación y Apoyo parael Desarrollo Comunitario para laejecución de programa de salud y ayuda humanitaria RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 014-2006-EF Lima, 6 de abril de 2006 CONSIDERANDO: Que, el Centro Andino vzw de Antwerpen de Bélgica ha efectuado una donación a favor del Centro deInvestigación y Apoyo para el Desarrollo Comunitario -Haz Perú consistente en diversos bienes destinados parala ejecución de su Programa de Salud y Ayuda Humanitaria; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto SupremoNº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con elImpuesto General a las Ventas, la importación otransferencia de bienes que se efectúe a título gratuito afavor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del ImpuestoGeneral a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, elDecreto Legislativo Nº 935, la Ley Nº 27444, el DecretoSupremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en nombre del Gobierno Peruano, la donación efectuada por el Centro Andino vzw de Antwerpen de Bélgica a favor del Centro de Investigación y Apoyo para el Desarrollo Comunitario -Haz Perú, con eficacia anticipada al 11 de agosto de2003 fecha en que fue aprobada por Resolución DirectoralNº 093-2003-SA/OGCI modificada por ResoluciónDirectoral Nº 038-2004-SA/OGCI, del Ministerio de Salud, consistente en ropa usada, juguetes y otros bienes con un valor aproximado de US$ 2 000,00 (Dos Mil y 00/100Dólares de Estados Unidos de América) segúnCertificado de Donación de fecha 10 de febrero de 2003.Dicha donación ha sido destinada al Centro deInvestigación y Apoyo para el Desarrollo Comunitario - Haz Perú, para la ejecución de su Programa de Salud y Ayuda Humanitaria. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) delArtículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del ImpuestoGeneral a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional deAdministración Tributaria - SUNAT y a la ContraloríaGeneral de la República, dentro de los plazos establecidos.