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PÆg. 316295 NORMAS LEGALES Lima, viernes 7 de abril de 2006 mayores a las ofertas económicas presentadas por los postores; Que, asimismo el referido Informe Especial determinó que los miembros de la mencionada Comisión de Adquisición que intervinieron en los procesos de Adquisición, inobservaron lo establecido en el artículo19 del Reglamento de la Ley Nº 27060 “Ley que autorizaal Programa Nacional de Asistencia Alimentaria -PRONAA- a adquirir directamente productos alimenticiosnacionales a los pequeños productores locales”, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-99-POMUDEH, incurriendo así en negligencia grave en el ejercicio desus funciones por no cautelar debidamente los interesesdel Estado, lo cual ocasionó un perjuicio económicoascendente a S/. 100,345.47 Nuevos Soles; Que, en tal sentido se evidencia la presunta Responsabilidad Civil incurrida por los miembros de la Comisión de Adquisición de la Gerencia Local PRONAACusco, comprendidos en el Informe Especial Nº 009-2005-2-4411, por lo que se encuentran obligados aindemnizar al Estado con arreglo a lo dispuesto por elartículo 1321º del Código Civil; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judicialesdel Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, para queinicie las acciones judiciales correspondientes; Con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica del MIMDES contenida en el Informe Nº 436-2006-MIMDES/OGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27793 - Ley deOrganización y Funciones del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social, el Reglamento de Organización yFunciones del MIMDES aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, y el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representación y Defensa del Estado en asuntosjudiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social, para que en representación y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra las personascomprendidas en el Informe Especial Nº 009-2005-2-4411 emitido por el Organo de Control Institucional delPRONAA y contra aquellos que resulten responsables,por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, al ProcuradorPúblico a cargo de los asuntos judiciales del Ministeriode la Mujer y Desarrollo Social para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese ANA MARIA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 06271 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 232-2006-MIMDES Lima, 6 de abril de 2006 Vistos, el Informe Nº 149-2006-MIMDES-PRONAA/ DE del Director Ejecutivo(e) del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, y el Informe Nº 063- 2006-MIMDES-PRONAA/DE-AL de la Jefa de AsesoríaLegal del PRONAA; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Especial Nº 018-2005-2-4411 denominado “No se realizaron los procedimientostendentes a efectivizar la cobranza (monetización), de la donación efectuada por el Ministerio de Pesquería a favor del PRONAA Chimbote, consistente en 39.035 TM deAnchoveta, valorizada en US$ 2,732.45, equivalente aS/. 9,372.00 aproximadamente”, emitido por el Órgano deControl Institucional del PRONAA, se determinó de laevaluación y revisión a la documentación relacionada con la donación de 39.035 TM de Anchoveta efectuada por el ex Ministerio de Pesquería (ahora Ministerio de laProducción) a la Gerencia Local de PRONAA Chimbote, que mediante “Acta de Decomiso de RecursosHidrobiológicos” de fecha 13 de junio del 2002, la DirecciónNacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del ex Ministerio de Pesquería (ahora Ministerio de la Producción), decomisó la cantidad de 39.035 TM. de Anchoveta a unaembarcación que no contaba con permiso de pesca, porinfracción del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General dePesca; asimismo, que mediante “Acta de Donación deRecursos Hidrobiológicos” de fecha 14 de junio de 2002 se procedió a la donación del citado producto a la Gerencia Local PRONAA Chimbote, donde el producto fue entregadoa la Empresa Pesquera Colonial S.A., la cual se obligaba apagar a la Gerencia Local PRONAA Chimbote el valor delcitado producto ascendente a US$ 2,732.45, equivalentea S/. 9,372.00 Nuevos Soles, aproximadamente; Que, asimismo el citado Informe Especial evidenció que los funcionarios competentes de la Gerencia Localdel PRONAA Chimbote y los funcionarios de la SedeCentral del PRONAA, no realizaron los procedimientos ygestiones oportunas tendentes a la cobranza a laEmpresa Pesquera Colonial S.A., del valor de los 39.035 TM de Anchoveta, donados por el ex Ministerio de Pesquería (ahora Ministerio de la Producción), a laGerencia Local del PRONAA Chimbote, por lo queincurrieron en negligencia en su deber de cautelar losintereses del Estado y ocasionaron un perjuicioeconómico al PRONAA, por ende al Estado, por el monto de US$ 2,732.00 equivalente a S/. 9,372.00 Nuevos Soles aproximadamente, por lo que se encuentran obligados aindemnizar el perjuicio ocasionado conforme a lodispuesto por el artículo 1321 del Código Civil; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, para que inicie las acciones judiciales correspondientes; Con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica del MIMDES contenida en el InformeNº 437-2006-MIMDES/OGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social, el Reglamento de Organización yFunciones del MIMDES aprobado por Decreto SupremoNº 011-2004-MIMDES, y el Decreto Ley Nº 17537 - Leyde Representación y Defensa del Estado en asuntos judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social, para que en representación y defensade los intereses del Estado inicie e impulse las accionesjudiciales que correspondan contra las personas comprendidas en el Informe Especial Nº 018-2005-2- 4411, emitido por el Órgano de Control Institucional delPRONAA y contra aquellos que resulten responsables,por los fundamentos expuestos en la parte considerativade la presente resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministeriode la Mujer y Desarrollo Social, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 06272 Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales a fin que se declare la nulidade ineficacia de la Resolución del Tribu-nal Fiscal N” 00174-2-2006 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 231-2006-MIMDES Lima, 6 de abril de 2006 Vistos, el Oficio Nº 326-2006-FONCODES/DE de fecha 21 de marzo de 2006 del Director Ejecutivo del