Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2006 (07/04/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, viernes 7 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

Pag. 316295

mayores a las ofertas economicas presentadas por los postores; Que, asimismo el referido Informe Especial determino que los miembros de la mencionada Comision de Adquisicion que intervinieron en los procesos de Adquisicion, inobservaron lo establecido en el articulo 19 del Reglamento de la Ley Nº 27060 "Ley que autoriza al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria PRONAA- a adquirir directamente productos alimenticios nacionales a los pequenos productores locales", aprobado por Decreto Supremo Nº 002-99-POMUDEH, incurriendo asi en negligencia grave en el ejercicio de sus funciones por no cautelar debidamente los intereses del Estado, lo cual ocasiono un perjuicio economico ascendente a S/. 100,345.47 Nuevos Soles; Que, en tal sentido se evidencia la presunta Responsabilidad Civil incurrida por los miembros de la Comision de Adquisicion de la Gerencia Local PRONAA MORDAZA, comprendidos en el Informe Especial Nº 0092005-2-4411, por lo que se encuentran obligados a indemnizar al Estado con arreglo a lo dispuesto por el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, para que inicie las acciones judiciales correspondientes; Con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica del MIMDES contenida en el Informe Nº 436-2006-MIMDES/OGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47 de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Reglamento de Organizacion y Funciones del MIMDES aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, y el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa del Estado en asuntos judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra las personas comprendidas en el Informe Especial Nº 009-2005-24411 emitido por el Organo de Control Institucional del PRONAA y contra aquellos que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso, al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 06271

Produccion) a la Gerencia Local de PRONAA Chimbote, que mediante "Acta de Decomiso de Recursos Hidrobiologicos" de fecha 13 de junio del 2002, la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del ex Ministerio de Pesqueria (ahora Ministerio de la Produccion), decomiso la cantidad de 39.035 TM. de Anchoveta a una embarcacion que no contaba con permiso de pesca, por infraccion del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca; asimismo, que mediante "Acta de Donacion de Recursos Hidrobiologicos" de fecha 14 de junio de 2002 se procedio a la donacion del citado producto a la Gerencia Local PRONAA Chimbote, donde el producto fue entregado a la Empresa Pesquera Colonial S.A., la cual se obligaba a pagar a la Gerencia Local PRONAA Chimbote el valor del citado producto ascendente a US$ 2,732.45, equivalente a S/. 9,372.00 Nuevos Soles, aproximadamente; Que, asimismo el citado Informe Especial evidencio que los funcionarios competentes de la Gerencia Local del PRONAA Chimbote y los funcionarios de la Sede Central del PRONAA, no realizaron los procedimientos y gestiones oportunas tendentes a la cobranza a la Empresa Pesquera Colonial S.A., del valor de los 39.035 TM de Anchoveta, donados por el ex Ministerio de Pesqueria (ahora Ministerio de la Produccion), a la Gerencia Local del PRONAA Chimbote, por lo que incurrieron en negligencia en su deber de cautelar los intereses del Estado y ocasionaron un perjuicio economico al PRONAA, por ende al Estado, por el monto de US$ 2,732.00 equivalente a S/. 9,372.00 Nuevos Soles aproximadamente, por lo que se encuentran obligados a indemnizar el perjuicio ocasionado conforme a lo dispuesto por el articulo 1321 del Codigo Civil; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, para que inicie las acciones judiciales correspondientes; Con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica del MIMDES contenida en el Informe Nº 437-2006-MIMDES/OGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47 de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Reglamento de Organizacion y Funciones del MIMDES aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, y el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa del Estado en asuntos judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra las personas comprendidas en el Informe Especial Nº 018-2005-24411, emitido por el Organo de Control Institucional del PRONAA y contra aquellos que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso, al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 232-2006-MIMDES
MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2006 Vistos, el Informe Nº 149-2006-MIMDES-PRONAA/ DE del Director Ejecutivo(e) del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, y el Informe Nº 0632006-MIMDES-PRONAA/DE-AL de la Jefa de Asesoria Legal del PRONAA; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Especial Nº 018-2005-2-4411 denominado "No se realizaron los procedimientos tendentes a efectivizar la cobranza (monetizacion), de la donacion efectuada por el Ministerio de Pesqueria a favor del PRONAA Chimbote, consistente en 39.035 TM de Anchoveta, valorizada en US$ 2,732.45, equivalente a S/. 9,372.00 aproximadamente", emitido por el Organo de Control Institucional del PRONAA, se determino de la evaluacion y revision a la documentacion relacionada con la donacion de 39.035 TM de Anchoveta efectuada por el ex Ministerio de Pesqueria (ahora Ministerio de la

MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 06272

Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales a fin que se declare la nulidad e ineficacia de la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 00174-2-2006
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 231-2006-MIMDES
MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2006 Vistos, el Oficio Nº 326-2006-FONCODES/DE de fecha 21 de marzo de 2006 del Director Ejecutivo del

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.