TEXTO PAGINA: 66
PÆg. 316420 NORMAS LEGALES Lima, sábado 8 de abril de 2006 Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, señala que el Tribunal del CONSUCODE impondrála sanción administrativa de suspensión o inhabilitación al proveedor, postor o contratista que contrate con el Estado, estando impedido para ello, de acuerdo a loestablecido en el Artículo 9º de la Ley, o al que prestedocumentos falsos o Declaraciones Juradas coninformación inexacta a las entidades o al CONSUCODE; Que, de lo indicado en los párrafos precedentes, se concluye que la celebración del contrato de fecha 27 de agosto de 2004, suscrito entre la Municipalidad deMiraflores y la empresa CIA. Química Industrial MorenoEIRL., como consecuencia de la Adjudicación DirectaPública Nº 0008-2004-CEP, para la adquisición de bienesde Aseo y Limpieza, adolece de nulidad por contravenir los literales c) y d) del Artículo 9º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 26º del precitado Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, después de celebrados los contratos, la máxima autoridad administrativa sólopodrá declarar la nulidad por efecto de la contravenciónal artículo 9º de la Ley, siendo dicha facultadindelegable; Estando a lo informado por la Gerencia Legal, mediante Informe Nº 309-2006-GLEG/MM de fecha 3 de abril del 2006; y, en uso de las atribucionesconferidas por el numeral 6) del Artículo 20º de laLey Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y lanormatividad citada; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar la nulidad de oficio del contrato para la adquisición de bienes de Aseo y Limpiezade fecha 27 de agosto de 2004, suscrito entre laMunicipalidad de Miraflores y la empresa CIA. Química Industrial Moreno EIRL., derivado de la Adjudicación Directa Pública Nº 0008-2004-CEP/MM, por lasconsideraciones expuestas en la presente Resolución. Artículo Segundo.- Notificar la presente Resolución al contratista CIA. Química Industrial Moreno EIRL.,conforme a Ley. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento del Tribunal CONSUCODE el contenido de la presente Resolución,para que proceda conforme al Artículo 210º delReglamento del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Artículo Cuarto.- Disponer que la Procuraduría Pública Municipal inicie las acciones legales pertinentesa que hubiere lugar. Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la presente Resolución, en el Diario Oficial El Peruano,dentro de los cinco (5) días siguientes a su expedición, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde 06280 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Modifican el Reglamento de Organiza- ción y Funciones de la Municipalidad ORDENANZA Nº 214-MPL Pueblo Libre, 30 de marzo del 2006. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBREVisto en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 001-2006-MPL/CPL-CPDA, de la ComisiónPermanente de Desarrollo Administrativo; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú de 1993 y su modificatoria, Ley de ReformaConstitucional Nº 27680, reconoce a los GobiernosLocales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 36º de la Ley Nº 27972, señala que los gobiernos locales promueven el desarrollo económicode su circunscripción territorial y la actividad empresariallocal, con criterio de justicia social; Que, mediante la Ordenanza Nº 125-MPL, publicada el 7 de diciembre del 2003 en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento deOrganización y Funciones de la Municipalidad Distritalde Pueblo Libre; Que, mediante el Acuerdo de Concejo Nº 72-2005- MPL, se aprobó el Plan Operativo Institucional 2006, dentro del cual están comprendidas las diferentes actividades de la Gerencia de Desarrollo Humano, siendouna de ellas, desarrollar el Programa de la Tarjeta VPP; En uso de las atribuciones conferidas en los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - LeyNº 27972, el pleno del Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Modificar el Capítulo IX de los Programas Municipales, del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre,aprobado mediante la Ordenanza Nº 125-MPL,incorporándose el siguiente artículo: Artículo 89 – A.- Créase el Programa Municipal de la Tarjeta del Vecino Puntual de Pueblo Libre “Tarjeta VPP”, cuya competencia comprende, la administracióndel sistema de reconocimiento de los contribuyentesque realizan sus pagos puntualmente; la canalizaciónde consultas y reclamos de acción inmediata,proveniente de los contribuyentes y vecinos, coordinando con las unidades orgánicas competentes y promover la integración de los negocios del distritocon los vecinos. El Programa de la Tarjeta VPP, es supervisado por la Gerencia de Desarrollo Humano, existiendo uncoordinador encargado de las funciones correspondientes: Son funciones del Programa de la Tarjeta VPP:a) Administrar, ejecutar y controlar el sistema de reconocimiento de los contribuyentes que realizan sus pagos puntualmente; en cuanto a su organización, orientación, inscripción y registro. b) Proponer y ejecutar políticas de captación de afiliados al sistema de atención personalizada yrecuperación de contribuyentes que hayan perdido laafiliación. c) Orientar, canalizar y atender en forma preferente al contribuyente en aspectos relacionados a los serviciosque brinda la Municipalidad. d) Proponer y ejecutar políticas de interrelación de contribuyentes y negocios a nivel distrital, nacional einternacional. e) Diseñar políticas de atención preferente para los contribuyentes que pagan oportunamente sus tributos. f) Administrar la información que se procese en el sistema informático con que cuente la unidad orgánica,para el mejor cumplimiento de sus funciones. g) Proponer el diseño de los procesos y procedimientos de su unidad orgánica en coordinación con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. h) Informar mensualmente al Gerente de Desarrollo Humano, el desarrollo de los proyectos, programas yactividades a su cargo. i) Cumplir con las demás funciones delegadas por el Gerente de Desarrollo Humano. Artículo Segundo.- Trasladar orgánicamente la División de Defensa Civil, actualmente en la Gerencia de