Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (08/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 57

PÆg. 316411 NORMAS LEGALES Lima, sábado 8 de abril de 2006 5.2 La fecha de término de embarque, es aquella en la que la motonave que transporta la mercancía hacia elexterior concluye con la recepción total de la mercancía,la misma que debe ser consignada por el transportista en la casilla 14 de la DUA de exportación con datos provisionales; computándose el plazo para laregularización de la DUA a partir del día siguiente dedicha fecha. 5.3 El embarque de la mercancía a la motonave que transporta la mercancía hacia el exterior, es controlado por el oficial de aduanas en el lugar de recepción de la carga (Iquitos, Chimbote, Santa Rosa u otro debidamenteautorizado), dejando constancia de tal diligencia en elcasillero 12 de la DUA de exportación con datosprovisionales. 5.4 El exportador es responsable por cualquier incidencia aduanera que pudiera presentarse desde la entrega de la mercancía de ENAPU - Iquitos altransportista interno contratado por el exportador, deacuerdo con el acta de entrega que se suscribe para talefecto, hasta su entrega al transportista internacional. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ARMANDO ARTEAGA QUIÑE Superintendente Nacional Adjunto de AduanasSuperintendencia Nacionalde Administración Tributaria 06325 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Aprueban Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Dirección Regionalde la Producción del Gobierno Regional ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2006-CR/GRM 27 de marzo de 2006 LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, de conformidad con la Constitución Políticadel Perú de 1993, Ley de Reforma Constitucional, Ley deBases de la Descentralización - Ley Nº 27783, de la LeyOrgánica de los Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 -su modificatoria- Ley Nº 27902, y demás Normas Complementarias; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional.El Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua. CONSIDERANDO: Que, el numeral 14.5 del artículo 14º del D.S. Nº 043- 2004-PCM, precisa que los Cuadros para Asignación dePersonal - CAP de las Direcciones Regionales Sectoriales,que mantienen dependencia funcional y técnica con losMinisterios, el CAP se elabora de conformidad con las disposiciones complementarias que establezca el respectivo ministerio; Que, el presente proyecto de Cuadro para Asignación de Personal, cuenta con la respectiva opinión favorabledel Ministerio de la Producción, Oficina de DesarrolloInstitucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Moquegua, ya que cumple con loslineamientos estipulados en el D.S. Nº 043-2004-PCM; Que, en ese orden, mediante Dictamen Nº 008-2005- COAPYP/GR.MOQ, la Comisión Ordinaria deAdministración, Planificación y Presupuesto, eleva al pleno del Consejo Regional para su debate y aprobación;el Cuadro de Asignación de Personal de la Dirección Regional de la Producción, la misma que en sesiónordinaria de fecha 27 de marzo del 2006, es aprobada ypor unanimidad; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Dirección Regionalde la Producción del Gobierno Regional de Moquegua, elmismo que se anexa a la presente Ordenanza Regional en tres (3) folios. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente desu publicación en el Diario Oficial El Peruano. Además depublicarse en el diario encargado de la publicación judicialde la Región; así como en el Portal Electrónico del Gobierno Regional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Orgánica de GobiernosRegionales. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MARÍA CRISTALA CONSTANTINIDES ROSADO Presidenta Regional 06276 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Modifican procedimiento adminis- trativo sancionador correspondiente ala Gerencia de Fiscalización y Control ORDENANZA Nº 926 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Vistos en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 30 de marzo de 2006, los Dictámenes de las ComisionesMetropolitanas de Asuntos Económicos y deOrganización y de Asuntos Legales Nºs. 068-2006-MML-CMAEDO y 025-2006-MML-CMAL; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR CORRESPONDIENTE A LA GERENCIA DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL Artículo Primero.- Modifíquese el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza Nº 894, en lo referido al Procedimiento 01 correspondiente a la Gerenciade Fiscalización y Control, conforme al Cuadro que comoAnexo Nº 1 forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Los recursos impugnativos en trámite ante la Gerencia de Fiscalización y Control se adecuarán a la modificación del procedimiento establecido en la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil seis. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima