Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (22/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 8

PÆg. 317130 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de abril de 2006 DEFENSA Otorgan terreno ubicado en el departamento de Piura en usufructo a la empresa Austral Group S.A.A. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 128-2006-DE/MGP Lima, 4 de abril de 2006 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 04 de fecha 28 de marzo de 1953, modificado con Decreto Supremo Nº 01 de fecha 7 de enero de 1963 y, Decreto Supremo Nº 052 DE/MGPde fecha 22 de junio de 1994, ratificado por Decreto Supremo Nº 052 DE/MGP de fecha 10 de noviembre de 1999, se reservó para fines de Defensa Nacional y sujeto ala jurisdicción exclusiva del Ministerio de Marina, actualmente Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, el terreno de 3,936.875 Has. ubicado en TierraColorada - Bahía de Paita, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura; Que, mediante Resolución Suprema Nº 401-86-MA/DC de fecha 8 de agosto de 1986, se otorgó a la empresa PRODUCTOS MARINOS S.A. un terreno de 26,516.95 m 2 en usufructo, comprendida dentro del área reservada a que se refiere el considerando precedente, para el funcionamiento de una planta pesquera; Que, la empresa PRODUCTOS MARINOS S.A. fue absorbida en el año 1993 por la empresa PESQUERA AUSTRAL S.A., la que a su vez fue absorbida por AUSTRAL GROUP S.A.A. en el año 1998, empresa queen la actualidad mantiene la posesión de una planta procesadora en un terreno de 28,511.94 m 2 , que incluye el terreno otorgado en usufructo a que se refiere elconsiderando precedente; Que, la empresa AUSTRAL GROUP S.A.A. y la Marina de Guerra del Perú han llegado a un entendimientofavorable para ambas partes, lo cual hace necesario la suscripción de un contrato de constitución de derecho de usufructo que regularice la posesión de la citada empresaen terrenos reservados a la Institución para fines de Defensa Nacional; Que, el artículo 171º de la Constitución Política del Estado prescribe que las Fuerzas Armadas participan en el desarrollo económico y social del país; Que, el artículo 27º del Reglamento de Administración de la Propiedad Inmobiliaria del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 032 DE/SG de fecha 13 de junio de 2001, establece que los terrenosreservados para fines de Defensa Nacional podrán ser otorgados temporalmente a favor de particulares en usufructo u otra modalidad, mediante ResoluciónSuprema cuando sean requeridos para proyectos que contribuyan al desarrollo nacional; Que, el artículo 3º, inciso g) del citado Reglamento establece que la Dirección General que desarrolla las actividades logísticas de cada Instituto conformante de las Fuerzas Armadas, es la encargada de registrar,administrar y cautelar el patrimonio inmobiliario, e interviene en el otorgamiento en usufructo de los bienes inmuebles; Estando a lo recomendado por el Director General del Material de la Marina, a lo opinado por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministerio deDefensa; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar en usufructo a la empresa AUSTRAL GROUP S.A.A. el terreno de 28,511.94 m 2 , situado en Tierra Colorada - Bahía de Paita, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura, por el plazo de TREINTA (30) años, de acuerdo con los términos ycondiciones contenidos en el proyecto de Contrato de Constitución de Usufructo, el cual consta de DIECISÉIS (16) cláusulas y como Anexo forma parte integrante de lapresente resolución. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Suprema Nº 401-86-MA-DC de fecha 8 de agosto de 1986. Artículo 3º.- Autorizar al Director General del Materialde la Marina para que en nombre y representación del Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, suscriba el referido proyecto de contrato. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 07119 Disponen inscripción de título de dominio de terreno ubicado en eldepartamento de Lima en el Registrode Propiedad Inmueble, a favor delMinisterio de Defensa - Marina deGuerra del Perœ RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 130-2006-DE/MGP Lima, 19 de abril de 2006 Visto el Oficio G.500-0121 del Comandante General de la Marina, de fecha 20 de febrero de 2006, mediante el cual recomienda se apruebe la inscripción del títulode dominio de terreno a favor del Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, donado por la Municipalidad distrital de Végueta, para la construcción del Puesto deCapitanía de Végueta, ubicado en el distrito de Végueta, provincia de Huaura, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú se encuentra en posesión de un área de terreno de 362.54 m2, ubicado en el distrito de Végueta, provincia deHuaura, departamento de Lima, en el cual se construirá el Puesto de Capitanía de Végueta; Que, a fin de realizar la citada construcción, resulta necesario inscribir el título de dominio del citado terreno a favor del Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú; Que, se ha elaborado el expediente administrativo conforme a lo dispuesto en el artículo 37º del Reglamento de Administración de la Propiedad Inmobiliaria del SectorDefensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-DE/SG de fecha 13 de junio de 2001; Que, de acuerdo al artículo 38º del mencionado Reglamento, para dar término al trámite administrativo, corresponde la expedición de una Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Defensa que disponga lainscripción del bien respectivo en el Registro de la Propiedad Inmueble; Estando a lo propuesto por el Director General del Material de la Marina y a lo opinado por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble del título de dominio a favor del Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, del área de terreno de 362.54 m2, ubicada frente al OcéanoPacífico (terreno ribereño), en el distrito de Végueta, provincia de Huaura, departamento de Lima, cuyos linderos y colindantes se describen en los planos deubicación y levantamiento perimétrico con coordenadas U.T.M. y memoria descriptiva que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Con la presente Resolución queda perfeccionada la inscripción de título de dominio del inmueble señalado en el artículo 1º de la misma, porconsiguiente constituye título suficiente para su inscripción en el Registro de Propiedad Inmueble de los Registros Públicos de Huacho.