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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (22/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 13

PÆg. 317135 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de abril de 2006 mediante Resolución Suprema Nº 202-2003-EF de fecha 7 de octubre de 2003; Que, mediante Resolución Suprema Nº 106-2004-EF se aprobó el Plan de Promoción del Programa Costa Sierraincluyendo una serie de tramos viales a ser entregados en concesión al sector privado, dentro de las cuales se encuentra el tramo Casma - Yautan - Pariacoto (55.66,14A, Nacional); Que, mediante Oficio Nº 1482-2005-MTC/02 el Ministerio de Transportes y Comunicaciones manifestó su conformidadrespecto a la incorporación en el Plan de Promoción de la Concesión de la Red Vial Nº 4 del tramo Casma - Huaraz; Que, mediante acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en sesión de fecha 2 de febrero de 2006, se aprobó la modificación del Plan de Promoción de la Inversión Privada de la Red Vial Nº 4, en virtud de lacual se dispuso, entre otros aspectos, incluir dentro de dicho Plan los tramos Casma - Yautan - Pariacoto (55.66, 14A, Nacional) y Pariacoto - Huaraz; Que, es preciso excluir del Plan de Promoción del Programa Costa - Sierra ratificado mediante Resolución Suprema Nº 106-2004-EF el tramo Casma - Yautan -Pariacoto (55.66, 14A, Nacional) y aprobar su incorporación al Proyecto de la Red Vial Nº 4; Que, el nuevo Plan de Promoción de la Inversión Privada de la Red Vial Nº 4 aprobado por el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN debe ser ratificado mediante Resolución Suprema; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 3) del artículo 6º del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, y el Decreto Supremo Nº 027-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Excluir del Plan de Promoción del Programa Costa - Sierra ratificado mediante Resolución Suprema Nº 106-2004-EF, el tramo Casma - Yautan - Pariacoto(55.66, 14A, Nacional). Artículo 2º.- Incorporar al proceso de Promoción de la Inversión Privada de la Red Vial Nº 4, los tramos vialesCasma - Yautan - Pariacoto y Pariacoto - Huaraz. Artículo 3º.- Ratificar el Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN en su sesión del 2de febrero de 2006, conforme al cual se aprueba el nuevo Plan de Promoción de la Red Vial Nº 4 que considera, entre otros aspectos, la inclusión de los tramos Casma -Yautan - Pariacoto (55.66, 14A, Nacional) y Pariacoto - Huaraz. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas JOSÉ ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 07126 ENERGÍA Y MINAS Aprueban modificación de autorización para desarrollar actividades degeneración de energía elØctrica en laCentral TØrmica Planta Malvinas de la que es titular Pluspetrol Perœ Corporation S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 167-2006-MEM/DM Lima, 30 de marzo de 2006 VISTO: El Expediente Nº 33137405, organizado por PLUSPETROL PERU CORPORATION S.A., persona jurídicainscrita en la Partida Nº 11246333 del Registro de PersonasJurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de otorgamiento de autorización para generación de energía eléctrica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 224-2005-EM/ DM publicada el 23 de junio de 2005, se otorgó a favor de PLUSPETROL PERU CORPORATION S.A. la autorización para desarrollar la actividad de generación de energíaeléctrica en la Central Térmica Planta Malvinas, con una potencia instalada de 12 000 kW, ubicada en el distrito de Echarate, provincia de La Convención y departamento deCusco; Que, mediante documentos presentados el 26 de julio de 2005 y el 25 de noviembre de 2005, PLUSPETROLPERU CORPORATION S.A. solicitó la modificación de la autorización relacionado al incremento de la potencia instalada de la Central Térmica Planta Malvinas de 12 000kW a 20 000 kW; Que, la petición se ampara en las disposiciones contenidas en el artículo 38º del Decreto Ley N° 25844,Ley de Concesiones Eléctricas y, en el artículo 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93- EM, habiendo cumplido con los requisitos legales depresentación; Que, la peticionaria ha presentado Declaración Jurada de cumplimiento de las normas técnicas y de conservacióndel medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nación, de acuerdo a los requisitos señalados en el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la solicitud cumple con los requisitos establecidos en el ítem AE02 del Anexo Nº 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía yMinas, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2002-EM, y cuenta con la opinión a que se refiere el Informe Nº 046- 2006-DGE-CEL, siendo procedente la modificaciónsolicitada; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; Estando a lo dispuesto por el artículo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la modificación de la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Térmica Planta Malvinas de la que es titular PLUSPETROL PERU CORPORATION S.A.,incrementando la potencia instalada de 12 000 kW a 20 000 kW. Artículo 2º.- PLUSPETROL PERU CORPORATION S.A., deberá construir las obras de ampliación descritas en su solicitud de modificación, según el Cronogramade Ejecución de Obras, que contempla el inicio de las obras el 8 de diciembre de 2005 y su culminación el 28 de abril de 2006. La falta de ejecución de las obras deampliación de acuerdo con el Cronograma de Ejecución, conllevará a la ejecución de la Carta Fianza, quedando sin efecto la modificación a que hace referencia elartículo precedente. Artículo 3º.- Quedan subsistentes todos los derechos y obligaciones a que se encuentra sujeta la titular, en particular el cumplimiento de la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, la Resolución Ministerial Nº224-2005-EM/DM y demás normas legales y técnicas aplicables. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, serápublicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su expedición; y, entrará en vigencia a partirdel día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 06162