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PÆg. 317538 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de abril de 2006 Ministerio de Defensa, del 16 al 19 de mayo de 2006, para los fines expuestos en la parte considerativa de lapresente Resolución. Artículo 2º.- El cumplimiento de la presente Resolución no irrogará gasto al Estado ni otorgará derecho a exoneración de impuestos o derechosaduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 3º.- Encargar las funciones del Despacho de la Secretaria General del Ministerio de Defensa alCoronel EP Ramiro Cáceda Díaz, Secretario Ejecutivo de la Secretaría General, a partir del 16 de mayo de 2006 y mientras dure la ausencia de su Titular. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 07567 Designan titular de cuentas bancarias del Fondo para las Fuerzas Armadas yPolicía Nacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 463-2006-DE/SG Lima, 27 de abril de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28455 se creó el “Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional” destinado únicay exclusivamente para la adquisición de equipamiento,modernización, repotenciación, renovación tecnológica,reparación y mantenimiento del equipamiento de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional; Que, el Reglamento de la precitada Ley se aprobó mediante Decreto Supremo Nº 011-2005 DE/SG de fecha2 de mayo del 2005, modificado por Decreto SupremoNº 017-2005 DE/SG de fecha 7 de julio del 2005 y DecretoSupremo Nº 007-2006 DE/SG de fecha 6 de marzo del 2006, el mismo que determina los mecanismos de administración del Fondo para las Fuerzas Armadas yPolicía Nacional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 657-2005 DE/SG de fecha 21 de julio del 2005, publicada el 28 dejulio del 2005, se designó al Capitán de Navío José Manuel BOGGIANO ROMANO, como titular de las cuentas bancarias del Fondo para las Fuerzas Armadas y PolicíaNacional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1382-2005 DE/SG de fecha 30 de diciembre del 2005, se designóal señor General de Brigada EP Jorge LÓPEZ DELGADO, como Director de Economía del Ministerio de Defensa; Que, dentro del marco del artículo 8º del Reglamento de la Ley del Fondo para las Fuerzas Armadas y PolicíaNacional, resulta necesario designar al señor Generalde Brigada EP Jorge LÓPEZ DELGADO, como titular de las cuentas bancarias del Fondo; De conformidad con la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, el Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de Defensa, aprobado medianteDecreto Supremo Nº 004- DE/SG, la Ley Nº 28455 y suReglamento; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a partir de la fecha al señor General de Brigada EP Jorge LÓPEZ DELGADO, comotitular de las cuentas bancarias del Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, en reemplazo del señor Capitán de Navío José Manuel BOGGIANOROMANO. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 657-2005 DE/SG de fecha 21 de julio del 2005. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 07568ECONOMÍA Y FINANZAS Aprueban otorgamiento de garantía del Gobierno Nacional a Bonos de Reconocimiento y otros DECRETO SUPREMO Nº 053-2006-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, mediante el numeral 7.2 del artículo 7º de la Ley Nº 28654, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2006, se autoriza al Gobierno Nacional aacordar o garantizar operaciones de endeudamientointerno hasta por un monto que no exceda aS/. 2 456 000 000,00 (DOS MIL CUATROCIENTOSCINCUENTA Y SEIS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), que incluye la emisión de bonos hasta por S/. 2 356 000 000,00 (DOS MIL TRESCIENTOSCINCUENTA Y SEIS MILLONES Y 00/100 NUEVOSSOLES); Que, de conformidad a ley, el Gobierno Nacional otorgará su garantía a los Bonos de Reconocimiento, los Bonos de Reconocimiento Complementario, los Bonos Complementarios de Pensión Mínima y los BonosComplementarios de Jubilación Adelantada del DecretoLey Nº 19990 de la Oficina de Normalización Previsional-ONP-, que se emitan durante el año 2006, hasta por lasuma de S/. 223 293 034,00 (DOSCIENTOS VEINTITRÉS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL TREINTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, la mencionada operación ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 20º de la Ley Nº 28563,Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección Nacional del Endeudamiento Público y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio deEconomía y Finanzas; Que, asimismo, la Contraloría General de la República ha informado previamente sobre la citada operación, enaplicación del literal l) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, ypor la Ley Nº 28654, Ley de Endeudamiento del SectorPúblico para el Año Fiscal 2006; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:Artículo 1º.- Otorgamiento de garantía Otórgase la garantía del Gobierno Nacional a los Bonos de Reconocimiento, los Bonos de Reconocimiento Complementario, los Bonos Complementarios de PensiónMínima y los Bonos Complementarios de Jubilación Adelantadadel Decreto Ley Nº 19990 de la Oficina de NormalizaciónPrevisional -ONP-, que se emitan durante el 2006, hasta por lasuma de S/. 223 293 034,00 (DOSCIENTOS VEINTITRÉS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL TREINTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES). Artículo 2º.- De la redención La Oficina de Normalización Previsional -ONP- atenderá durante el presente ejercicio fiscal la redención de los Bonos de Reconocimiento, los Bonos de Reconocimiento Complementario, los BonosComplementarios de Pensión Mínima y los BonosComplementarios de Jubilación Adelantada del DecretoLey Nº 19990, con cargo a los recursos del presupuestoinstitucional de la ONP para el presente año. Artículo 3º.- Implementación El Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Resolución Ministerial, aprobará las normas que fuerannecesarias para la aplicación de este dispositivo legal. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas.