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PÆg. 317546 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de abril de 2006 RELACIONES EXTERIORES Oficializan el IV Congreso Internacional de Metalurgia de Transformación quese llevarÆ a cabo en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0475-2006-RE Lima, 25 de abril de 2006 VISTO: El Oficio Nº 021-2006-MEN/VMM, mediante la cual el Viceministro de Energía y Minas, solicita la oficializacióndel evento "IV Congreso Internacional de Metalurgia deTransformación", que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, del 1 al 4 de noviembre de 2006. CONSIDERANDO: Que, la ciudad de Lima es sede del evento "IV Congreso Internacional de Metalurgia deTransformación", que se llevará a cabo del 1 al 4 de noviembre de 2006, el cual viene siendo organizado por el Capítulo de Ingeniería Metalúrgica del ConsejoDepartamental de Lima del Colegio de Ingenieros del Perú; Que, el mencionado evento tiene por finalidad actualizar e intercambiar oportunamente el conocimientocientífico y tecnológico entre los profesionales ligados alquehacer minero-metalúrgico, especialmente en el áreade la metalurgia de transformación; De conformidad con los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001- 2001-RE, de 3 de enero de 2001 y elinciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, LeyOrgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29de diciembre de 1992; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Oficializar el evento "IV Congreso Internacional de Metalurgia de Transformación", que se llevaráa cabo en la ciudad de Lima, del 1 al 4 de noviembre de 2006. Artículo Segundo.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 07450CARTILLA DE INSTRUCCIONES Las instrucciones que se presentan a continuación son claras y precisas, por favor léalas con detenimiento antes de llenar la Declaración Jurada. GENERALES A. La entrega del presente formato se efectuará en cualquier Dirección Regional de Pesquería o en la Sede Central del Ministerio de la Producción. B. La información a consignarse deberá hacerse a máquina o a manuscrito con letra imprenta. ESPECÍFICAS Casilla I. CODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN(1) Consignar el código de pago asignado a la embarcación pesquera.(2) Indique el nombre de la embarcación pesquera.(3) Consigne el número de matrícula de la embarcación pesquera. II. INFORMACIÓN SOBRE LAS CAPTURAS REALIZADAS EN EL EJERCICIO 2005 (4) Consignar las capturas destinadas al consumo humano indirecto obtenidas por la embarcación pesquera en forma mensual y expresado en T.M. Debe considerarse el total de las especies capturadas por la respectiva embarcación. (5) Consignar las capturas destinadas al consumo humano directo obtenidas por la embarcación pesquera en forma mensual y expresado en T.M. Debe considerarse el total de las especies capturadas por la respectiva embarcación. (6) Sólo deberá consignar las capturas de aquellas embarcaciones pesqueras que se encuentren dentro de los alcances de los artículos 3º y 5º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE. Informes: Teléfono: 616-2222 Anexo 448 - 214 Fax 616-2222 Anexo: 405 07458