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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (23/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES Que, el servicio de telefonía móvil resulta indispen- sable por constituir un servicio sustanc ial para el normal desarrollo de las actividades de la entidad, al coadyuvar a la comunicación entre los funcionarios en el ejercicio de sus labores, especialmente en las de coordinación y supervisión GLUHFWDFRQPLUDVDREWHQHUPD\RUHVEHQH¿FLRVHQVXVJHV - tiones; Que, en ese sentido, de acuerdo a lo informado por OD'LUHFWRUDGHOD2¿FLQDGH$EDVWHFLPLHQWR\6HUYLFLRV$X[LOLDUHVGHOD2¿FLQD*HQHUDOGH$GPLQLVWUDFLyQUHVXOWDnecesario declarar en situación de desabastecimiento el servicio de telefonía móvil del MINCETUR, por un plazo de dos (2) meses o hasta la suscripción del contrato con la empresa que obtenga la buena pro en el proceso de selección que se realiza a través de la Unidad de Com-pras Corporativas Obligatorias antes mencionada, lo que ocurra primero; 4XHOD2¿FLQD*HQHUDOGH3ODQL¿FDFLyQ3UHVXSXHVWR y Desarrollo, ha otorgado la disponibilidad presupuestal correspondiente a dicho requerimiento; Que, de acuerdo con el artículo 21º el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado PHGLDQWH'HFUHWR6XSUHPR1ž3&0VHFRQVL - dera situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausen-cia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; dicha situa-ción faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, asimismo, de conformidad con el inciso c) del DUWtFXORžGHOPLVPR782HVWiQH[RQHUDGRVGHOSUR - ceso de selección correspondiente, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de desabas-tecimiento inminente; Que, en tal sentido, corresponde aprobar la exonera- ción del proceso de selección para la contratación del ser-Pág. 326715El Peruano Lima, Miércoles 23 de Agosto de 2006 vicio de telefonía móvil por el MINCETUR, bajo la causal de desabastecimiento inminente; Que, en el presente caso, la situación de desabasteci- PLHQWRLQPLQHQWHFRQ¿JXUDGDGHULYDGHXQDFDXVDH[yJH - na a la Entidad, y no de la negligencia, inacción, demora o dolo de funcionarios o servidores del MINCETUR, por lo que no corresponde la determinación de responsabilidad administrativa; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado PHGLDQWH'HFUHWR6XSUHPR1ž 3&0VX5HJOD - PHQWRDSUREDGRSRU'HFUHWR 6XSUHPR1ž3&0 \OD/H\1ž/H\GH2UJDQL]DFLyQ\)XQFLRQHVGHO Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. 'H DFXHUGR FRQ HO ,QIRUPH 1ž 0,1&( - TUR/SG/OGA-OASA complementado con el Informe 1ž0,1&(7856*2*$2$6$GHOD2¿FLQDGH$EDVWHFLPLHQWR\6HUYLFLRV$X[LOLDUHVGHOD2¿FLQD *HQHUDOGH$GPLQLVWUDFLyQ\HO,QIRUPH1ž 0,1&(7856*$-5&= \ HO 0HPRUiQGXP 1ž  0,1&(7856*$-GHOD2¿FLQD*HQHUDOGH$VH - soría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en situación de desabasteci- miento inminente la contratación del servicio de telefonía móvil para el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, por el plazo máximo de dos (2) meses o hasta la suscripción del contrato derivado del proceso de selección convocado dentro del marco del Plan Piloto de Compras Corporativas Obligatorias del Estado, lo que ocurra primero. Artículo 2º.- Exonerar al Ministerio de Comercio Ex- terior y Turismo - MINCETUR del proceso de selección correspondiente para la contratación del servicio de tele- IRQtDPyYLOKDVWDSRUXQPRQWRGH6 'LH]0LO Seiscientos Noventa y Dos y 40/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios asignados a este Pliego Presupuestal.