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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (02/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 68

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de diciembre de 2006 333870 CONSIDERANDO: Que el artículo 10° del Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias, establece que la Administración Tributaria podrá designar como agentes de retención a los sujetos que considere se encuentran en disposición para efectuar la retención de tributos; Que mediante Resolución de Superintendencia N° 037-2002/SUNAT y normas modificatorias se estableció el Régimen de Retenciones del Impuesto General a las Ventas aplicable a los proveedores y se designó a determinados sujetos como agentes de retención; Que resulta necesario designar nuevos agentes de retención, así como excluir algunos de los actualmente nombrados; En uso de las facultades conferidas por el artículo 10° del TUO del Código Tributario y de conformidad con el artículo 11° del Decreto Legislativo N° 501 y normas modi fi catorias, y el inciso q) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DESIGNACIÓN DE AGENTES DE RETENCIÓN Desígnase como agentes de retención del Impuesto General a las Ventas a los sujetos señalados en el Anexo 1 de la presente resolución, los mismos que operarán como tales a partir del 1 de enero de 2007. Artículo 2°.- EXCLUSIÓN DE AGENTES DE RETENCIÓN Exclúyase como agentes de retención del Impuesto General a las Ventas a los sujetos señalados en el Anexo 2 de la presente resolución, los mismos que dejarán de operar como tales a partir del 1 de enero de 2007. Regístrese, comuníquese y publíquese.NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional ANEXO N° 1 Ord. RUC Ord. RUC Ord. RUC 1 20100001579 17 20159469388 33 20501603784 2 20100006538 18 20175140591 34 205019183433 20100067324 19 20232236273 35 205022579874 20100102171 20 20258262728 36 205048981735 20100153751 21 20296637697 37 205056078316 20100170761 22 20335955065 38 205058801717 20100199158 23 20370337668 39 205066163618 20100313899 24 20374543891 40 205074473699 20101269834 25 20382346921 41 20508977612 10 20104860762 26 20399497257 42 20508979232 11 20107695584 27 20439337011 43 20509548545 12 20111740438 28 20441766883 44 2051095731913 20114220397 29 20451899881 45 2051195337614 20120550137 30 20495635822 46 2051381475615 20123855958 31 20500553376 47 2053062733116 20155793075 32 20501568423 ANEXO N° 2 Ord. RUC Ord. RUC Ord. RUC 1 20100046084 10 20125625780 19 204703135452 20100062012 11 20172761667 20 20498260285 3 20100076315 12 20199048903 21 205022908444 20100093759 13 20301837896 22 205029261455 20100137047 14 20302569721 23 205053447246 20100339421 15 20377586809 24 205075912147 20100941199 16 20382816405 25 205076850318 20106832979 17 20420720875 26 205084371899 20107513737 18 20424653561 27 20508588047 6407-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Aceptan donación a favor del Gobierno Regional para financiar proyecto de mejoramiento de calles del Pueblo Tradicional La Pampa ACUERDO REGIONAL N° 052-2006-GRA/CR-AREQUIPA El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Extraordinaria de la fecha, tomó el siguiente acuerdo: Que, aparece de la Adenda al Convenio Nº 034-2006- GRA/PR-GGR la donación dineraria que realiza la Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A., a favor del Gobierno Regional de Arequipa, para fi nanciar el proyecto: Proyecto Mejoramiento de las calles del Pueblo Tradicional La Pampa, Socabaya- Arequipa, conforme al expediente técnico que para tal efecto ha elaborado la Municipalidad de Socabaya; Que, la donación a que se re fi ere el considerando anterior debe ser aprobada por el Consejo Regional de Arequipa, según lo dispone la Ley Nº 28411, General del Sistema Nacional de Presupuesto, en su artículo 69º; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, modi fi cada por Ley Nº 27902; ACUERDA: Primero: ACEPTAR la donación realizada por la Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A, a favor del Gobierno Regional de Arequipa, por el monto de S/. 260 000,00 (DOSCIENTOS SESENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) para fi nanciar el proyecto: Proyecto Mejoramiento de las calles del Pueblo Tradicional La Pampa, Socabaya-Arequipa. Segundo: Disponer la publicación del presente Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano, así como en diario de las publicaciones o fi ciales en la ciudad. Disponiéndose en dicho acto su registro y notifi cación. Arequipa, 24 de noviembre de 2006DANIEL ERNESTO VERA BALLON Presidente del Consejo Regional 6288-1 GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Sede del Gobierno Regional de Junín ORDENANZA REGIONAL N° 051-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍNOrd. RUC Ord. RUC Ord. RUC