Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2006 (02/12/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 64

333866

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de diciembre de 2006

Aprueban exoneracion y regularizacion de adquisicion de unidades de sabanas para situacion de emergencia ocurrida en el departamento de San MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 549-2006-INDECI 27 de noviembre del 2006 VISTOS: El Informe de Emergencia Nº 351-15/11/2006/ COEN-SINADECI/14:00 horas, del 15.NOV.2006, el Memorando Nº 788-2006-INDECI/11.0, del 16.NOV.2006, el Memorando Nº 4330-2006-INDECI/12.0, del 21.NOV.2006, el Informe de Disponibilidad Presupuestal Nº 819-DP2006, de fecha 23.NOV.2006, el Informe Tecnico Nº 1172006-INDECI/12.1, del 23.NOV.2006, el Memorando Nº 4389-2006-INDECI/2.0, del 24.NOV.2006, el Memorando Nº 387-2006-INDECI/7.0, del 24.NOV.2006, y el Informe Legal Nº 174-2006-INDECI/5.0, de fecha 27.NOV.2006, y; CONSIDERANDO, Que, el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, en adelante la Ley, establece que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia declaradas de conformidad con la citada Ley; Que, de conformidad con el articulo 22º de la Ley, se entiende como situacion de emergencia aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa nacional. En este caso, la Entidad queda exonerada de la tramitacion del expediente administrativo y podra ordenar la ejecucion de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la citada Ley; Que, por su parte, el articulo 142º del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senala que la Entidad debe adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevinientes, despues de lo cual debera convocar los procesos de seleccion que correspondan. Cuando no corresponda realizar un MORDAZA de seleccion posterior, en el informe tecnico-legal respectivo se debe fundamentar las razones que motivan la adquisicion o contratacion definitiva; Que, asimismo, senala que toda contratacion o adquisicion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los diez (10) dias siguientes a la finalizacion del evento que la produjo, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolucion o Acuerdo correspondiente, remitiendolo, junto con el informe tecnico-legal sustentatorio, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de ejecucion de las prestaciones; Que, mediante el Informe de Emergencia Nº 35115/11/2006/COEN-SINADECI/14:horas, de fecha 15.NOV.2006, expedido por el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional ­ COEN, se informa que el dia MORDAZA 12.NOV.2006, a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales registradas desde las 04:horas se produjo el desborde del rio Huallaga, inundando viviendas y locales publicos ubicados en las localidades de JuanjuiIy Puerto Amberes del distrito de Juanjui, provincia de Mariscal MORDAZA, en el distrito y provincia de Bellavista; y en los distritos de San MORDAZA, San MORDAZA, Caspizapa, Pucacaca y Pilluana, distrito y provincia de Picota; Que, respecto a la situacion actual, segun menciona el Informe aludido, los Comites de Defensa Civil (Regional

y Locales) han actuado de inmediato en coordinacion con la DRDC San MORDAZA, y han evaluado los danos y proporcionado ayuda humanitaria; Que, mediante Decreto Supremo Nº 083-2006-EF, del 16.NOV.2006 se declara el estado de emergencia por desastre natural y por el plazo de 30 (treinta) dias naturales en diversas localidades del departamento de San MORDAZA, teniendo en consideracion que el 12.NOV.2006, a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales se produjo el desborde del rio Huallaga inundando viviendas y locales publicos ubicados en distritos de varias provincias del departamento de San Martin; Que, mediante el Memorando Nº 788-2006INDECI/11.0, del 16.NOV.2006, la Direccion Nacional de Operaciones comunica que el Comite Provincial de Defensa Civil de Picota, San MORDAZA ha entregado 2,000 colchas a la poblacion damnificada por el desborde del rio Huallaga. Agrega el documento en mencion que el Comite senalado ha solicitado la necesidad de contar con sabanas en reemplazo de las colchas teniendo en cuenta las altas temperaturas que se registran en la region, por lo que solicita la adquisicion de 3,000 unidades de sabanas de 1 ½ plaza adecuadas al clima de la zona; Que, mediante el Memorando Nº 4330-2006INDECI/12.0, del 21.NOV.2006, la Direccion Nacional de Logistica informa que procedio a la adquisicion inmediata de 3,000 unidades de sabanas de 1 ½ plaza, en cantidad estrictamente necesaria para atender la emergencia, y mediante el Informe Tecnico Nº 117-2006-INDECI/12.0, del 23.NOV.2006, esa Direccion Nacional indica que, siendo necesario cancelar los compromisos adquiridos para la adquisicion de dichos bienes, solicita autorizacion para modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones ­ PAAC 2006 de la Entidad, segun el detalle que se incluye en el Anexo 1: Reformulacion, que forma parte integrante de la presente Resolucion y emitir la Resolucion de aprobacion de la exoneracion a fin de regularizar el procesos de seleccion correspondiente, para lo cual se cuenta con el Informe de Disponibilidad Presupuestal Nº 819-DP-2006, por la fuente de financiamiento : 00 Recursos Ordinarios; Que, ademas, el Informe Legal de vistos indica que en virtud de lo establecido por el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Decreto Supremo Nº 0832004-PCM y el articulo 142º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, procede regularizar la contratacion cuyo detalle se consigna en el Cuadro Unico, que como Anexo 2 forma parte integrante de la presente Resolucion, para enfrentar la situacion de emergencia suscitada; Que, de otro lado, mediante Resolucion Jefatural Nº 027-2006-INDECI, de fecha 13.ENE.2006, y normas modificatorias, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones ­ PAAC 2006 del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, el Plan Anual podra ser modificado de conformidad con la asignacion presupuestal o en caso de reprogramacion de metas institucionales. Asimismo, cuando se tenga que incluir o excluir procesos de seleccion y se modifique la cantidad prevista de bienes, servicios y obras en mas de veinticinco por ciento del valor estimado y ello varie el MORDAZA de MORDAZA de seleccion. La aprobacion y difusion de las modificaciones se MORDAZA de la forma prevista en los articulos 25º y 26º del indicado Reglamento, via Resolucion del Titular del Pliego o la MORDAZA Autoridad Administrativa de la Entidad, segun corresponda; Que, en consecuencia, en aplicacion de las normas legales mencionadas resulta necesario aprobar la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones ­ PAAC del INDECI, segun lo solicitado por la Direccion Nacional de Logistica a traves del Informe Tecnico de vistos, conforme al Anexo 1: Reformulacion, que forma parte integrante de la presente Resolucion; Que, segun lo dispuesto por el inciso b) del articulo 13º del Reglamento de Organizacion y Funciones del INDECI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 059-2001PCM y modificado por los Decretos Supremos Nºs 005-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.