Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2006 (02/12/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

333861

Denominacion COMPRA DE CARRETILLAS, PALAS, PICOS Y LATAS COMPRA DE AJICEROS COMPRA DE PINCELES COMPRA DE PINTURA COMPRA DE THINNER ACRILICO, AGUARRAS COMPRA DE CANGUROS COMPRA DE MEMORIA PARA CAMARA FOTOGRAFICA COMPRA DE MATERIALES DE EXCAVACIONES: CLAVOS, ESPATULAS, NIVEL AEREO. 104 COMPRA DE MATERIALES DE EXCAVACIONES: LIJAS, ASPERSORES, PLOMADA, WINCHAS. 6293-1

Nº 96 97 98 99 100 101 102 103

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL
Aprueban exoneracion y regularizacion de adquisicion de combustible petroleo y baldes de plastico asi como de servicio de transporte terrestre de carga
RESOLUCION JEFATURAL Nº 540-2006-INDECI 22 de noviembre de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 909-2006-INDECI/19.2, del 13.NOV.06, el Oficio Nº 912-2006-INDECI/19.2, del 14.NOV.06, el Memorando Nº 4249-2006-INDECI/12.0, del 14.NOV.06, el Memorando Nº 787-2006-INDECI/DNO 11.0, del 15.NOV.06, el Informe de Emergencia Nº 35115/11/2006/COEN-SINADECI/14:00 horas, el Memorando Nº 4279-2006-INDECI/12.0, del 16.NOV.06, los Informes de Disponibilidad Presupuestal Nºs 799, 801 y 805-DP2006, de fecha 16.NOV.2006, el Memorando Nº 43002006/INDECI/12.0, del 14.NOV.2006, el Informe Tecnico Nº 115-2006-INDECI/12.1, del 17.NOV.2006 y el Informe Legal Nº 169-2006-INDECI/5.0, de fecha 21.NOV.2006, y; CONSIDERANDO, Que, el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en adelante la Ley, establece que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia declaradas de conformidad con la citada Ley; Que, de conformidad con el articulo 22º de la Ley, se entiende como situacion de emergencia aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa nacional. En este caso, la Entidad queda exonerada de la tramitacion del expediente administrativo y podra ordenar la ejecucion de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la citada Ley; Que, por su parte, el articulo 142º del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senala que la Entidad debe adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevinientes, despues de lo cual debera convocar los procesos de seleccion que correspondan. Cuando no corresponda realizar un MORDAZA de seleccion posterior, en el informe tecnico-legal respectivo se debe fundamentar

las razones que motivan la adquisicion o contratacion definitiva; Que, asimismo, senala que toda contratacion o adquisicion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los diez (10) dias siguientes a la finalizacion del evento que la produjo, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolucion o Acuerdo correspondiente, remitiendolo, junto con el informe tecnico-legal sustentatorio, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de ejecucion de las prestaciones; Que, mediante el Informe de Emergencia Nº 35115/11/2006/COEN-SINADECI/14:horas, de fecha 15.NOV.2006, expedido por el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional ­ COEN, se informa que el dia MORDAZA 12.NOV.2006, a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales registradas desde las 04:horas se produjo el desborde del rio Huallaga, inundando viviendas y locales publicos ubicados en las localidades de Juanjuiiy Puerto Amberes del distrito de Juanjui, provincia de Mariscal MORDAZA, en el distrito y provincia de Bellavista; y en los distritos de San MORDAZA, San MORDAZA, Caspizapa, Pucacaca y Pilluana, distrito y provincia de Picota; Que, agrega el Informe indicado en el parrafo precedente, que el dia 13.NOV.2006, algunas localidades a lo largo del rio Huallaga, resultaron aisladas por las inundaciones y el nivel de las aguas de mantuvo estacionario. El dia 14.NOV.2006, las aguas comenzaron a descender, facilitando asi la llegada de los vehiculos con ayuda humanitaria enviada por los Comites de Defensa Civil de la MORDAZA, particularmente desde Tarapoto y Picota. Simultaneamente a los hechos conocidos, como consecuencia del descenso de las aguas en el Huallaga Central, se han producido inundaciones en el Bajo Huallaga, particularmente en la provincia de San MORDAZA, distrito de Papa Playa, cerca de Yurimaguas; Que, respecto a la situacion actual, segun menciona el Informe aludido, los Comites de Defensa Civil (Regional y Locales) han actuado de inmediato en coordinacion con la DRDC San MORDAZA, y han evaluado los danos y proporcionado ayuda humanitaria desde los almacenes adelantados de la region. El nivel de las aguas en el Huallaga Central han disminuido considerablemente, manteniendose los niveles elevados en el Bajo Huallaga; Que, mediante el Informe Tecnico Nº 115-2006INDECI/12.1, del 17.NOV.2006, la Direccion Nacional de Logistica hace de conocimiento que en coordinacion con la DRDC San MORDAZA y contando con la autorizacion de la Alta Direccion, ha emitido ordenes de compra y servicios para la adquisicion de combustible (petroleo y TA-1) y baldes de plastico de 15 litros, asi como para la contratacion de servicios de transporte terrestre de carga para el traslado de bienes de ayuda humanitaria, estrictamente necesario para la atencion de la emergencia, segun detalle que se incluye en el Cuadro Unico, que como Anexo 2 forma parte integrante de la presente Resolucion; Que, ademas, el Informe Legal de vistos indica que en virtud de lo establecido por el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Decreto Supremo Nº 0832004-PCM y el articulo 142º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, procede regularizar la contratacion cuyo detalle se consigna en el Cuadro Unico, que como anexo 2 forma parte integrante de la presente Resolucion, para enfrentar la situacion de emergencia suscitada; Que, de otro lado, mediante Resolucion Jefatural Nº 027-2006-INDECI, de fecha 13.ENE.2006, y normas modificatorias, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones ­ PAAC 2006 del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.