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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de diciembre de 2006 334150 FABIOLA MORALES CASTILLO Segunda Vicepresidenta delCongreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Lima, 6 de diciembre de 2006 Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese y archívese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 6592-1 RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 28916 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA EL INGRESO DE PERSONAL MILITAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON ARMAMENTO, AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA Artículo único.- Objeto de la Resolución Legislativa El Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en el inciso 8) del artículo 102º de la Constitución Política del Perú y el artículo 3º de la Ley Nº 27856, ha resuelto acceder a la petición presentada por el señor Presidente Constitucional de la República que cuenta con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y; en consecuencia, autorizar el ingreso al territorio nacional de personal militar de los Estados Unidos de América, del 9 al 22 de diciembre de 2006 y del 4 de febrero al 8 de marzo de 2007, para realizar dos despliegues militares de entrenamiento contra Narcoterrorismo (CNT), denominados “Operaciones de Asalto en Aterrizaje y Operaciones Posteriores – LASO” con personal de Infantería y de Fuerzas Especiales de la Marina de Guerra del Perú en Pucallpa, de acuerdo a las especi fi caciones que como Anexo forman parte integrante de la presente Resolución Legislativa, en vista de que no afecta en forma alguna la soberanía nacional, ni constituye instalación de bases militares. La presente Resolución Legislativa no irroga gasto alguno al Estado. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los seis días del mes de diciembre de dos mil seis. MERCEDES CABANILLAS BUSTAMANTE Presidenta del Congreso de la República JOSÉ VEGA ANTONIO Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Lima, 6 de diciembre de 2006Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese y archívese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de MinistrosANEXO PAÍS: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA MOTIVO: DOS DESPLIEGUES DE ENTRENAMIENTO CONTRA NARCOTERRORISMO (CNT), DENOMINADOS “OPERACIONES DE ASALTO EN ATERRIZAJE Y OPERACIONES POSTERIORES - LASO” IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL MILITAR 1. MAYOR CHRISTOPHER O’CONNOR 2. CAPITÁN RONALD BRAND3. GYSGT JOE RODRÍGUEZ4. GYSGT JOSÉ GUTIÉRREZ 5. SGT NEVILLE SHIWDIN 6. SGT JERRY MOON7. HMC MARIO COLÓN8. HM2 ROBERTO COLÓN ZARAGOZA RELACIÓN DE EQUIPO TRANSEÚNTE Armamento Número de Serie Pistola 9 mm, Automática 1036928 Pistola 9 mm, Automática 1036927Pistola 9 mm, Automática 1036931Pistola 9 mm, Automática 1036929Pistola 9 mm, Automática 1036930Pistola 9 mm, Automática 1036934Pistola 9 mm, Automática 1013166Pistola 9 mm, Automática 1036924 Rifl e M4 W325675 Rifl e M4 W325764 Rifl e M4 W325716 Rifl e M4 W325740 Rifl e M4 W324464 Rifl e M4 W325679 Rifl e M4 W324507 Rifl e M4 W325743 Municiones Cantidad Cartucho de 5.56 mm 39,020Granada de humo, verde 5 Granada de humo, rojo 5 Señal de iluminación estrella roja, Cluster M158 10Señal de iluminación estrella blanca tipo paracaídas 25Señal de iluminación estrella verde, Cluster 10 TIEMPO DE PERMANENCIA EN TERRITORIO NACIONALDEL 9 AL 22 DE DICIEMBRE DE 2006 Y DEL 4 DE FEBRERO AL 8 DE MARZO DE 2007. 6592-2 LEY Nº 28917 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE ADJUDICA TERRENO DE PROPIEDAD DEL ESTADO EN FAVOR DEL CLUB DEPARTAMENTAL TUMBES Artículo único.- Adjudicación de Terreno Adjudícase en propiedad a título gratuito, el terreno afectado en uso por Ley Nº 28414 a favor del Club Departamental Tumbes, ubicado en el distrito de La Perla, Provincia Constitucional del Callao, de un área de 526.50 m2, que será destinado exclusivamente para la construcción de su local institucional, quedando la Superintendencia de Bienes Nacionales encargada de