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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de diciembre de 2006 334156 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-97-PE se autorizó al Ministerio de Pesquería a transferir en calidad de donación en favor del Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, el Muelle Pesquero Chimbote, ubicado en las coordenadas de latitud 09º 07’ 07”.7 y longitud 78º 33’ 27”.7 Oeste con una longitud total de 758 metros, escollera 88 m., puente 370 m.; ancho 8 m.; cabezo arrastrero 150 m., ancho 20 m., cabezo principal ancho 20 m., y 3,85 m. de altura, en concreto armado, con defensa de bloques de caucho vulcanizado y bitas de acero fundido; para ser destinado a la seguridad y defensa nacional, y complementariamente a brindar servicios a la actividad pesquera; Que, el Muelle Pesquero Chimbote por sus características constituye una instalación destinada al atraque y atención de embarcaciones menores por lo que representaría un elemento esencial para el apoyo logístico de las operaciones que realizan los pescadores artesanales de la zona; Que, en el marco de la política general de descentralización del Gobierno, resulta conveniente disponer la transferencia del Muelle Pesquero Chimbote en favor de la Municipalidad Provincial del Santa; De conformidad con el Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y el Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; DECRETA:Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Defensa a transferir a título gratuito a favor de la Municipalidad Provincial del Santa, el Muelle Pesquero Chimbote, el mismo que ha sido construido en un área de mar de 8 880 m2; para ser destinado a brindar servicios a la actividad pesquera para consumo humano directo. Artículo 2º.- Disponer que los Ministerios de la Producción y de Defensa realicen las gestiones que se requieran para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, y disponer las medidas contables y patrimoniales que conlleve la transferencia respectiva. Artículo 3º.- Disponer que la Municipalidad Provincial del Santa otorgue las facilidades correspondientes al Ministerio de Defensa – Marina de Guerra del Perú, para el uso a título gratuito del Muelle Pesquero Chimbote, para sus fi nes institucionales. Artículo 4º.- Transcríbase el presente Decreto Supremo a la Superintendencia de Bienes Nacionales, para su conocimiento y demás fi nes. Artículo 5º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, por el Ministro de Defensa y por el Ministro de la Producción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil seis. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 6592-4 Autorizan viaje de Personal Militar FAP a Bolivia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 506-2006-DE/FAP Lima, 6 de diciembre de 2006 Visto el O fi cio R-55-COEN-Nº 2009 del 14 de noviembre de 2006 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú y Mensaje SGFA-151459 de noviembre de 2006 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO:Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República de Bolivia, ciudad de Santa Cruz, del 10 al 16 de diciembre de 2006, del Personal Militar FAP que se indica en la parte resolutiva, quienes participarán en una Práctica de Vuelo Nocturno en Helicóptero UH-1H con la Fuerza Aérea Boliviana, dando cumplimiento al entendimiento 5.- c, de la XIII Ronda de Conversaciones con el mencionado país, lo que permitirá dar continuidad a la integración operativa con los países de la región y lograr que al retorno los o fi ciales participantes, colaboren en actualizar la doctrina especí fi ca de las operaciones aérea en la institución; Que, el viaje en comisión de servicio se encuentra considerado en el Plan Anual de Viajes al Extranjero AF- 2006, aprobado con Resolución Ministerial Nº 093-2006-DE/SG del 10 de febrero de 2006; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modi fi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004 y Decreto de Urgencia Nº 006- 2006 del 3 de mayo de 2006; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República de Bolivia, ciudad de Santa Cruz, del 10 al 16 de diciembre de 2006, del Personal Militar FAP que a continuación se indica, quienes participarán en una Práctica de Vuelo Nocturno en Helicóptero UH- 1H con la Fuerza Aérea Boliviana, dando cumplimiento al entendimiento 5.- c, de la XIII Ronda de Conversaciones con el mencionado país: Mayor FAP ASENJO GALLO Martín Ramón Capitán FAP GONZALES ATALA Avelar Heland Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: US$ 381.00 x 2 O fi ciales Viáticos: US$ 200.00 x 7 días x 2 O fi ciales Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 2 O fi ciales Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado Personal, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada pro el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 6592-14