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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (25/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 25 de diciembre de 2006 335454 Impuesto al Patrimonio Vehicular para el ejercicio 2007, vence: PAGO AL CONTADO : 28 DE FEBRERO PAGO FRACCCIONADO PRIMERA CUOTA : 28 DE FEBRERO SEGUNDA CUOTA : 31 DE MAYOTERCERA CUOTA : 31 DE AGOSTO CUARTA CUOTA : 30 DE NOVIEMBRE POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima a los 18 de diciembre de 2006.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 9539-3 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENT ANILLA Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de incumplimiento de convenio ACUERDO DE CONCEJO N° 208-2006/MDV-CDV Ventanilla, 6 de diciembre de 2006 EL HONORABLE CONCEJO DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo celebrada el 6 de diciembre del 2006, Informe Nº 652-2006/MDV-OAJ, referente al Convenio de Cooperación entre la Municipalidad Distrital de Ventanilla y la Asociación Oportunidad de Progreso - OPRO; CONSIDERANDO:Que mediante Informe Nº 652-2006/MDV-OAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que mediante Ofi cio Nº 505-2006-CG-DG-OPRO PERU se imputa incumplimiento del Convenio a nuestra Entidad aduciendo que la Municipalidad les adeuda S/ 11,025.00 Nuevos Soles, tratando de ignorar de manera abrupta que son ellos (OPRO) quienes no han cumplido con sus obligaciones: a) Sustentar detalladamente el empleo de los recursos económicos mediante documentación fehaciente (facturas emitidas por Empresas con el RUC activo registrado en la SUNAT, de los implementos requeridos para el desarrollo del Proyecto) a nombre de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. b) Proporcionar a la Municipalidad la información económica que requiera. c) Presentar a la Municipalidad el informe fi nal con los resultados obtenidos, a pesar que con fecha 10 de abril del año en curso mediante O fi cio Nº 016-20067MDV- SGOYB se les requirió para que en el término de 72 horas hagan llegar el informe fi nal, acta de entrega del terreno, inventario y el informe del balance económico, por lo que mal pueden indicar que “ … es la primera vez que solicitan el informe fi nal …” d) Brindar capacitación de los asistentes que participarán en el desarrollo del Proyecto. e) Bene fi ciar a los comedores populares seleccionando a madres y niñas discapacitados y 100 familias de extrema pobreza. f) Contribuir a la mejora de servicios vinculados con la producción local. g) Favorecer la mejora en la calidad del proyecto a desarrollar. h) Desarrollar el Programa con personal debidamente califi cado y responsable en el desempeño de sus funciones.i) Cumplir las disposiciones establecidas en el Convenio. Que asimismo OPRO no ha cumplido con el objetivo del Convenio en el sentido de crear el primer vivero productos y promotor ecológico de MI PERU, ni tampoco con crear los comedores populares de MI PERU brigadas ecológicas comunitarias (BEC) y constituir la creación de 100 huertos medicinales y 220 microempresas Pro-ambientalitas. Ya que con Ofi cio Nº 164-2005/MDV-GPV-SGOSYB dirigido a la Presidenta de la Asociación Oportunidad de Progreso Opro resolicita: a) Copia de los cargos de invitación a los comedores a participar en el proyecto ecosistema. b) Copia del proyecto ecosistema. c) Padrón de bene fi ciados de los comedores indicando nombres y apellidos completos, dirección, organización la que pertenecen, edad y fi rma. d) Padrón de los bene fi ciarios de los discapacitados. e) Relación de composteros. Siendo que a la fecha OPRO no ha hecho entrega de lo solicitado. Que siendo el Convenio accesorio del contrato de subvención de iniciativas locales y teniendo en cuenta que el proyecto de ecosistemas es uno de carácter co fi nanciado, el mismo al haber sido resuelto por PROPOLI, por haber incurrido “de manera sistemática, en la presentación de información y documentos que no se ajustan a la realidad y que no sustentaban debidamente el destino de los recursos subvencionados por PROPOLI”, luego al ser accesorio el convenio corre la misma suerte del principal. Por lo que al haber incumplido OPRO con sus obligaciones los hace responsables por los hechos dolosos y/o negligentes que pudieran haberse cometido en perjuicio de la Municipalidad al momento de efectuar las obligaciones que le fueron encomendadas(…..). Que se debe otorgar a OPRO un plazo de 48 horas para que proceda conforme a lo requerido mediante O fi cio Nº 016-2006/MDV-SGOSYB y Carta Nº 443- 2006/MDV-GAF sus fechas 10 de abril y 2 de octubre del año en curso debiendo remitir lo siguiente: a) Remitirnos el informe fi nal consolidado y de las entregas otorgadas por nuestra institución por el Proyecto ecosistema. b) Ha la entrega del inventario fi nal de bienes y servicios debidamente documentado. c) Sustentar el cumplimiento de sus obligaciones conforme a la cláusula quinta del convenio. d) A efectuar el reembolso de los dineros entregados por l Municipalidad cuya ejecución no ha sido debidamente acreditada. Que lo señalado en el párrafo precedente no nos exime de interponer las acciones legales pertinentes conforme a lo señalado en los puntos que anteceden sin perjuicio de la acción de indemnización por daños y perjuicios. Asimismo se rati fi ca en el Informe Nº 419-2006/MDV-OAJ”. Que con fecha 22 de noviembre del 2006 se cursaron las Cartas Notariales a la Sra. ROSA MARTINEZ FLORES y al señor CELESTINO FIGUEROA GUILLERMO NOLBERTO Presidente del Consejo Directivo de la Asociación Oportunidad de Progreso por ante la Notaría Zuleta Guimet. En cumplimiento de las atribuciones conferidas por los artículos 9º,. inciso 23), de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con la votación UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta; ACUERDA: Artículo Primero.- Autorizar al PROCURADOR PÚBLICO MUNICIP AL a cargo de los asuntos judiciales de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, para que en representación y defensa de los intereses de esta Comuna, inicie las acciones legales pertinentes conforme a lo descrito con los Informes Nºs. 652- 2006/MDV-OAJ e Informe Nº 419-2006/MDV-OAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo, remitir copia del presente Acuerdo de Concejo, al señor Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, para los fi nes pertinentes, disponiendo su publicación a través de la Gerencia de Administración y Finanzas, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. JUAN JOSÉ LÓPEZ ÁLAVA Alcalde 9467-1