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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (26/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 26 de diciembre de 2006 335458 Segundo.- Expedir el título al doctor JESÚS MANUEL SOLLER RODRÍGUEZ, como Vocal de la Corte Superior de Justicia de Lima. Tercero.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR BADARACCOPresidente 9495-4 CONTRALORIA GENERAL Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delitos en agravio de la Municipalidad Distrital de Las Pirias RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 393-2006-CG Lima, 21 de diciembre de 2006 VISTO; el Informe Especial N° 202-2006-CG/ ORCH, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de Las Pirias, provincia de Jaén, región Cajamarca, por el período comprendido de enero 2000 – junio 2005; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República dispuso una Acción de Control No Programada a la Municipalidad Distrital de Las Pirias, con la fi nalidad de veri fi car las presuntas irregularidades denunciadas ante este Órgano Superior de Control; Que, como resultado de la acción de control practicada, la Comisión de Auditoría ha evidenciado que, las autoridades y funcionarios municipales efectuaron pagos por servicios que no fueron acreditados y respecto de los cuales no se cuenta con la documentación técnica (objeto de la prestación del servicio); asimismo, por haber efectuado desembolsos a personas naturales que no se encontraban inscritos en el Registro Nacional de Contratistas, y que en algunos casos sus profesiones no eran acordes con los documentos técnicos a elaborar, mientras que en otro caso, no se cuenta con contrato suscrito con la entidad, ocasionando en total un perjuicio económico ascendente a S/. 66 010,00; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comisión del delito de Peculado, previsto y penado en el artículo 387º del Código Penal; Que, asimismo, se ha evidenciado que las autoridades y funcionarios municipales dispusieron la adquisición de un volquete, para lo cual se declaró una Situación de Urgencia sin cumplir con los requisitos establecidos por la normativa vigente, y se dispuso la valuación previa del volquete perteneciente a la empresa que resultó ser la ganadora de la Buena Pro; adicionalmente se evidenció que hubo irregularidades en el proceso de selección, y que posteriormente se efectuaron desembolsos ascendentes a S/. 3 436,00 por concepto de reparación del volquete adquirido, pese a que se encontraba vigente la garantía contractual; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comisión del delito de Aprovechamiento Indebido del Cargo, previsto y penado en el artículo 397º del Código Penal;Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del artículo 22° de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una Acción de Control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el literal d) del artículo 22° de la Ley N° 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley N° 17537 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y en representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 9465-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan delegación de funciones registrales a Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las Municipalidades de Centros Poblados de Paraíso, Las Viejas y Colcas RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 1268-2006-JEF/RENIEC Lima, 20 de diciembre de 2006 VISTOS: El Informe N° 002871-2006/SGREC/GO/RENIEC de fecha 31 de octubre de 2006 y el Informe N° 001400- 2006-GAJ/RENIEC de fecha 9 de noviembre de 2006, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil mantiene estrecha y permanente coordinación con diversas entidades, como las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado, Comunidades Campesinas y Nativas reconocidas, y cualquier otra dependencia, instancia o entidad, pública o privada, cuando ello fuese necesario, conforme lo establece el artículo 8° de la Ley N° 26497- Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil;