Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2006 (11/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

MORDAZA, miercoles 11 de enero de 2006

NORMAS LEGALES PROYECTO

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entrada en operacion comercial de la central hidroelectrica MORDAZA MORDAZA I, aplicables para el periodo comprendido entre el 10 de diciembre de 2005 y el 30 de MORDAZA de 2007. El indicado proyecto de resolucion figura como Anexo 2 de la presente resolucion. Articulo 2º.- Dispongase la publicacion, en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web del OSINERG, de la relacion de informacion que se acompana como Anexo 1 de la presente resolucion. Articulo 3º.- Los interesados podran presentar opiniones y sugerencias respecto a la resolucion cuya prepublicacion se dispone con el anterior Articulo 1º, dentro de los nueve (9) dias habiles contados a partir de dicha prepublicacion. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERG ANEXO 1 RELACION DE INFORMACION QUE SUSTENTA LA RESOLUCION DE FIJACION DE LAS TARIFAS Y COMPENSACIONES PARA EL SST INVOLUCRADO CON LA ENTRADA DE LA C.H. MORDAZA MORDAZA 1. Solicitud de ADINELSA para que el OSINERG establezca el procedimiento de calculo de la compensacion por el uso del Sistema MORDAZA de Transmision Huacho-Andahuasi. 2. Solicitud de la empresa Electrica MORDAZA MORDAZA SAC, entre otros aspectos, para que el OSINERG fije los peajes por el uso de la linea de transmision electrica Huacho-Andahuasi, de propiedad de ADINELSA, en relacion con la entrada en operacion de la C.H. MORDAZA Rosa. 3. Informe Tecnico de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria OSINERG-GART/DGT Nº 101-2005. Estudio para la Fijacion de Tarifas y Compensaciones del Sistema MORDAZA de Transmision Huacho-Andahuasi. 4. Informe Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria OSINERG-GART-AL-2005190. Cabe senalar que la informacion senalada en los numerales 2 y 3 se encuentran publicados en la pagina WEB del OSINERG: www2.osinerg.gob.pe, dentro del rubro Procedimientos Regulatorios, Tarifas para los Sistemas Secundarios de Transmision, "Procedimiento para Fijacion de Compensaciones para los SST involucrados con la entrada en operacion de la C.H. MORDAZA Rosa". No obstante, los interesados pueden solicitar al OSINERG, por escrito, cualquier informacion de la que se ha senalado lineas arriba. ANEXO 2 PROYECTO DE RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº XXX-2006-OS/CD MORDAZA, XX de enero de 2006 CONSIDERANDO: Que, la empresa de Administracion de Infraestructura Electrica S.A. (en adelante "ADINELSA") mediante carta CS-031-2005, recibida el 27 de enero de 2005, solicito a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (en adelante "GART") del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia (en adelante "OSINERG"), establecer el procedimiento de calculo de la compensacion por el uso del Sistema MORDAZA de Transmision (en adelante "SST") conformado por linea de transmision electrica Huacho-Andahuasi 66 kV de 32,8 Km y la subestacion Andahuasi 66/22,9/10 kV;

Que, el 28 de agosto de 2005, se publico en el Diario Oficial El Peruano, la Resolucion OSINERG Nº 234-2005OS/CD, mediante la cual se aprueba la MORDAZA "Procedimiento para Fijacion de Tarifas y Compensaciones para Sistemas Secundarios de Transmision a la Entrada de Nuevas Centrales de Generacion" (en adelante "NORMA"); Que, con carta ESR 054-2005, recibida el 20 de junio de 2005, la empresa Electrica MORDAZA MORDAZA SAC (en adelante "SANTA ROSA") informa que ademas de la C.H. MORDAZA MORDAZA II que se encuentra en operacion desde MORDAZA 2004, entrara en operacion la C.H. MORDAZA MORDAZA I, de 1,3 MW; por lo que solicita, entre otros aspectos, se fije los peajes por el uso de la indicada linea de transmision electrica Huacho-Andahuasi de propiedad de ADINELSA; Que, el 22 de setiembre de 2005, mediante Oficio Nº 362-2005-OSINERG-GART, el OSINERG requirio a la empresa MORDAZA MORDAZA complemente la informacion a que se refiere el Articulo 4º, numeral 4.2 de la NORMA; Que, en atencion al documento senalado en el parrafo anterior, la empresa MORDAZA MORDAZA, con fecha 22 de setiembre 2005, mediante carta ESR 116-2005 hace llegar a la GART del OSINERG los datos generales de la C.H. MORDAZA MORDAZA I, el diagrama unifilar de dicha central, el diagrama de un solo caso de analisis de flujos de potencia del sistema Huacho-Andahuasi y la proyeccion anual de la produccion de energia electrica de la misma central; Que, el OSINERG, con Oficio Nº 372-2005OSINERG-GART, de fecha 26 de setiembre de 2005, comunico a ADINELSA, propietaria de las instalaciones, que se habia dado inicio al MORDAZA de fijacion de tarifas del indicado sistema y le requirio la MORDAZA del Estudio Tecnico Economico con la propuesta de Tarifas y Compensaciones para su SST, dentro del plazo establecido en el Anexo A de la NORMA; Que, aparte de las solicitudes de regulacion presentadas por las empresas ADINELSA y MORDAZA MORDAZA, estas no presentaron propuestas tarifarias para la regulacion del SST involucrado con la entrada en operacion de la central hidroelectrica MORDAZA MORDAZA, por lo que ante esta situacion corresponde al OSINERG continuar con el procedimiento regulatorio, segun lo establecido en el numeral 4.5 del Articulo 4º de la NORMA; Que, debido a lo senalado en el parrafo anterior, el OSINERG ha considerado necesario aplicar mecanismos que reflejen la mayor transparencia posible, contemplandose, entre otras, las siguientes etapas: la publicacion de la solicitud de regulacion y el respectivo cronograma del procedimiento a seguirse para el efecto, la prepublicacion del proyecto de resolucion que fije las tarifas y compensaciones, la realizacion de una audiencia publica para la exposicion de los criterios, metodologia y modelo empleados por el OSINERG, con el fin de que los interesados expresen sus comentarios a la mencionada prepublicacion. Es asi que a la fecha, el OSINERG ha publicado en su pagina Web la solicitud de regulacion de la empresa MORDAZA MORDAZA y el procedimiento que ha establecido para dar cumplimiento a lo senalado en la NORMA; Que, asimismo, segun lo senalado en el numeral 1.2 del Articulo 1º de la MORDAZA, esta es de aplicacion a las empresas de generacion, de transmision y de distribucion; a los consumidores de energia electrica y a las empresas propietarias de centrales de generacion que ingresen en operacion comercial al Sistema Interconectado Nacional, con fecha posterior a la entrada en vigencia de la Tarifas de los Sistemas Secundarios de Transmision, fijadas mediante el procedimiento contenido en la Resolucion OSINERG Nº 001-2003-OS/CD y sus modificatorias. Es decir, las centrales de generacion que entraron en operacion posterior al 1º de MORDAZA 2005, como lo es el caso de la central hidroelectrica MORDAZA MORDAZA I que entro en operacion el 10 de diciembre de 2005; Que, como resultado del estudio realizado para la presente fijacion de tarifas, se ha determinado que el SST involucrado con la entrada en operacion de la central hidroelectrica MORDAZA MORDAZA I esta conformado por la linea de transmision MORDAZA REP-Andahuasi de 32.8 Km y la

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