Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2006 (21/01/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 21 de enero de 2006

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 002-2006 AUTORIZAN MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL ANO FISCAL 2006 - LEY Nº 28652 Y DICTAN DISPOSICIONES RELATIVAS A LA EJECUCION PRESUPUESTARIA Y OTRAS MEDIDAS
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto de Urgencia Nº 035-2005 dispuso la cancelacion en el ano 2005 de las obligaciones que se habian previsto pagar en el ano 2006 con cargo al presupuesto del Ministerio de Energia y Minas, en el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 010-2004 y modificatorias, por lo cual el citado Pliego Presupuestario cuenta con recursos en el ano fiscal 2006 que han sido liberados por un monto de S/. 80 000 000,00; Que, los citados recursos pueden ser orientados para combatir el narco-terrorismo y otras actividades ilicitas mejorando la capacidad de operacion del Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior, y en este ultimo adicionalmente para la continuidad del servicio de comedor dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 0222005; para atender en parte el incremento establecido en el Decreto de Urgencia Nº 033-2005 en el MORDAZA del Programa de Homologacion de los Docentes de las Universidades Publicas; para implementar la escala remunerativa de la Academia de la Magistratura en aplicacion del Decreto Supremo Nº 177-2005-EF; para financiar los servicios de asesoria legal en acciones juridicas internacionales a cargo del Ministerio de Justicia; para financiar el Decreto Supremo Nº 122-2005-EF a cargo del Ministerio de Salud, asi como en las Direcciones Regionales de Salud, para atender nuevos pensionistas de los Gobiernos Regionales MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, La MORDAZA y Piura; y para continuar con el funcionamiento de sus oficinas defensoriales, al programa de descentralizacion y buen Gobierno a cargo de la Defensoria del Pueblo; Que, adicionalmente, para atender en parte el financiamiento de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 033-2005 citado en el considerando precedente, el Pliego Ministerio de Economia y Finanzas cuenta con recursos en la Reserva de Contingencia; Que, la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, por la oportunidad de su remision al Congreso de la Republica en el mes de agosto del 2005, no pudo considerar en sus anexos cuantitativos la adscripcion de la Comision Nacional Anticorrupcion en el Ministerio de Justicia, establecida por el Decreto Supremo Nº 082-2005PCM en el mes de octubre del 2005, por lo cual se requiere aprobar la Transferencia de Partidas de la Presidencia del Consejo de Ministros al Ministerio de Justicia; Que, en el presente ano fiscal los recursos financieros no utilizados al 31 de diciembre del ano fiscal 2005, provenientes de las MORDAZA de Financiamiento Fondo de Compensacion Regional y Recursos Ordinarios para los Gobiernos Locales constituyen saldos de balance que, excepcionalmente, seran registrados como ingresos en la Fuente de Financiamiento 13. Donaciones y Transferencias; Que, con el objeto de lograr una adecuada ejecucion y aplicacion de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, es pertinente dictar medidas relativas a la exoneracion a favor del MORDAZA Nacional de Elecciones del articulo 8º literal b) de las normas de austeridad; a la incorporacion de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento en la suscripcion de convenios de administracion por resultados; al otorgamiento del tercer tramo de incremento a favor del personal comprendido en el Decreto

Supremo Nº 047-2005-EF; al incremento remunerativo a favor del personal militar y policial en actividad y pensionistas, asi como el otorgamiento de una asignacion especial a favor del personal civil de los organos no policiales en actividad; a dictar disposiciones para la aplicacion del Decreto de Urgencia Nº 033-2005; a la prorroga para el ano fiscal 2006 de la vigencia del Decreto Supremo Nº 032-2005-EF; a facultar al Ministerio de Economia y Finanzas para que en coordinacion con el Ministerio de Salud y el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, autorice las unidades ejecutoras en dichos Ministerios; a la incorporacion de los Fondos provenientes de los procesos de concesiones que se orientan a financiar gastos imputables directa o indirectamente a la ejecucion de los mismos; y a las autorizaciones de viajes de los funcionarios y servidores del Estado; Que, resulta necesario dictar medidas destinadas a la reestructuracion de los niveles salariales de todas las personas que perciban ingresos significativos en las entidades y organismos comprendidos dentro del ambito del Poder Ejecutivo, asi como las Entidades de Tratamiento Empresarial y las empresas del Estado sujetas al FONAFE, atendiendo a la gran dispersion y tratos diferenciados en los niveles de ingresos otorgados por las prestaciones de servicios en el Sector Publico; Que, de otro lado, es preciso establecer un plazo y un regimen transitorio de atencion a fin de garantizar el pago oportuno de los subsidios a los trabajadores de las Unidades Ejecutoras del Presupuesto del Sector Publico a cargo de EsSalud a que hace referencia el Decreto Supremo Nº 1632005-EF, en concordancia con lo dispuesto por la Ley Nº 28846, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud, en el sentido que es competencia del Seguro Social de Salud (EsSalud) el otorgamiento de las prestaciones a su cargo; Que, las medidas MORDAZA senaladas constituyen acciones de caracter economico y financiero, y que de no dictarse en forma urgente, las entidades involucradas pueden verse afectadas en el cumplimiento de sus funciones, perjudicando ulteriormente a la colectividad, siendo necesario establecer medidas de interes nacional en forma extraordinaria; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizacion de Transferencia de Partidas Autorizase una Transferencia de Par tidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, hasta por la suma de OCHENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 80 000 000,00), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios de acuerdo al siguiente detalle: (En Nuevos Soles)
DE LA SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 016 : Ministerio de Energia y Minas UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Energia y Minas - Central FUNCION 10 : Energia y Recursos Minerales PROGRAMA 035 : Energia SUBPROGRAMA 0172 : Hidrocarburos ACTIVIDAD 1.23075 Transferencias al Fondo de Estabilizacion de Precios de los Combustibles CATEGORIA DE GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 4 . OTROS GASTOS CORRIENTES TOTAL: A LA SECCION PRIMERA SECCION MORDAZA : Gobierno Central : Instancias Descentralizadas TOTAL: 70 444 774,00 9 555 226,00 ------------80 000 000,00 ===========

80 000 000,00 -------------- 80 000 000,00 ============

El detalle de los Pliegos y Grupos Genericos de Gasto habilitados en el presente articulo esta contemplado en los Anexos Nºs. 1 y 2 de la presente norma. Articulo 2º.- Autorizacion de Transferencia de Partidas Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, hasta por la suma de OCHO MILLONES CINCUENTA Y SIETE MIL TREINTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 8 057 037,00), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios de acuerdo al siguiente detalle: (En Nuevos Soles)

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