Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ENERO DEL AÑO 2006 (21/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 5

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G30/G36/G33/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 21 de enero de 2006 DE LA SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General FUNCIÓN 03 : Administración y Planeamiento PROGRAMA 006 : Planeamiento Gubernamental SUBPROGRAMA 0019 : Planeamiento Presupuestario, Financiero y Contable ACTIVIDAD 00010 : Adm inistración del Proceso Presupuestario del Sector Público CATEGORÍA DEL GASTO 5. GASTO CORRIENTE 0 Reserva de Contingencia 8 057 037,00 ——————-TOTAL: 8 057 037,00 =========== A LA SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central Pliegos Universidades Públicas 8 057 037,00 —————— TOTAL: 8 057 037,00 =========== El detalle de los Pliegos y Grupos Genéricos de Gasto habilitados en el presente artículo está contemplado enel Anexo Nº 3 de la presente norma. Artículo 3º.- Autorización de Transferencias de Partidas Autorízase, para efecto de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 082-2005-PCM, una Transferencia de Partidasen el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2006, hasta por la suma de TRESCIENTOS OCHO MILTRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 308 003,00) con cargoa la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios de acuerdo al siguiente detalle: (En Nuevos Soles) DE LA: SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 001 : Presidencia del Consejo de Ministros UNIDAD EJECUTORA 003 : Secretaría General - PCM FUNCIÓN 03 : Administración y Planeamiento PROGRAMA 006 : Planeamiento Gubernamental SUBPROGRAMA 0003 : Def ensa de los Derechos Constitucionales y Legales ACTIVIDAD 00763 : Política de Prevención y Lucha Contra la Corrupción - Ética y Transparencia CATEGORÍA DE GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 3. Bienes y Servicios 308 003,00 —————— TOTAL: 308 003,00 ========== A LA: SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 006 : Ministerio de Justicia UNIDAD EJECUTORA 001 : Oficina General de Administración FUNCIÓN 02 : Justicia PROGRAMA 006 : Planeamiento Gubernamental SUBPROGRAMA 0005 : Supervisión y Coordinación Superior ACTIVIDAD 00763 : Política de Prevención y Lucha Contra la Corrupción - Ética y Transparencia CATEGORÍA DE GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 3. Bienes y Servicios 308 003,00 —————— TOTAL: 308 003,00 ========== Artículo 4º.- Procedimientos para la aprobación institucional 4.1 Autorízase a los Titulares de Pliego a aprobar, mediante Resolución, la desagregación de los recursos a los que serefieren los artículos 1º, 2º y 3º del presente Decreto deUrgencia, a nivel de función, programa, subprograma,actividad, proyecto y grupo genérico de gasto, dentro de loscinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados enel artículo 23º, numeral 23.2 de la Ley General del SistemaNacional de Presupuesto, Ley Nº 28411. 4.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, instruye a la Unidad Ejecutora para que elaborelas correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia dela modificación presupuestaria autorizada por el presenteDecreto de Urgencia. Asimismo, la mencionada Oficina solicita a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codificaciones quese requieran como consecuencia de la incorporación denuevas Actividades, Proyectos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 5º.- Registro de saldos de balance Regístrese, excepcionalmente, como ingresos en la Fuente de Financiamiento 13. Donaciones y Transferenciaslos recursos financieros no utilizados al 31 de diciembre delaño fiscal 2005 provenientes de las Fuentes de Financiamiento Fondo de Compensación Regional y Recursos Ordinarios para los Gobiernos Locales, losmismos que constituyen saldos de balance de los pliegosque los han generado, debiendo ser destinados a los finespara los cuales fueron inicialmente asignados. Dichosrecursos deben ser incorporados por Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda. Artículo 6º.- Exoneración al Jurado Nacional de Elecciones Modifíquese el segundo párrafo de la Décimo Cuarta Disposición Final de la Ley Nº 28652, conforme alsiguiente texto: “Asimismo, exceptúese al Jurado Nacional de Elecciones de lo dispuesto en el inciso b) del artículo 8º de la presente Ley, con exclusión de la prohibición de los contratos a plazo indeterminado, solamente para efectos de contratar a losmiembros de los jurados especiales electorales.” Artículo 7º.- Convenios de Administración por Resultados Incorpórese dentro de los alcances de lo dispuesto en la Décimo Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652 – Ley dePresupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006 a laSuperintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento. Artículo 8º .- Recursos de los Gobiernos Locales Prorrógase para el año fiscal 2006 la vigencia del Decreto Supremo Nº 032-2005-EF . Para la aplicación del citado Decreto Supremo, toda referencia a la Fuentede Financiamiento 17. Recursos Ordinarios para losGobiernos Locales se sustituye por la Fuente deFinanciamiento 00. Recursos Ordinarios, asimismo, todareferencia al presupuesto de los Gobiernos Locales para el Año Fiscal 2005 se sustituye por presupuesto de los Gobiernos Locales para el Año Fiscal 2006. En adelante la denominación del citado Decreto Supremo, es “Lineamientos para la Distribución y Ejecución de losFondos Públicos de los Gobiernos Locales provenientes dela Fuente de Financiamiento 00. Recursos Ordinarios”. Artículo 9º.- Tercer Tramo de incremento del Decreto Supremo Nº 047-2005-EF 9.1 Autorízase el pago del Tercer Tramo a que hace referencia el Decreto Supremo Nº 047-2005-EF , a razónde un incremento de remuneraciones de S/. 200,00(DOSCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) a favor delpersonal comprendido en dicho dispositivo legal. La aplicación de lo dispuesto en el presente artículo se ejecuta con cargo a los presupuestos aprobados en la Ley Nº 28652 – Ley de Presupuesto del Sector Públicopara el Año Fiscal 2006 a los Pliegos involucrados. 9.2 Los SERUMS de los Gobiernos Regionales se encuentran comprendidos en los alcances del anexo delDecreto Supremo Nº 047-2005-EF con el mismo monto considerado a los SERUMS de los Organismos Públicos Descentralizados. Artículo 10º.- Incremento de remuneraciones para el personal militar y policial y Asignación Especialpara el personal civil de los órganos no policiales 10.1 Otórgase un incremento de remuneraciones, a partir del mes de enero del 2006 a favor del personalmilitar y policial en actividad, ascendente a la suma deS/. 60,00 (SESENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES).Asimismo, otórgase el citado monto a los pensionistas militares y policiales a cargo del Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior, incluido el personal militar y policialdiscapacitado y aquellos pensionistas a cargo de la Cajade Pensiones Militar - Policial.