Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2006 (21/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, sabado 21 de enero de 2006
ESTE

NORMAS LEGALES

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Desde el ultimo punto descrito, el limite lo constituye la linea de frontera hasta la confluencia del rio Ancomarca y una quebrada sin nombre y continuando aguas abajo hasta alcanzar el rio Mauri. SUR Desde El ultimo punto descrito, el limite continua en direccion oeste por el rio Mauri aguas arriba, para luego tomar el nombre de rio Ancoaque, continuando por este aguas arriba hasta su desembocadura en la MORDAZA Taccata, recorriendo su flanco oriental hasta la quebrada Pamputa, recorriendo esta aguas arriba hasta alcanzar el flanco oriental de la MORDAZA Vilacota (Ancocota), recorriendola por este flanco hasta alcanzar el rio Quilvire, ascendiendo por este aguas arriba hasta encontrar una quebrada sin nombre por su margen derecha y recorrer

esta hasta sus nacientes en el punto Nº 7, continuando en esta direccion por divisoria de aguas en direccion al cerro Pantiuso y luego al cerro Quiuycancahui continuando en esta direccion hasta alcanzar el punto Nº 1 inicio de la presente memoria descriptiva.

Tabla de coordenadas UTM, Datum WGS 84 MORDAZA 19
Punto 1 2 3 4 5 6 Este 379229 422707 426212 431294 442879 386177 Norte 8127150 8135417 8135088 8148967 8113307 8116210

01222

Aprueban Reglamento de la Ley Nº 28585, Ley que crea el Programa de Riego Tecnificado
DECRETO SUPREMO Nº 004-2006-AG
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28585 se declara de necesidad y de utilidad publica la creacion del Programa de Riego Tecnificado para promocionar el reemplazo progresivo de los sistemas de riego tradicionales en el sector MORDAZA en general; Que, la citada MORDAZA establece que el Gobierno Nacional normara por intermedio del Ministerio de Agricultura lo dispuesto en ella; Que, las acciones a desarrollar por el Programa de Riego Tecnificado forman parte de las metas, objetivos, planes y programas del Ministerio de Agricultura, en el MORDAZA de la Politica y Estrategia Nacional de Riego en el Peru elaborada por la Comision Tecnica Multisectorial designada mediante Decreto Supremo Nº 060-2002-AG; Que, el Ministerio de Agricultura ha elaborado el Reglamento del Programa de Riego Tecnificado, el mismo que tiene por objeto normar las iniciativas del sector publico (nacional, regional y local) en materia de riego tecnificado; definiendo los alcances del Programa y su articulacion nacional, regional y local; asi como los beneficiarios, la asignacion de incentivos de riego tecnificado, y los proyectos a ser financiados; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0404-98 del 14 de enero de 1998, se incorpora en la Estructura Funcional Programatica del pliego 013: Agricultura, a

partir del 1 de setiembre de 1998, la Unidad Ejecutora 030: Unidad de Coordinacion del Proyecto Subsectorial de Irrigacion-UCPSI; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 17-2001-AG, del 19.04.2001, establece en el Ar ticulo Cuar to del Titulo V: Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales, que son Proyectos del Ministerio de Agricultura, con autonomia tecnica y administrativa, Inc. d) el Proyecto Subsectorial de Irrigacion (PSI); En uso de las facultades conferidas en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento de la Ley Nº 28585, ley que crea el Programa de Riego Tecnificado, que consta de treinta (30) articulos, una (01) disposicion complementaria y una (01) disposicion transitoria. Articulo 2º.- Designese al Proyecto Subsectorial de Irrigacion-PSI, como ejecutor del Programa de Riego Tecnificado, quien continuara realizando sus actividades y ejercera las funciones de ente rector en materia de riego tecnificado. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de enero del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Agricultura

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