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PÆg. 312842 NORMAS LEGALES Lima, domingo 19 de febrero de 2006 "1. OBJETIVO Establecer los principios y criterios metodológicos unificadores bajo los cuales las empresas integrantes sustentarán los costos variables y los costos fijos no combustibles relativos al mantenimiento de sus unidadestermoeléctricas, para su aplicación en la programaciónde la operación, el despacho y las correspondientestransferencias de energía activa." Artículo 2º.- Modifíquese el numeral 10 del Procedimiento Nº 32 - "Criterios y Metodología para laProgramación de la Operación de Corto Plazo de lasCentrales de Generación del COES", el cual quedaráredactado como sigue: "10. CASOS ESPECIALES Las unidades termoeléctricas que presenten características particulares y requieran deprocedimientos de cálculo diferentes a los indicados enel presente Procedimiento, serán tratados como Casos Especiales. Para tal efecto, el COES propondrá el procedimiento respectivo para su aprobación por elMinisterio." Artículo 3º.- Modifíquese el numeral 11 del Procedimiento Nº 33 - "Reconocimiento de Costos Eficientes de Operación de las Centrales Termoeléctricas del COES", el cual quedará redactado como sigue: "11. CASOS ESPECIALESLas unidades termoeléctricas que presenten características particulares y requieran de procedimientos de cálculo diferentes a los indicados enel presente Procedimiento, serán tratados como CasosEspeciales. Para tal efecto, el COES propondrá elprocedimiento respectivo para su aprobación por elMinisterio." Artículo 4º.- Modifíquese el numeral 10 del Procedimiento Nº 34 - "Determinación de los Costos deMantenimiento de las Unidades Termoeléctricas delCOES", el cual quedará redactado como sigue: "10. CASOS ESPECIALES Las unidades termoeléctricas que presenten características particulares y requieran deprocedimientos de cálculo diferentes a los indicados enel presente Procedimiento, serán tratados como Casos Especiales. Para tal efecto, el COES propondrá el procedimiento respectivo para su aprobación por elMinisterio." Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 03025 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aceptan renuncia de Secretaria General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 142-2006-MTC/01 Lima, 17 de febrero de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 122-2004- MTC/01, del 18 de febrero del 2004, se designó a ladoctora Guiselle Marlene Romero Lora como Secretaria General del Ministerio de Transportes y Comunica-ciones; Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo por razones personales; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27791 y 27594, el Decreto Legislativo Nº 560 y elDecreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por la doctora Guiselle Marlene Romero Lora, al cargo deSecretaria General del Ministerio de Transportes yComunicaciones, dándosele las gracias por los valiososservicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 03031 Designan Secretario General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 143-2006-MTC/01 Lima, 17 de febrero de 2006 CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Secretario General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en consecuencia, resulta necesario designar a quien desempeñará dicho cargo; De conformidad con las Leyes Nºs. 27594, 27779 y 27791 y el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al doctor Arturo Ernesto Delgado Vizcarra, en el cargo de Secretario General delMinisterio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 03032 ORGANISMOS AUTÓNOMOS ANR - CONAFU Autorizan a la Universidad de San Martín de Porres el funcionamiento desu filial Universitaria en la ciudad deChiclayo con la Carrera Profesional deIngeniería Industrial CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCIÓN Nº 003-2006-CONAFU Lima, 18 de enero del 2006 VISTOS; la Ley Nº 26439, la Ley Nº 28564, de fecha 9 de junio del 2005, la Resolución Nº 128-2005-CONAFUde fecha 19 de julio del 2005, la Resolución Nº 221-2005- CONAFU de fecha 7 de diciembre del 2005, la solicitud de fecha 19 de diciembre del 2005, el Informe Nº 401-2005-CEAA-CONAFU, de fecha 21 de diciembre del2005, el Acuerdo de Pleno Nº 001-2006-CONAFU, defecha 11 de enero del 2005; y,