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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (19/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 46

PÆg. 312876 NORMAS LEGALES Lima, domingo 19 de febrero de 20066. En caso de extemporaneidad: a) Acreditar el pago de la totalidad de la deuda o presentar carta fianza bancaria o financiera por el monto de la deuda actualizadahasta por seis (06) meses posteriores a la fecha de interposición del recurso. 92.11Solicitud de Devolución 1. Solicitud simple, firmada por el solicitante o representante legal. Gratuito TUO del Código 19/08/1999 X Departamento Jefe del Departamento Jefe de la División de 2. Exhibición del documento de identidad del contribuyente o de su Tributario (45 días hábiles) de Gestión de Reclamaciones Reclamos representante de ser el caso, y presentación de copia simple del Decreto Supremo Documentaria (Recurso de mismo. Nº 135-99-EF Reclamación) 3. En el caso de representación, deberá presentar poder especial en y modificatorias documento público o privado con firma legalizada ante notario o certificada por fedatario del SAT. 92.12Solicitud de Compensación 1. Solicitud simple, firmada por el solicitante o representante legal. Gratuito TUO del Código 19/08/1999 X Departamento Jefe del Departamento Tribunal Fiscal 2. Exhibir y presentar copia simple del documento de identidad del Tributario (45 días hábiles) de Gestión de Reclamaciones contribuyente o de su representante de ser el caso. Decreto Supremo Documentaria 3. En el caso de representación, deberá presentar poder especial en Nº 135-99-EF Jefe de la División de documento público o privado con firma legalizada ante notario o y modificatorias Reclamos certificada por fedatario del SAT. (Recurso de Reclamación) 92.13Solicitud de Prescripción en Materia Tributaria 1. Formato de Solicitud proporcionado por la Administración, 0.353 %UIT TUO del Código 19/08/1999 X Departamento Jefe del Departamento Tribunal Fiscal firmado por el solicitante o representante legal Tributario de Gestión de Reclamaciones 2. Exhibir y presentar copia simple del documento de identidad del I.Predial: por cada Decreto Supremo (45 días hábiles) Documentaria contribuyente o de su representante. ejercicio. Nº 135-99-EF Jefe de la División de 3. En el caso de representación, deberá presentar poder especial en Arbitrios: por cada modificatorias Reclamos documento público o privado con firma legalizada ante notario o predio y cada ejercicio. (Recurso de certificada por fedatario del SAT. I.P. Vehicular : por Reclamación) 4. Realizar el pago del derecho de trámite cada vehículo y cada ejercicio.L. Funcionamiento:por cada licencia y ejercicio. Alcabala : por cada transferenciaM. Tributaria: por cada multaOtros: cada acto gravado 92.14Reclamación contra resolución de pérdida de 1. Escrito fundamentado firmado por el interesado o representante Gratuito TUO del Código 19/08/1999 x Departamento Jefe del Departamento Tribunal Fiscal fraccionamiento en materia tributaria legal de ser el caso, debidamente autorizado por letrado. Tributario (6 meses) de Gestión de Reclamaciones 2 Presentación de la Hoja de Información Sumaria Decreto Supremo Documentaria 3. En el caso de representación, deberá presentar poder especial en Nº 135-99-EF documento público o privado con firma legalizada ante notario o y modificatorias certificada por fedatario del SAT. Resolución Jefatural Nº 11/09/2004 001-004-00000526 92.15Recurso de apelación de resolución que 1. Escrito fundamentado, firmado por el contribuyente o representante Gratuito TUO del Código 19/08/1999 Departamento Jefe del Departamento Tribunal Fiscal resuelve recurso de reclamación /4 te legal, debidamente autorizado por letrado. Tributario de Gestión de Reclamaciones 2. Presentación de la Hoja de Información Sumaria. Decreto Supremo Documentaria 3. Exhibición del documento de identidad del contribuyente o de su Nº 135-99-EF representante de ser el caso, y presentación de copia simple del y modificatorias (Admisibilidad) mismo. 4. En el caso de representación, deberá presentar poder especial en Resolución Jefatural Nº 19/08/2004 documento público o privado con firma legalizada ante notario o 001-004-00000525 certificada por fedatario del SAT. 5. Acreditar el pago de la deuda no apelada. 6. En el caso de extemporaneidad: Acreditar el pago de la totalidad de la deuda o presentar c arta fianzaCALIFICACIÓN DERECHO BASE LEGAL FECHA DE AUTO- EVALUACIÓN PREVIA DEPENDENCIA AUTORIDAD QUE AUTORIDAD QUE CÓD. PROCEDIMIENTO REQUISITO /5 DE PAGO PUBLICACIÓN MÁTICO SILENCIO SILENCIO DONDE INICIA APRUEBA O QUE RESUELVE EL % UIT / 1ADMINISTRATIVO ADMINISTRATIVO EL TRÁMITE DESAPRUEBA RECURSO POSITIVO NEGATIVO EL TRÁMITE