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PÆg. 312864 NORMAS LEGALES Lima, domingo 19 de febrero de 2006 1. Liquidación del Impuesto de Alcabala. DERECHO CÓD. PROCEDIMIENTO REQUISITO /5 DE PAGO % UIT / 1 92.05Liquidación del Impuesto de Alcabala 1. Exhibición del original y presentación de copia simple del documento en Gratuito el que consta la transferencia de propiedad. 2. Autoavalúo del año en que se produjo la transferencia. 3. Exhibición del documento de identidad del adquirente o su representante legal, y presentación de copia simple. 4. Documento que acredite la representación, de ser el caso. 5. Copia del último recibo de agua, luz o teléfono del domicilio del adquirente 6. En el caso de primera venta , presentar documentación que acredite que el transferente es una empresa constructora. 7. En caso de personas que no realicen actividad empresarial, acreditar por lo menos 2 ventas en los últimos 12 meses. 8. Cuando se trate de bienes futuros, exhibición del original y copia simple del Acta de Transferencia o documento que acredite la existencia del bien. 2. Solicitud de Beneficio Tributario de Aprobación Automática (Descuento de 50 UIT de la base imponible del Impuesto Predial para pensionistas). DERECHO CÓD. PROCEDIMIENTO REQUISITO /5 DE PAGO % UIT / 1 92.06Solicitud de beneficio tributario de aprobación 1. Solicitud simple, firmada por el solicitante o representante legal. Gratuito automática (Descuento de 50UIT de la base 2. Exhibición del documento de identidad del propietario o de su imponible del Impuesto Predial para representante de ser el caso, y presentación de copia simple del pensionistas) mismo. 3. En el caso de representación, deberá presentar poder especial en documento público o privado con firma legalizada ante notario o certificada por fedatario del SAT. 4. Copia legalizada por Notario Público o certificada por Fedatario del SAT del documento que acredite la propiedad del predio. 5. Copia legalizada por Notario Público o certificada por Fedatario del SAT de la Resolución que le confiere la calidad de pensionista. 6. Copia legalizada por Notario Público o certificada por Fedatario del SAT de las 2 últimas boletas de pago (ingreso bruto no mayor a 1 UIT). 7. Formulario de declaración jurada que señale que es predio único y destinado a uso vivienda, debidamente llenado y firmado. 3. Presentación de Declaración Jurada en caso de hurto o robo de vehículo (Impuesto al Patrimonio Vehicular). DERECHO CÓD. PROCEDIMIENTO REQUISITO /5 DE PAGO % UIT / 1 92.07Presentación de la declaración jurada en caso 1. Exhibición del documento de identidad del propietario o de su Gratuito de hurto o robo de vehículo representante de ser el caso, y presentación de copia simple del (Impuesto al Patrimonio Vehicular) mismo. 2. Presentar declaración jurada en el plazo de 90 días calendario posteriores al robo del vehículo 3. Original o copia certificada de la denuncia policial del robo del vehículo.4. Anotación de robo en la partida registral del vehículo. 5. Gravamen vehicular policial 4. Reconsideración contra Resolución de Pérdida de Fraccionamiento en materia de multas administrativas. DERECHO CÓD. PROCEDIMIENTO REQUISITO /5 DE PAGO % UIT / 1 92.23Reconsideración contra resolución de pérdida 1. Escrito fundamentado firmado por el interesado o representante 0.588 % UIT de fraccionamiento en materia de multas legal de ser el caso, debidamente autorizado por letrado. administrativas 2. En el caso de representación, deberá presentar poder general formalizado mediante designación de persona cierta en el escrito, o mediante carta poder con firma del administrado o solicitante. 5. Solicitud de Prescripción de multas administrativas. DERECHO CÓD. PROCEDIMIENTO REQUISITO /5 DE PAGO % UIT / 1 92.24Solicitud de Prescripción de Multas 1. Formato de solicitud firmado por el solicitante o representante legal. 1.253% UIT Administrativas 2. Exhibir y presentar copia simple del documento de identidad del contribu- yente o de su representante de ser el caso. 3. En el caso de representación, deberá presentar poder general formalizado mediante designación de persona cierta en el escrito, o mediante carta poder con firma del administrado o solicitante. 4. Presentar recibo de pago por derecho de trámite