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PÆg. 312862 NORMAS LEGALES Lima, domingo 19 de febrero de 2006 Que, encontrándose en curso el procedimiento de aprobación de oficio de la fórmula tarifaria, estructurastarifarias y metas de gestión de la referida empresa,resulta pertinente prorrogar su fórmula tarifaria hasta su culminación; Que, estando a lo acordado en la sesión 04-2006 del Consejo Directivo de la SUNASS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Prorrogar la fórmula tarifaria de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado deLima - SEDAPAL S.A. aprobada mediante Resolución deSuperintendencia Nº 228-2000-SUNASS hasta queconcluya el procedimiento de aprobación de oficio de lafórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión para los próximos cinco años. Regístrese, comuníquese y publíquese.Con la intervención de los señores consejeros Sergio Salinas Rivas, Manuel Burga Seoane, Javier Prado Blas, Víctor Antonio Maldonado Yactayo y Santiago Roca Tavella. SERGIO SALINAS RIVAS Presidente del Consejo Directivo 03048 SUNAT Designan Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional La Libertad RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 060-00-0000006 Trujillo, 13 de febrero de 2006 CONSIDERANDO: Que, es necesario dejar sin efecto la designación de Auxiliares Coactivos y designar a nuevos AuxiliaresCoactivos de la Intendencia Regional La Libertad para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto SupremoNº 135-99-EF y modificatorias, establece los requisitosque deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitosantes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 26979, no es de aplicación a los órganos de laAdministración Tributaria cuyo personal ingresó medianteConcurso Público; Que, el artículo 4º de la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización yGestión de Recaudación Aduanera, Intendente dePrincipales Contribuyentes Nacionales, Intendentes deAduanas Desconcentradas y en los IntendentesRegionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro delámbito de competencia de cada una de esasIntendencias; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación como Auxiliares Coactivos de la Intendencia RegionalLa Libertad, a los funcionarios que se indican a continuación: - José Antonio Matta Alonso - Laura Viviana Merino ÁlvarezArtículo Segundo.- Designar como Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional La Libertad, a losfuncionarios que se indican a continuación: - Ever Carlos Melgarejo Blas - Jorge Isaac Benavides Baquedano Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ACOSTA VILCHEZ Intendente Regional (e) Intendencia Regional La Libertad 02991 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Constituyen el Consejo Regional de Lucha Contra el Uso Indebido de Drogas en la Región Arequipa ORDENANZA REGIONAL Nº 023-2005-GRAREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA; Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:CONSIDERANDO; Que, el problema de las Drogas en el Perú ha tomado dimensiones cada vez más complejas y ha involucradola vida de miles de ciudadanos, tanto por el lado de loscomprometidos con la producción, tráfico y lacomercialización de drogas y por otro aquellos que son consumidores; Que, en la Región Arequipa se aprecia que se ha incrementado el consumo de drogas ilícitas,especialmente en Arequipa provincia capital, Mollendo -Islay y Camaná; consumo que se produce en centrosde diversión y reuniones sociales con las consecuencias que dejan una secuela de innumerables perjuicios sociales; Que, la prevención del uso indebido de drogas, enmarcada en una estrategia multisectorial de promociónde la salud y el bienestar social, constituye el objetivoprioritario de la conformación de un Consejo Regional de Lucha Contra el Uso Indebido de Drogas, cuyo accionar debe estar adaptado a la Estrategia Nacional de LuchaContra el Uso Indebido de Drogas 2002 - 2007 (DecretoSupremo Nº 004-2004-PCM); En uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 - Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902, y demás normas pertinentes; Estando al Dictamen Nº 002/2005-CDES-GRA de la Comisión de Desarrollo Social y a lo acordado por elConsejo Regional en Sesión Ordinaria Descentralizadallevada a cabo el siete de diciembre del año dos milcinco; HA APROBADO: Artículo Primero.- Constitúyase el Consejo Regional de Lucha Contra el Uso Indebido de Drogas en la Región Arequipa. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional la responsabilidadTécnica de la conformación del Consejo Regional deLucha Contra el Uso Indebido de Drogas, a través del Decreto Regional respectivo. Artículo Tercero.- El Consejo Regional constituido en el artículo primero elaborará y aprobará suReglamento Interno, el que contendrá normatividadreferida a su organización y funciones específicas. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación.