Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2006 (19/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, MORDAZA 19 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES

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de obras civiles, costo de mano de obra, costo de administracion de la obra y costos de licencias u otros tributos vinculados a la inversion inicial. n i : Numero de meses de MORDAZA util de la infraestructura considerada. : Tasa mensual del costo de oportunidad del capital MORDAZA de impuestos.

plantear una formula general aplicable al caso peruano, la cual proporciona al OSIPTEL la flexibilidad necesaria para fijar la contraprestacion de comparticion en un contexto de bajo nivel de estandarizacion de infraestructura. Asimismo, esta formula es de facil adaptacion a los diferentes tipos de infraestructura que seran objeto de comparticion. 02939

OAM R : Costo mensual de administracion, operacion y mantenimiento en que incurre el titular de la infraestructura de uso publico bajo condiciones regulares de trabajo, sin prestar comparticion de infraestructura. incremental mensual por OAM I : Costo administracion, operacion y mantenimiento en que incurre el dueno de la infraestructura, que se origina al brindar comparticion de infraestructura. Ct FUT : Valor mensual de tributos relacionados con la infraestructura instalada. : Factor de utilizacion que distribuye los costos en forma proporcional al uso del bien, incluyendo al titular de la misma, entendiendose que el criterio de proporcionalidad sera determinado para cada caso de acuerdo a las caracteristicas del mismo.

SUNASS
Prorrogan formula tarifaria de SEDAPAL S.A. aprobada mediante Res. Nº 228-2000-SUNASS
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 006-2006-SUNASS-CD
MORDAZA, 17 de febrero de 2006 VISTOS: La Resolucion de Superintendencia Nº 228-2000SUNASS de fecha 24 de octubre de 2000, que aprueba la formula tarifaria, metas de gestion y tarifas de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA - SEDAPAL S.A., para el periodo comprendido de noviembre del 2000 a octubre del 2005. La Carta Nº 028-2006-GG de fecha 6 de enero de 2006, mediante la cual SEDAPAL S.A. solicita la prorroga de su formula tarifaria. El Informe Nº 002-2006/SUNASS-110 de fecha 13 de febrero de 2006, mediante el cual la Gerencia de Regulacion Tarifaria y la Gerencia de Asesoria Juridica opinan favorablemente por la prorroga de la formula tarifaria de SEDAPAL S.A.; CONSIDERANDO: Que, la Septima Disposicion Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Supremo Nº 016-2005VIVIENDA preve que las EPS cuya formula tarifaria concluya el ano 2005 y que han presentado a la Superintendencia su Plan Maestro, deberan presentar al organismo regulador su Plan Maestro Optimizado para efectos de solicitar la aprobacion de su formula tarifaria en un plazo no mayor de sesenta (60) dias calendario a partir de la entrada en vigencia del referido Decreto Supremo; Que, asimismo, la referida Disposicion establece que la Superintendencia esta facultada a prorrogar la formula tarifaria vigente hasta que culmine el procedimiento de aprobacion tarifaria; Que, mediante Carta Nº 1862-2005-GG de fecha 2 de diciembre de 2005, la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA, SEDAPAL S.A. remitio a la SUNASS el Plan Maestro Optimizado para dar inicio al tramite de aprobacion de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion para los proximos cinco anos; Que, mediante Resolucion de la Gerencia de Regulacion Tarifaria Nº 001-2006-SUNASS-GRT de fecha 10 de enero de 2005, se resuelve admitir a tramite la solicitud de SEDAPAL S.A., de determinacion de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion para los proximos cinco anos, con lo cual se da inicio al procedimiento establecido en la Resolucion de Consejo Directivo Nº 033-2005-SUNASS-CD; Que, mediante Carta Nº 053.2006.GG de fecha 11 de enero de 2006, SEDAPAL S.A. solicita formalmente el retiro de su Plan Maestro Optimizado que dio inicio al tramite de aprobacion de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion para los proximos cinco anos; Que, mediante Resolucion de la Gerencia de Regulacion Tarifaria Nº 003-2006-GRT de fecha 21 de enero de 2006, se resuelve aceptar el desistimiento del procedimiento de aprobacion de formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion de SEDAPAL S.A., y asimismo, iniciar el procedimiento de aprobacion de oficio de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion para los proximos cinco anos de SEDAPAL S.A.;

FUC : Factor de utilizacion que distribuye los costos incrementales por administracion, operacion y mantenimiento en que incurre el dueno de la infraestructura, que se originan al brindar la comparticion, entre todos los operadores que han solicitado la comparticion de infraestructura, sin incluir al titular. Para fines de las determinacion de los precios de alquiler, se deberan tener en cuenta los siguientes criterios: a.- La contraprestacion no debera cubrir costos ya pagados, en el sentido de que si la infraestructura ya esta siendo cubierta (pagada) total o parcialmente, dicha infraestructura (total o parcial) no debe ser pagada doblemente. b.- Evitar subsidios cruzados, duplicidad de cobros y distorsiones similares. c.- Que debido las caracteristicas geograficas de cada MORDAZA los precios y costos podran ser diferenciados, en virtud a que las particularidades de la MORDAZA difieren sobre la base de la ubicacion en la que se realiza la inversion. Entendiendose por MORDAZA, el lugar especifico donde se desarrolla la inversion. d.- Todos los elementos (que correspondan) a imputar en los costos deberan cumplir con toda la normativa tecnica y legal respectiva, como: dimensionamiento de materiales, permisos y licencias de los entes competentes, entre otros que correspondan. e.- La inversion a considerarse en la presente metodologia correspondera a toda la infraestructura necesario para brindar el servicio materia de analisis. f.- Los valores de los bienes a considerara seran en todos los casos a precios actuales de mercado. g.- Otras que el OSIPTEL declare. En ese sentido tal como puede desprenderse de la formula se ha asumido una arquitectura de red, bajo ese parametro se busca integrar todos los costos en los que incurre la firma para poder proporcionar el servicio en cuestion, adicionalmente se contempla que los mismos MORDAZA a valores economicos, y que los contemplados MORDAZA los necesarios para el mantenimiento adecuado de la infraestructura y que en ningun caso desaliente su nueva construccion. De otro lado, a traves de la elaboracion del Informe No 101-GPR/2005, se ha podido identificar conceptos de costos que son comunes a todos los elementos de infraestructura que estan comprendidos en las experiencias internacionales estudiadas. Ello ha permitido

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