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NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 14 de julio de 2006 323675REPUBLICADELPERU obteniéndose un costo del servicio por metro cuadrado de área construida para cada año y zona de servicio. -Uso del predio.- Se ha establecido un factor de generación de residuos sólidos en razón del uso que se leda al predio, que será aplicado en él calcula del importe de la tasa de arbitrio de recolección de residuos sólidos.. Éstos factores de generación resultan de la normalización de losvalores de generación per. cápita de residuos sólidos según el uso del predio ( En el informe Nº 1 Anexo al Informe Técnico se explica su determinación ampliamente). Barrido de calles -Longitud del frontis.- No se cuenta con esta información, por lo que se considera para la determinación de la tasa delarbitrio de barrido de calles, la longitud presunta del frontis del predio, que para los efectos es un valor igual a la raíz cuadrada del área de terreno del predio. Este valor se multiplica por elcosto del servicio por metro lineal obteniéndose el importe del arbitrio de barrido de calles. -Ubicación del predio.- Considerando que esta ubicación determina la intensidad de goce recibido expresado por una mayor frecuencia de barrido y por tanto corresponde a las contribuyentes asumir unamayor proporción del costo del servicio. Artículo 13º. - Distribución del costo del servicio de Parques y Jardines Para efectos de la nueva determinación del importe del arbitrio de Parques y Jardines Públicos, se distribuirá el costo que demandó su prestación en función a la intensidad del goce del servicio, teniendo enconsideración los siguientes criterios: -Cantidad de áreas verdes.- La extensión en metros cuadrados de áreas verdes existentes en cada zona de servicio, debido a que los predios ubicados en zonas deservicio con mayor extensión de áreas verdes tiene mayor goce y disfrute de las mismas por lo tanto deben pagar una mayor proporción del costo total del servicio.Este se distribuye en forma proporcional a la cantidad de áreas verdes de cada zona de servicio. -La ubicación del predio .- Respecto a la cercanía de un área verde (parque o berma) define un mayor o menor grado de goce o disfrute del mismo con relación a otro contribuyente cuyo predio tiene otra ubicación. Portal razón quien tiene mayor cercanía a un área verde debe pagar más. Para tal efecto se ha determinado un factor de disfrute (que resulta de la normalización de losvalores promedio de disfrute resultado de la tabulación de las encuestas realizadas que se explica en el informe Nº 2 Anexo al Informe Técnico) en función a la ubicacióndel predio que permitirá diferenciar el importe de la tasa entre dos contribuyentes perteneciente a una misma zona de servicio. Artículo 14º. - Distribución del costo del servicio de Serenazgo Para efectos de la nueva determinación del importe del arbitrio de Serenazgo se distribuirá el costo en función del goce del servicio y la ubicación del predio dentro deuna zona de servicio; teniendo en consideración los siguientes criterios: -La Ubicación de un predio .- Dentro de una zona de servicio determina el nivel de riesgo o índice depeligrosidad y por tanto será mayor la demanda del servicio de serenazo. Por tal razón corresponde a los contribuyentes de la zona de servicio a la que pertenecenasumir el costo que demanda prestarles el servicio. Para diferenciar el importe de la tasa de arbitrio por este servicio se ha determinado un factor de riesgo porubicación del predio (que resulta de la normalización de los valores promedio de riesgo expresado por él numero de intervenciones realizadas por serenzago que seexplica en el informe Nº 3 Anexo al Informe Técnico). -Uso del predio .- Dentro de una misma zona de servicio en nivel de riesgo aumenta en función al Usoque se destina el predio y por tanto un predio con mayor índice de riesgo le corresponde asumir un importe de tasa mayor con relación a otro de menor índice de riesgo.Par diferenciar el importe de la tasa de arbitrio por este servicio se ha determinado un factor de riesgo por uso del predio (que resulta de la normalización de los valorespromedio de riesgo resultado de la tabulación de las encuestas realizadas que se explica en el informe Nº 3 anexo al informe técnico).CAPÍTULO IV ASPECTOS VINCULADOS AL ESTADO DE LA DEUDA Artículo 15º. - Intereses A partir del 1º de enero del 2007 se aplicará la Tasa de Interés Moratorio (TIM), correspondiente a los montosdeterminados, de conformidad con él artículo 33º del Código Tributario. Artículo 16º. - Informe Técnico Apruébese el Informe Técnico, las Estructuras de Costos, así como la Estimación de Ingresos de losServicios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Públicos y de Serenazgo, correspondiente a los ejercicios fiscales 2003 a 2005, los mismos que forman parteintegrante de la Presente Ordenanza. CAPÍTULO V DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Los montos pagados hasta el día de la publicación de la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el expediente Nº 00053-2004-PI/TC,acontecida el 17 de agosto del 2005 no serán objeto de devolución o compensación alguna. Segunda.- La Gerencia de Administración Tributaria en coordinación con el Área de Informática, deberá adecuar sus sistemas de información al día siguiente de la publicación del Acuerdo Ratificatorio del Concejo de la Municipalidad Provincial del Callao, a efectos de aplicar la presente Ordenanza conforme a lo señalado por el Tribunal Constitucional. Los montos producto de la nueva determinación deberán ser publicados en la página Web de la Municipalidad de La Perla. Tercera.- Facúltese al señor Alcalde, a dictar las disposiciones reglamentarias y complementarias necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza. Cuarta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo Ratificatorio del Consejo de la Municipalidad Provincial del Callao, en el Diario Oficial El Peruano Regístrese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde ESTRUCTURA DE COSTOS SERVICIO DE LIMPIEZA PUBLICA - AÑO 2003 (Recojo Transp. y Disp. Final Resid. Sol.) (Barrido de Vías Públicas) ( CUADRO RESUMEN ) DESCRIPCION C. MENSUAL COSTO ANUAL ESTR. % I.COSTOS DIRECTOS 1.1 Mano de Obra Directa 88,682.83 1,064,193.90 65.10% 1.2 Vestuario 1,788.50 21,462.00 1.31% 1.3 Materiales Directos 1,406.83 16,882.00 1.03% 1.4 Herramientas 2,093.00 25,116.00 1.54% 1.5 Combustibles y Lubricantes 16,634.43 199,613.20 12.21% 1.6 Otros Gastos Operativos 13,139.87 157,678.47 9.65% Total Costo Directo S/. 123,745.46 1,484,945.57 90.85% II.COSTOS INDIRECTOS 2.1 Mano de Obra Indirecta 5,200.00 62,400.00 3.82% 2.2 Suministros Indirectos 3,662.99 43,955.87 2.69% 2.3 Seguros 175.00 2,100.00 0.13% 2.4 Servicios prestados por 3,432.28 41,187.33 2.52% Terceros Total Costo Indirecto S/. 12,470.27 149,643.20 9.15% COSTO TOTAL DEL SERVICIO S/. 136,215.73 1,634,588.77 100.00% JLCV/ NOTA El Servicio de Limpieza Pública comprende las Actividades de: - Recojo, Transporte y Disposición Final de Residuos Sólidos y - Barrido de Vías Públicas