Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2006 (14/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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EP

UB

LICA DEL P E

RU

323674

NORMAS LEGALES
Cuadro Nº 1

El Peruano viernes 14 de MORDAZA de 2006

ZONAS DE SERVICIO DEL DISTRITO DE LA MORDAZA MORDAZA 1 Urb. Urb. Urb. Urb. MORDAZA Calzado Peruano MORDAZA MORDAZA II MORDAZA Bata MORDAZA 2 Urb. Bata MORDAZA Urb. C.P.V. Urb. E. De San MORDAZA Urb. La Estancia Urb. MORDAZA Urb. SM. 01 MORDAZA Doig Urb. SM. 02 MORDAZA Doig Urb. SM. 04 MORDAZA Doig Urb. SM. 05 MORDAZA Doig MORDAZA 3 AAHH. MORDAZA MORDAZA MORDAZA AAHH. MORDAZA MORDAZA PPJJ. MORDAZA MORDAZA Urb. Alta Mar II Urb. Arboleda de Maranga Urb. Losa Cerezos I Urb. Cerro de Pasco Urb. Chepea Urb. MORDAZA MORDAZA Urb. MORDAZA Urb. MORDAZA MORDAZA II Urb. Senor de Luren MORDAZA 6 AAHH. MORDAZA MORDAZA MORDAZA AAHH. MORDAZA MORDAZA Cercado Distrital U.V. La MORDAZA Doig Doig Doig Doig Doig Doig

MORDAZA 4 PPJJ. MORDAZA MORDAZA Urb. Alta Mar II Urb. Los Cerezos II Urb. El MORDAZA Urb. Emp. D e Miraflores Urb. La Tropical Urb. MORDAZA de MORDAZA Urb. Mirador de Monte Mar Urb. Moreras I Urb. Moreras II Urb. San MORDAZA Urb. MORDAZA MORDAZA I Urb. MORDAZA Colonia

MORDAZA 5 UV. Tacna Urb. Alta Mar I Urb. Chacra Alta Urb. Hely MORDAZA Urb. Magisteria Urb. SM. 05 MORDAZA Urb. SM. 06 MORDAZA Urb. SM. 07 MORDAZA Urb. SM. 08 MORDAZA Urb. SM. 09 MORDAZA Urb. SM. 10 MORDAZA

CAPITULO II DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Articulo 5º. - Contribuyentes Son contribuyentes de los arbitrios regulados por la presente Ordenanza, los propietarios de los predios cuando los habitaron, desarrollaron actividades en ellos, se encontraron desocupados o cuando un tercero uso el predio bajo cualquier titulo o sin el. Excepcionalmente, cuando no sea posible identificar al propietario, el poseedor del predio sera responsable por el pago del tributo. Asimismo precisese que en lo que respecta a los predios de propiedad del Estado Peruano que hayan sido afectados en uso a diferentes personas naturales o juridicas, se consideran contribuyentes para efectos del pago de los arbitrios a los ocupantes de los mismos cuando estos hayan ocupado el predio en los anos en recalculo. . Articulo 6º. - Condicion de Contribuyente La condicion de contribuyente se configuro el primer dia de cada mes al que correspondio la obligacion tributaria durante los anos 2003 al 2005. Articulo 7º. - Periodicidad y Recaudacion Los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines publicos y de Serenazgo son de periodicidad y determinacion anual. Articulo 8º. - Vencimiento de la Obligacion Las obligaciones de pago de los Arbitrios de Limpieza publica, Parques y jardines y serenazgo de los anos 2003 al 2005 vencen el 31 de diciembre del ano 2006 Articulo 9º. - Inafectaciones Se encuentran inafectos a los arbitrios de Limpieza Publica y Parques y Jardines y de Serenazgo, los predios de propiedad de: a) La Municipalidad Distrital de La MORDAZA b) El Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru c) Entidades religiosas de la Iglesia Catolica, que MORDAZA destinadas a templos, conventos, monasterios y museos, al MORDAZA del Acuerdo suscrito entre la MORDAZA Sede y la Republica del Peru, aprobado por Decreto Ley Nº 23211.

Articulo 10º. - Inafectacion del Arbitrio de Serenazgo a las Fuerzas Armadas y Policiales Los predios de propiedad de las Fuerzas Armadas del Peru, asi como de la Policia Nacional del Peru, en atencion a la naturaleza de las funciones que desempenan, se encuentran inafectas al pago de los arbitrios de Serenazgo. Articulo 11º. - Rendimiento de los Arbitrios El Importe que se recaude por concepto de los arbitrios regulados en la presente Ordenanza constituye renta de la Municipalidad de La MORDAZA El rendimiento de los mencionados arbitrios sera destinado unica y exclusivamente a sufragar los costos de los servicios de Limpieza Publica y Parques y Jardines Publicos y de Serenazgo en que incurrio la municipalidad de La MORDAZA en su prestacion durante los anos 2003 al 2005. CAPITULO III DISTRIBUCION DE LOS COSTOS Articulo 12º. - Distribucion del costo del servicio de Limpieza Publica. Para efectos de la nueva determinacion del importe del arbitrio de Limpieza Publica, se distribuira el costo que demando la prestacion del servicio, segun la ubicacion del predio dentro de cada MORDAZA, y teniendo en consideracion la intensidad del servicio gozado y diferenciandose las prestaciones de recoleccion de basura y barrido de calles cuando corresponda, en funcion de los siguiente criterios Recoleccion - Generacion de residuos solidos.- El costo total del servicio se distribuye en forma proporcional a la generacion de residuos solidos en cada ano y MORDAZA servicio. De esta forma se logra una distribucion del costo en funcion a la demanda del servicio. En el calculo de la generacion por cada ano y MORDAZA de servicios se utiliza la generacion media ponderada per. capita de residuos solidos (incluye generacion domiciliaria, comercial e industrial) igual a 2.731 Kgrs/hab/dia, el promedio de habitantes igual a 5.2 hab/predio y el Nº de predios por MORDAZA de servicio. - Tamano del predio (Area construida). Los costos por cada ano y MORDAZA determinados con la aplicacion del criterio anterior se dividen entre la cantidad de metros cuadrados de area construida para cada ano y MORDAZA de servicio respectivo

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