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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2006 (14/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 62

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 323670El Peruano viernes 14 de julio de 2006 Local Distrital - CCLD se realizará los días 3, 4 y 5 de julio, sin embargo, tal como lo señala el Instructivopara el Proceso del Presupuesto Participativo Año Fiscal 2007, aprobado por la Resolución Directoral Nº 011-2006-EF/76.01 del Ministerio de Economía yFinanzas, agentes participantes son quienes, debidamente identificados, que intervienen con voz y voto en el proceso del Presupuesto Participativo; ental sentido, resulta necesario modificar el cronograma de trabajo toda vez que la actividad referida a la redacción y envío de cartas de invitación a éstos,debe ser realizada una vez inscritos; Que, estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6) Artículo 20º de la Ley Orgánicade Municipalidades Nº 27972 y en uso de las facultades conferidas por la Cuarta Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 127; DECRETA: Artículo Primero.- Modificar los numerales 2 y 3 del Cronograma de Trabajo aprobado mediante el Artículo 22º de la Ordenanza Nº 127, como sigue : 2. CONVOCATORIA 28 de junio al 7 de julio - Revisión y ajuste de Ordenanza 28 de junio - Aprobación de Ordenanza Municipal 28 de junio - Elaboracion del contenido de la publicación de la convocatoria 28 de junio - Difusión y Publicación 6 y 7 de julio 3. IDENTIFICACIÓN Y REGISTRO DE 10 de julio al 8 de agosto AGENTES PARTICIPANTES - Inscripción 10 al 14 de julio - Análisis y verificación de solicitudes 12, 13 y 14 de julio presentadas - Publicación de solicitudes observadas 17 de julio - Levantamiento de observaciones por 18, 19 de julio y 1 de parte de los solicitantes agosto - Revisión y publicación de levantamiento 2, 3 y 4 de agosto de observaciones - Redacción y envío de cartas de 3 y 4 de agosto invitación a agentes participantesy CCLD - Entrega de acreditación a agentes 7 y 8 de agosto participantes Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto, a la Gerencia Municipal, a la Gerenciade Imagen, Comunicaciones y Participación Vecinal y al Equipo Técnico del Proceso del Presupuesto Participativo 2007. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS DIBÓS VARGAS PRADA Alcalde 12165 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO - CHOSICA /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GB0/G20/G30/G37/G32/G2D/G43/G44/G4C/G43/G48/G20/G79 /G76/G61/G6C/G69/G64/G61/G6E/G20/G63/G6F/G62/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G74/G61/G73/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C /G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G36 ORDENANZA Nº 078-CDLCH Chosica, 26 de junio del 2006 El Concejo Distrital de la Municipalidad de Lurigancho – Chosica, en Sesión Extraordinaria convocada para la fecha, vista la Ley Nº28762, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 20 de junio del 2006, por la que seestablece un plazo excepcional para la publicación de Ordenanzas municipales que aprueben arbitrios municipales.CONSIDERANDO: Que, no obstante a la autonomía política, económica y administrativa que la Constitución Política, la Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley General deDescentralización otorga a los gobiernos locales, en específico, respecto a su potestad tributaria para crear, modificar o suprimir contribuciones y tasas; por serde carácter vinculante, corresponde a todos estos órganos gubernamentales adecuarse a los alcances de la Sentencia del Tribunal Constitucional recaídasobre el expediente Nº00053-2004-AI/TC, que por su condición de cosa juzgada dispone una adecuada determinación del cobro de las tasas por arbitriosmunicipales. Que, en ese sentido, el Concejo de la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica, en SesiónExtraordinaria de fecha 05/12/2005, aprobó la Determinación de tasas de arbitrios correspondiente al ejercicio 2006, remitiendo formalmente los actuadosal SAT, para su evaluación y traslado al Concejo Metropolitano de Lima, a efectos de debatir sobre su ratificación; hecho que ocurrió con la expedición delAcuerdo de Concejo Nº 441-2005, de fecha 27/12/2005, el mismo que fuera remitido a esta institución edil el día 29/12/2006 mediante OficioNº3147-2005-MML-SGC-SG de la Secretaría General del Concejo de Lima, tras lo cual esta comuna inmediatamente procedió a canalizar este dispositivolegal al Diario Oficial El Peruano para su respectiva publicación; sin embargo, ello no pudo ser posible por la demora del trámite, más cuando el referidodiario sólo trabajó hasta el medio día del 30/12/2005; no obstante, esta ordenanza ratificada fue publicada el día 17 de enero del presente año. Que, atendiendo a los objetivos que traen consigo el Art. Primero de la Ley Nº28762 y teniendo en cuenta que la Ordenanza Nº072-CDLCH ya fue publicadaen el Diario Oficial El Peruano, es preciso disponer la ratificación del íntegro de su contenido, validando, a su vez, los cobros efectuados y por efectuar por laadministración municipal hasta el último día del plazo concedido por la Ley Nº 28762; es decir, hasta el 15 de julio del 2006. Que, puesto así a conocimiento del Concejo, tras el debate sostenido conforme obra en actas, luego de sometido a votación conforme al reglamento desesiones del Concejo, por Unanimidad y tras la dispensa del trámite y lectura del acta, se aprobó la siguiente norma: ORDENANZA QUE RATIFICA EN TODOS SUS EXTREMOS LA ORDENANZA Nº072-CDLCH, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO CON FECHA 17 DE ENERO DEL 2006 Y VALIDA LOS COBROS DE TASAS DE ARBITRIOS DEL EJERCICIO 2006, EFECTUADOS POR LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL Primero.- Ratifíquese en todos sus extremos la Ordenanza Nº072-CDLCH, de fecha 5 de diciembre del 2005, publicada con fecha 17 de enero del 2006, por laque se aprueba la determinación de los montos de las tasas por concepto de arbitrios municipales de esta institución edil, correspondientes al ejercicio 2006. Segundo.- Valídese los cobros de tasas de arbitrios del ejercicio 2006 efectuados hasta la fecha de publicación de la presente ordenanza, con límite hasta eldía 15 de julio del 2006, conforme al plazo excepcional concedido por el Artículo Primero de la Ley Nº28762; no obstante a ratificar su vigencia hasta el 31 de diciembredel 2006. Tercero.- Póngase la presente a conocimiento de la Municipalidad Metropolitana de Lima, así como de losórganos competentes de esta comuna distrital, para los fines correspondientes. DISPOSICIÓN FINAL Y TRANSITORIA Única.- Autorícese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la correcta aplicación de la presente.