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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2006 (14/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 70

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 323678El Peruano viernes 14 de julio de 2006 ESTRUCTURA DE COSTOS SERVICIO DE PARQUES Y JARDINES EJERCICIO FISCAL 2005 ( CUADRO RESUMEN ) DESCRIPCION C. MENSUAL COSTO ANUAL ESTR. % I.COSTOS DIRECTOS 1.1 Mano de Obra Directa 6 4,808.75 777,705.00 73.79% 1.2 Vestuario 317.50 3,810.00 0.36% 1.3 Materiales Directos 6,768.38 81,220.52 7.71% 1.4 Herramientas 591.25 7,095.00 0.67% 1.5 Combustibles y Lubricantes 7,318.89 87,826.65 8.33% Total Costo Directo S/. 7 9,804.76 957,657.17 90.86% II.COSTOS INDIRECTOS 2.1 Mano de Obra Indirecta 3,127.66 37,531.95 3.56% 2.2 Suministros Indirectos 2,298.66 27,583.95 2.62% 2.3 Seguro 32.08 384.96 0.04% 2.4 Servicios prestados por 2,565.74 30,788.90 2.92% Terceros Total Costo Indirecto S/. 8,024.15 96,289.76 9.14% COSTO TOTAL DEL SERVICIO S/. 8 7,828.91 1,053,946.93 100.00% NOTA : El Arbitrio de PARQUES Y JARDINES comprende el cobro por la prestación de los siguientes servicios:Mantenimiento de parques, riego, implementación,recuperación y majoras de parques y jardines de uso público. 00026-1 /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G69/G62/G75/G79/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G70/G6F/G64/G72/GE1/G6E /G70/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G72/G20/G6C/G6F/G6E/G67/G69/G74/G75/G64/G20/G65/G78/G61/G63/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G66/G72/G6F/G6E/G74/G69/G73/G20/G64/G65/G70/G72/G65/G64/G69/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G64/G65/G74/G65/G72/G6D/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G72/G62/G69/G2D/G74/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G62/G61/G72/G72/G69/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G6C/G6C/G65/G73 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2006-MDLP La Perla, 11 de julio del 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA POR CUANTO: Visto, el informe N° 111-2006-GAT -MDLP; CONSIDERANDO:Con fecha 03 de julio de 2006, se aprobó la Ordenanza N° 015-2006-MDLP , la cuál regula el Régimen Tributarioy la determinación de los Arbitrios Municipales de los años 2003, 2004 y 2005, en mérito a lo dispuesto en la Ley Nº 28762; Que, en la distribución del costo del servicio de limpieza pública se determinaron los criterios para la distribución del costo y la determinación del costo delbarrido de calles; Que, es necesario precisar que si la longitud del frontis del predio fuese menor a la consignada parala determinación de la tasa por barrido de calle el contribuyente podrá presentar una Declaración Jurada en la cuál señale la medida correspondientesobre la cuál la Municipalidad efectuará la nueva determinación de la tasa y monto a pagar por dicho Arbitrio; Que, es necesario precisar las fuentes de financiamiento que subvencionarán a los predios declarados como inafectos en los Artículos 9º de laOrdenanza N° 015-2006-MDLP; Que, en uso de las facultades otorgadas en la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y TerceraDisposición Complementaria y Final de la Ordenanza 015-2006-MDLP;SE DECRETA: Artículo Primero .- Los contribuyentes que no estén conformes con la determinación de la longitud presunta del frontis de su predio, se encuentran habilitados parapresentar una Declaración Jurada en formato gratuito distribuido por la Municipalidad en la que podrá señalar la longitud exacta del frontis de su predio, a partir de la cuálse efectuará una nueva determinación del Arbitrio de barrido de calles. Artículo Segundo .- El Beneficio a que se refiere los Artículo 9º de la Ordenanza 015-2006-MDLP será subvencionado con las fuentes de financiamiento: 03- Rentas de Aduanas y 07- Fondo de CompensaciónMunicipal (FONCOMUN). Artículo Tercero .- Encargar a la Gerencia Municipal y Gerencia de Administración Tributaria elcumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 00026-2 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAUYOS /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G61/G64/G65/G63/G75/G61/G72/G20/G63/G72/G65/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G50/G6F/G62/G6C/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G41/G74/G63/G61/G73 (Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Provincial de Yauyos, mediante Oficio Nº 089-2006-A/MPY, recibido el 12 de julio de 2006) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 018-2005-MPY Yauyos, 30 de diciembre del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAUYOS POR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de diciembre del 2005, el Informe Nº 07-2005-CDAMCP-Y ,de la Comisión de Adecuación de las Municipalidades deCentros Poblados -Yauyos. El Concejo Provincial de Yau-yos , con el VOTO DE LA MAYORÍA LEGAL DE LOSSEÑORES REGIDORES y con dispensa del trámite delectura y aprobación del Acta; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su Art. 194º establece que las Municipalidades Provinciales yDistritales son los órganos de gobierno local. Tienenautonomía política, económica, y administrativa en losasuntos de su competencia, concordante con el Art. IIdel Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipali-dades - Ley Nº 27972; Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Perú prescribe que las Municipalidades de Centros Pobladosson creadas de acuerdo a Ley; Que, el Art. 195º de la Constitución Política del Perú señala, que los Gobiernos Locales promueven el desa-rrollo y la economía local, la prestación de los serviciospúblicos en armonía con las políticas y planes naciona-les y regionales de desarrollo; son competentes paraaprobar su organización interna y su presupuesto, pla-nificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripcio-nes, incluyendo la zonificación, urbanismo y el acondi-cionamiento territorial;