Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2006 (19/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 103

NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 19 de julio de 2006 324271REPUBLICADELPERU EDUCACIÓN ApruebanaplicacióndelaEstrategia "EscuelasPromotorasdeSalud"y conformanComisiónencargadadela supervisióndesudesarrollo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0409-2006-ED Lima, 14 de julio de 2006 CONSIDERANDO:Que, es política del Ministerio de Educación, orientar el desarrollo del Sistema Educativo Nacional, en estricto cumplimiento de la Ley; así como promover la participación de la comunidad en la gestión y el desarrolloeducativo, estableciendo los mecanismos apropiados deacción; Que, el literal e) del artículo 80° de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, dispone que el Ministerio de Educación, tiene la función de organizar programas especiales de apoyo al servicio educativo que sirvanpara compensar las desigualdades y lograr equidad enel acceso, procesos y resultados educativos, los que secrean en función de la dinámica y necesidades socialesespecíficas; Que, el Ministerio de Educación ha suscrito con el Ministerio de Salud un Convenio Marco de CooperaciónTécnica, teniendo como objetivo general contribuir almejoramiento de la calidad de vida del educando en suentorno familiar y comunitario, mediante la promoción dela salud y el óptimo desarrollo de sus capacidades físicas, intelectuales, sociales y emocionales, ampliando su cobertura de atención en educación y salud en zonasrurales dispersas y urbano marginales de altavulnerabilidad fomentando el uso del espacio escolarcomo lugar estratégico para promover una cultura desalud; Que, bajo ese contexto, el Ministerio de Salud viene desarrollando la Estrategia ”Escuelas Promotoras deSalud” en diversas Instituciones Educativas. En talsentido, es necesario aprobar su aplicación; así como laGuía de Gestión de la Estrategia antes mencionada.Asimismo, corresponde encomendar a la Dirección de Educación Básica Regular que norme el desarrollo progresivo de la misma, a fin de asegurar o garantizar elcumplimiento de los lineamientos de política del SectorEducación; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510, y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED. SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar la aplicación de la Estrategia “Escuelas Promotoras de Salud”, en las Instituciones Educativas que lo consideren conveniente y que cuenten con la autorización de la Dirección Regional de Educacióno Unidad de Gestión Educativa Local, respectiva, asícomo la Guía de Gestión correspondiente al año 2006. Artículo 2°.- Disponer que la Dirección Nacional de Educación Básica Regular, expida una Directiva que norme el desarrollo progresivo de la Estrategia aprobada, de acuerdo a los lineamientos de política del Ministeriode Educación. Artículo 3°.- Conformar la Comisión encargada de la supervisión del desarrollo de la Estrategia “EscuelasPromotoras de Salud”, a nivel nacional, la cual estará integrada por : - Directora Nacional de Educación Básica Regular, quien la preside. - Director Nacional de Educación Intercultural, Bilingüe y Rural. - Director Nacional de Educación Comunitaria y Ambiental.- Director de Tutoría y Orientación Educativa. - Jefe de la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación – OAAE. Artículo 4°.- Establecer que la Comisión conformada, coordine con las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local correspondientes, acciones de supervisión de laEstrategia “Escuelas Promotoras de Salud”, solicitandoinformes semestrales sobre los avances, logros ydificultades de la misma. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 00114-1 ENERGÍA Y MINAS Otorganconcesióndefinitivaa HIDRANDINAS.A.paradesarrollarla actividaddetransmisióndeenergía eléctrica RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 038-2006-EM Lima, 18 de julio de 2006 VISTO: El Expediente Nº 14145806, sobre otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar laactividad de transmisión de energía eléctrica, presentada por la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Norte Medio S.A. - HIDRANDINAS.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 11000323de la Oficina Registral Trujillo; CONSIDERANDO: Que, la solicitud presentada por la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Norte MedioS.A. - HIDRANDINA S.A. tiene por objeto obtener laconcesión definitiva para desarrollar la actividad detransmisión con la Línea de Transmisión de 138 kV SE Huallanca - SE Sihuas - SE Tayabamba, existente, ubicada en los distritos de Huallanca y Yuracmarca,provincia de Huaylas, los distritos de La Pampa, Yanac yCusca, provincia de Corongo, los distritos deCashapampa, Sihuas, Huayllabamba, Ragash, Quiches,provincia de Sihuas, departamento de Ancash, y los distritos Taurija, Urpay y Tayabamba, provincia de Pataz, departamento de La Libertad, cuyas coordenadas UTMfiguran en el Expediente; Que, mediante Resolución Directoral Nº 292-2006- MEM/AAE de fecha 13 de junio de 2006, se aprobó elEstudio de Impacto Ambiental de la Línea de Transmisión de 138 kV SE Huallanca - SE Sihuas - SE Tayabamba; Que, la petición se halla amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 25º del DecretoLey Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y losartículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentación; Que, debido a que la transmisión de energía eléctrica perteneciente a un Sistema Secundario esta destinadaal suministro de zonas de concesión de la EmpresaRegional de Servicio Público de Electricidad Electro Norte Medio S.A. - HIDRANDINA S.A., no es de aplicación lo dispuesto en el artículo 122º de la Ley de ConcesionesEléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria hacumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 186-2006-DGE-CEL;