Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2006 (19/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 120

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NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 19 de MORDAZA de 2006

En caso de disminucion de potencia, no obstante no requerirse de la previa aprobacion, la titular se encuentra obligada a su respectiva comunicacion. Articulo 5°.- Conforme lo establecido en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, la titular adoptara las medidas necesarias a fin de garantizar que las radiaciones que emita la estacion de radiodifusion que se autoriza no excedan los valores fijados como limites maximos permisibles establecidos en el acotado Decreto Supremo, asi como efectuar, en forma semestral, el monitoreo de la referida estacion. La obligacion de monitoreo semestral sera exigible a partir del dia siguiente del vencimiento del periodo de instalacion y prueba o de la solicitud de inspeccion tecnica presentada conforme lo indicado en el tercer parrafo del articulo 2º de la presente Resolucion. Articulo 6°.- Seran derechos y obligaciones de la titular de la autorizacion las consignada en los articulos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asi como las senaladas en la presente Resolucion. Articulo 7º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion debera solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 8º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion, canon anual y publicacion de la presente Resolucion, caso contrario la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 9º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 00113-3

los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidad con el literal l) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 0022002-VIVIENDA, se establece como una de sus funciones generales, la de generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestacion, en especial de los sectores de menores recursos economicos; Que, la Oficina de Programacion e Inversiones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento declaro la viabilidad del proyecto "Ampliacion y Mejoramiento del Sistema de Agua y Desague Chalhuanca", con Codigo SNIP 4946, siendo el monto total de la inversion establecido en el expediente tecnico aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 294-2005INADE-7100 de fecha 6 de diciembre de 2005, la suma de S/. 2 570 277 ,30; Que, mediante Informe Tecnico Nº 014-2006-MVCS/ VMCS-DNS, la Direccion Nacional de Saneamiento ha emitido opinion favorable a la transferencia financiera a efectuarse a favor del Proyecto MORDAZA Centro Sur del Instituto Nacional de Desarrollo-INADE, para la ejecucion del proyecto a que se refiere el considerando que antecede por un monto total de S/. 600 000,00; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 75º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificada por la Ley Nº 28652; asi como en la Directiva Nº 001-2006-EF/76.01, Directiva para la Ejecucion del MORDAZA Presupuestario del Gobierno Nacional para el Ano Fiscal 2006 aprobada con Resolucion Directoral Nº 052-2005-EF/76.01; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia financiera por un monto de S/. 600 000,00 (SEISCIENTOS MIL y 00/ 100 NUEVOS SOLES) en la fuente Recursos Ordinarios a favor del Proyecto MORDAZA Centro Sur del Instituto Nacional de Desarrollo- INADE para la ejecucion del Proyecto "Ampliacion y Mejoramiento del Sistema de Agua y Desague Chalhuanca". Articulo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el articulo precedente se realizara con cargo al presupuesto aprobado del presente ano fiscal 2006 de la Unidad Ejecutora 003 Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Actividad 1 00060 Asistencia a las Instituciones Privadas y Publicas, en la fuente Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el calendario de compromisos correspondiente. Articulo 3º.- Los terminos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio Especifico de Co-financiamiento de Proyecto de Inversion a celebrarse entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a traves del Viceministro de Construccion y Saneamiento y el Proyecto Especial MORDAZA Centro Sur del Instituto Nacional de Desarrollo- INADE, con intervencion de la Municipalidad Provincial de Aymaraes. Articulo 4º.- Autorizar al Viceministro de Construccion y Saneamiento, Sr. MORDAZA MORDAZA Norber to Elespur u Nesanovich a suscribir el Convenio a que se refiere el articulo precedente. Articulo 5º.- La Direccion Nacional de Saneamiento y el Jefe de la Unidad Ejecutora 003 Construccion y Saneamiento, seran responsables del cumplimiento de la ejecucion del Convenio referido en el articulo 3º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. RUDECINDO MORDAZA CARREAZO Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 00166-1

VIVIENDA
A prueban transf erenci f nanci a i era a f avor del Proyecto Si erra C entro Sur delI A D E para ej N ecuci delProyect on o "A m p liacion y M ejoram ien to d el S istem a d e A gu a y D esagu e C hal huanca"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 187-2006-VIVIENDA MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 75º de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28652, solo se aprueban por resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano , entre otras, las Transferencias Financieras que realiza el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para proyectos de inversion de saneamiento, incluyendo las que se realicen a las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Municipales-EPS; Que, de conformidad con el literal a) del articulo 4º de la Ley Nº 27792 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, es funcion de dicho Ministerio, entre otras, la de ejercer competencias compartidas con

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