Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2006 (19/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 108

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UB

LICA DEL P E

RU

324276

NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 19 de MORDAZA de 2006

R atifican el "C on ven io en tre el G obi MORDAZA de l R epubl ca delPeru y l a i a Federaci I ernaci on nt onalde Soci edades de l C ruz R oj y de l M edi L una a a a a R oj acerca del E stado L egal de l a a Fed eracion In tern acion al y su D el egaci on R egi onal en l R epubl ca a i delPeru"
DECRETO SUPREMO Nº 041-2006-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el "Convenio entre el Gobierno de la Republica del Peru y la Federacion Internacional de Sociedades de la MORDAZA Roja y de la Media MORDAZA Roja acerca del Estado Legal de la Federacion Internacional y su Delegacion Regional en la Republica del Peru", fue suscrito el 13 de marzo de 2003, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, y aprobado por el Congreso de la Republica, mediante Resolucion Legislativa Nº 28787 de 27 de junio de 2006; Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 56º y 118º inciso 11) de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley Nº 26647; DECRETA: Articulo 1º.- Ratifiquese el "Convenio entre el Gobierno de la Republica del Peru y la Federacion Internacional de Sociedades de la MORDAZA Roja y de la Media MORDAZA Roja acerca del Estado Legal de la Federacion Internacional y su Delegacion Regional en la Republica del Peru", suscrito el 13 de marzo de 2003, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, y aprobado por el Congreso de la Republica, mediante Resolucion Legislativa Nº 28787 de 27 de junio de 2006. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 00175-9

Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 56º y 118º inciso 11) de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2° de la Ley Nº 26647; DECRETA: Articulo 1º.- Ratifiquese el "Instrumento de Enmienda a la Constitucion y al Convenio de la Union Internacional de Telecomunicaciones UIT", suscrito el 18 de octubre de 2002, en la MORDAZA de Marrakech, Reino de Marruecos, y aprobado por el Congreso de la Republica, mediante Resolucion Legislativa Nº 28788 de 27 de junio de 2006. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 00175-10

E xoneran de MORDAZA de sel ecci on l a cont aci de em presa para prest rat on ar servi o de transporte y trasl ci ado de val j di om ati i as pl cas del M i i n steri o desde Li a al ext or m eri
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0800-2006-RE MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2006 Vistos, el Informe (LOG) Nº 009-2006 de 27 de junio de 2006 sobre sustentacion tecnica de la Direccion de Logistica, los Memorandums (AGD) Nº 148 de 22 de febrero de 2006, Nº 152 de 23 de febrero de 2006 y Nº 247 de 24 de marzo de 2006 de la Direccion de Archivo General y Documentacion, asi como el Memorandum (DGL) Nº 1236 de 4 de MORDAZA de 2006, en relacion a la contratacion del servicio de transporte y traslado de valijas diplomaticas del Ministerio de Relaciones Exteriores desde MORDAZA hacia el exterior. CONSIDERANDO: Que, la Direccion de Archivo General y Documentacion ha solicitado la contratacion del servicio de transporte de valijas diplomaticas del Ministerio de Relaciones Exteriores desde MORDAZA hacia sus Misiones en el exterior; Que, la contratacion de dicho servicio se encuentra programada en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al Ejercicio Fiscal 2006, con un valor referencial equivalente a US$ 193,173.00 (Ciento noventa y tres mil ciento setenta y tres y 00/100 Dolares Americanos), incluidos todos los impuestos de ley; Que, la Convencion de MORDAZA sobre Relaciones Diplomaticas de 18 de MORDAZA de 1961 fue aprobada por el Gobierno Peruano mediante D.L. Nº 17243 de fecha 29 de noviembre de 1968, la misma que tiene fuerza de ley en la Republica Peruana por asi disponerlo expresamente el ar ticulo 101º Capitulo V de la Constitucion Politica del Peru, el cual textualmente senala que los Tratados Internacionales celebrados por el Peru con otros Estados for man par te del derecho nacional, y que en caso de conflicto entre el tratado y la ley prevalece el primero; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 27º de la Convencion de MORDAZA, el Estado acreditante o la mision podran designar correos o envios diplomaticos

R at f can el" nst ii I rum ent de E nm i o enda a l C onst t on y al C onveni de l a i uci o a U ni I ernaci on nt onal de Tel ecom uni caci ones - U I T"
DECRETO SUPREMO Nº 042-2006-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el "Instrumento de Enmienda a la Constitucion y al Convenio de la Union Internacional de Telecomunicaciones - UIT", fue suscrito el 18 de octubre de 2002, en la MORDAZA de Marrakech, Reino de Marruecos, y aprobado por el Congreso de la Republica, mediante Resolucion Legislativa Nº 28788 de 27 de junio de 2006;

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