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NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 17 de junio de 2006 321707REPUBLICADELPERU Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la presente Comisión del Servicio, sin exceder el total de días autorizados para ello. Artículo 4º.- Los referidos integrantes de la Comisión, deberán presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y losresultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario siguientes a la fecha de retorno al país. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 10816 /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G70/G65/G72/G6D/G61/G6E/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C /G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G69/G6E/G75/G61/G72 /G72/G65/G63/G69/G62/G69/G65/G6E/G64/G6F/G20/G74/G72/G61/G74/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G6D/GE9/G64/G69/G63/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 223-2006-DE/EP Lima, 5 de junio de 2006Visto, la Hoja de Recomendación Nº 016-Q-14.a/15.00 de abril de 2006, de la Dirección de Salud del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 007-2006- DE/EP del 10 de enero de 2006, se amplía la permanencia del Cap Inf Jorge Federico BOLOGNESI CANTERA, conla finalidad de continuar recibiendo Tratamiento Médico Altamente Especializado, a efectuarse en el NATIONAL REHABILITATION HOSPITAL de la ciudad deWashington D.C. - Estados Unidos de América, del 15 de octubre de 2005 al 31 de diciembre de 2005; Que, el Cap Inf Jorge Federico BOLOGNESI CANTERA, presenta el siguiente diagnóstico: "FRACTURA DE TOBILLO DERECHO, DOLOR RESIDUAL DE TOBILLO DERECHO, SINDROMEANSIOSO DEPRESIVO STUACIONAL", siendo necesario continuar con su Tratamiento Médico Altamente Especializado en el referido Hospital; Que, el numeral 17.1 del Artículo 17º de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General", establece que la autoridad administrativa, podrá disponeren el mismo acto administrativo que éste tenga eficacia anticipada a su emisión. Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto de Urgencia Nº 002-2006 del 19 de enero de 2006, y su modificatoria Decreto de Urgencia Nº 006-2006 del 3 de mayo de 2006, Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM del 5 junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero del 2004, y sumodificatoria con el Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/ SG del 30 junio del 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar con eficacia anticipada, la permanencia del Cap Inf Jorge Federico BOLOGNESI CANTERA, con la finalidad de continuar recibiendo Tratamiento Médico Altamente Especializado, en elNATIONAL REHABILITATION HOSPITAL de la ciudad de Washington D.C. - Estados Unidos de América, del 1 de enero de 2006 al 30 de abril de 2006. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Compensación Económica por Servicio en el Extranjero US$ 2,500.00 x 04 meses x 01 Persona Artículo 3º.- Los gastos de tratamiento médico y hospitalización serán sufragados por la Dirección deSalud del Ejército. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestosaduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros ypor el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 10817 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 224-2006-DE/EP Lima, 5 de junio de 2006 Visto, la Hoja de Recomendación Nº 014-Q-14.a/15.00 de abril de 2006, de la Dirección de Salud del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 391-2006- DE/EP de fecha 6 de abril de 2006, se amplía la permanencia del Cap Inf Mario Francisco LOAYZA MENDIVIL, con la finalidad de continuar recibiendoTratamiento Médico Altamente Especializado, a efectuarse en el SINAI HOSPITAL OF BALTIMORE de la ciudad de Washington D.C. - Estados Unidos de América,del 2 de setiembre de 2005 al 28 de febrero de 2006; Que, el Cap Inf Mario Francisco LOAYZA MENDIVIL, presenta el siguiente diagnóstico: "POLITRAUMATISMOPOR EXPLOSIVO EN MIEMBROS INFERIORES. AMPUTACIÓN DE LA FALANGE DISTAL DEL 1º, 2º, 3º DEDO DEL PIE DERECHO. OPERADO. HERIDA CONDEFECTO FASCIOMIOCUTANEO EN MUSLO DERECHO. OPERADO. FRACTURA EXPUESTA IIIC TOBILLO DERECHO OPERADO. FRACTURAEXPUESTA IIIC DE TIBIA PERONE DERECHO. OPERADO. FRACTURA EXPUESTA IIIA DE TIBIA IZQUIERDA. LESIÓN VASCULAR DE PIERNADERECHA ARTERIA TIBIAL ANTERIOR OPERADO. LESIÓN NEUROLÓGICA DE CIÁTICO POPLITEO EXTERNO DE PIERNA IZQUIERDA. OPERADO", siendointervenido quirúrgicamente el 12 de octubre de 2005, a fin de remover los fijadores externos pierna derecha, y continuar terapia física; Que, el numeral 17.1 del Artículo 17º de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General", establece que la autoridad administrativa, podrá disponeren el mismo acto administrativo que éste tenga eficacia anticipada a su emisión. Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto de Urgencia Nº 006-2006 del 3 mayo de 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 junio de2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero del 2004, y su modificatoria con el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 junio de 2004;