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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (17/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 321708El Peruano sábado 17 de junio de 2006 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar con eficacia anticipada, la permanencia del Cap Inf Mario Francisco LOAYZAMENDIVIL, con la finalidad de continuar recibiendo Tratamiento Médico Altamente Especializado, en el SINAI HOSPITAL OF BALTIMORE de la ciudad de WashingtonD.C. - Estados Unidos de América, del 1 de marzo de 2006 al 31 de mayo de 2006. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Compensación Económica por Servicio en el Extranjero US$ 2,500.00 x 3 meses x 1 Persona Artículo 3º.- Los gastos de tratamiento médico y hospitalización serán sufragados por la Dirección deSalud del Ejército. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestosaduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros ypor el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 10818 /G44/G65/G6A/G61/G6E/G20/G73/G69/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G65/G6C/G20/G41/G72/G74/G2E/G20/G35/GBA/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G53/G2E /G4E/GBA/G20/G30/G34/G36/G2D/G32/G30/G30/G36/G2D/G44/G45/G2F/G45/G50 /G2C/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G74/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 225-2006-DE/EP Lima, 5 de junio de 2006 Visto, el Oficio Nº 184-DIEDE/SD PMTO y EVAL/ DPTO EDUC/C-4.c.3, del 30 Ene 2006, remitido por la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, con R.S. Nº 046-2006-DE/EP , del 16 de Ene 2006, se autorizó el viaje al exterior en Misión de Estudios al Técnico de Tercera EP Segundo CORDOVA BRAVOpara participar como Alumno del Curso de Analista Entrevistador a realizarse en la Escuela de Inteligencia y Contrainteligencia del Ejército de Colombia en el períodocomprendido del 16 Ene al 11 Abr 2006; Que, mediante el Oficio Nº 184-DIEDE/SD PMTO y EVAL/DPTO EDUC/C-4.c.3, del 30 Ene 2006, la DIEDEcomunica que ha sido suspendido el Curso de Analista Entrevistador en la Escuela de Inteligencia y Contrainteligencia del Ejército de Colombia, motivo por elcual queda sin efecto la designación del Técnico de Tercera EP Segundo CORDOVA BRAVO para participar como Alumno del Curso de Analista Entrevistador a realizarseen la Escuela de Inteligencia y Contrainteligencia del Ejército de Colombia en el período comprendido del 16 Ene al 11 Abr 2006; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto el Artículo 5º de la Resolución Suprema Nº 046-2006-DE/EP , del 16 de Ene 2006, en cuanto se refiere a la autorización de viaje alexterior en Misión de Estudios, del Técnico de Tercera EP Segundo CORDOVA BRAVO, y a los pagos que le corresponden en la mencionada Resolución.Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 10819 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G38/G36/G2D/G32/G30/G30/G35/G2D/G44/G45/G2F/G45/G50 /G2C /G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G61/G6D/G70/G6C/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G6D/G61/G6E/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 226-2006-DE/EP Lima, 5 de junio de 2006 Vistos, la solicitud del My Com VILLARRUBIA MARCELO Gabriel Ángel, quien solicita se complete su remuneración de acuerdo con su nuevo grado. CONSIDERANDO: Que, con R.S. Nº 884 CP/EP/CP-JAPE 1g del 16 de diciembre de 1999, se nombró en Misión de Estudios al Cap Com VILLARRUBIA MARCELO Gabriel Ángel, paraque participe en el Curso de Ingeniería Electrónica de Armamento en el Instituto Militar de Ingeniería del Ejército del Brasil, en el período comprendido del 2 de enero del2000 al 31 de diciembre del 2004; Que, por R.M. Nº 1212-2004 DE/EP/DP-SDAPE del 25 de noviembre del 2004, el Cap Com VILLARRUBIAMARCELO Gabriel Ángel, fue ascendido al grado de Mayor con fecha 1 de enero del 2005; Que, en la R.S. Nº 086-2005 DE/EP del 18 de enero del 2005, que resuelve ampliar la permanencia en el Brasil, del Cap Com VILLARRUBIA MARCELO Gabriel Ángel, del 1 de enero al 31 de diciembre del 2005, seconsigna en forma errónea el grado de Capitán, reconociéndosele el derecho a percibir una compensación extraordinaria por servicios en elextranjero correspondiente a dicho grado; Que, al haber ascendido al Grado de Mayor el recurrente, las remuneraciones que le corresponden deacuerdo con su nuevo grado deben ser nivelados conforme a la escala correspondiente; en consecuencia, debe modificarse los Artículos 1º y 2º de la R.S. Nº 086-2005 DE/EP del 18 de enero del 2005, en lo que respecta al grado y pago de Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifíquese los Artículos 1º y 2º de la R.S. Nº 086-2005 DE/EP del 18 de enero del 2005, en lo que respecta al grado y pago de Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, losmismos que quedarán redactados de la siguiente manera: "Artículo 1º.- Ampliar la permanencia en el Brasil, del My Com VILLARRUBIA MARCELO Gabriel Ángel, del 1 de enero al 31 de diciembre del 2005, con la finalidad de culminar sus estudios del Curso de Ingeniería Electrónicade Armamento en el Instituto Militar de Ingeniería del Ejército de la República del Brasil". "Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará el pago que corresponda de acuerdo a los conceptos siguientes: Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero