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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2006 (21/06/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 322082El Peruano miércoles 21 de junio de 2006 Administrativo General, con excepción de las referidas en el inciso 8) y las empresas privadas con participación del Estado. Artículo 2º.- Creación del Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE Créase el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE adscrito al Portal del Estado Peruano - PEP , como un sistema de información en Internet sobre los procedimientos, requisitos y derechos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de las entidades públicas del Estado, a fin defacilitarle dicha información al administrado, al mismo que se podrá acceder a través de la siguiente dirección electrónica: www .serviciosalciudadano .gob.pe El PSCE es administrado por la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática - ONGEI de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 3º.- Publicidad y valor oficial de la información El PSCE, como sistema interactivo de información a los ciudadanos y empresas a través de Internet, cumple la función de publicitar los servicios y procedimientos administrativos que se realizan ante las diversasentidades públicas a través de la publicación del correspondiente Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA. Artículo 4º.- Gratuidad de la información La publicación de la información que las entidades públicas ingresen en el PSCE se realizará de forma gratuita. Asimismo, las personas naturales, jurídicas y entidades públicas podrán acceder a dicha informaciónsin costo alguno. Artículo 5º.- Responsable de la publicación en el PSCE El funcionario responsable de la elaboración de los portales de Internet al que se refiere el artículo 5º delTexto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública es el responsable de cumplir con la publicación de los TUPAS y sus modificaciones en el PSCE. Asimismo se encuentra obligado a mantener en el portal institucional del cual es responsable, un enlace con el PSCE. La entidad deberá comunicar a la ONGEI la identidad del responsable para que se le otorgue la habilitacióncorrespondiente a efectos de publicar el TUPA en el PSCE. Artículo 6º.- Efecto de la publicación La información de los TUPAS contenida en el PSCE tiene carácter oficial. Artículo 7º.- Procedimiento de publicación El procedimiento que las instituciones adoptarán a fin de ingresar la información en el PSCE será aprobado por Resolución Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 8º.- Responsabilidad por no publicar los TUPAS y sus modificaciones Los funcionarios responsables citados en el artículo 5º de la presente norma que incumplan con publicar el TUPA o sus modificaciones en el PSCE, en la forma y plazos que se establezcan, asumirán la responsabilidad prevista en elartículo 4º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo 9º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. DISPOSICIONES FINALES, COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS Primera.- Aprobación del procedimiento para ingresar los TUPAS al Portal de Servicio al Ciudadano La Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática - ONGEI deberá presentar un proyecto de ResoluciónMinisterial que apruebe el procedimiento al que se refiere el artículo 7º de la presente norma, en un plazo no mayor de 30días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente norma, bajo responsabilidad. En dicha norma, además, se aprobará el procedimiento para que aquellas entidades públicas que no cuenten con las herramientas tecnológicas para ingresar el TUPA al PSCE, puedan hacerlo directamentedesde cualquier cabina de Internet o con el apoyo de la Municipalidad Distrital, Provincial o del Gobierno Regional más cercano, las mismas que tienen la obligación de brindarles la colaboración necesaria para tal fin. Segunda.- El presente Decreto Supremo entrará en vigencia al día siguiente de publicada la Resolución Ministerial que se señala en la disposición anterior. Tercera.- La Presidencia del Consejo de Ministros aprobará las normas complementarias a efectos de cumplir con la presente norma. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de junio del año dos mil seis. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 10967 DEFENSA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G64/G65/G74/G65/G73/G20/G79/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73 /G64/G65/G6C/G20/G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G74/G6F/G20/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G45/G63/G75/G61/G64/G6F/G72/G20/G79/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G2C/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 247-2006-DE/EP/A.1.a.1.8 Lima, 14 de junio de 2006 Visto, la Hoja de Recomendación Nº 059 DIEDE/SD- PMTO Y EVAL/C-4.c.3 de mayo del 2006, de la Subdirección de Planeamiento y Evaluación de laDirección de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses institucionales designar al Cadete III GUEVARA NUÑEZ Héctor Felipe,para que participe como alumno del Curso de Formación de Oficiales en la Academia Militar de los Estados Unidos (USMA) West Point, en el período comprendido del 20 de junio al 31 de diciembre de 2006, por cuanto permitirá disponer de personal con un elevado nivel académico ypreparación profesional en centros de enseñanza militar en el extranjero, así como, continuar manteniendo vínculos de amistad con Ejércitos de otros países; Que, los gastos de formación profesional serán solventados por el Gobierno de los Estados Unidos deAmérica, salvo en lo referente a los conceptos deCompensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley delMinisterio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2006, Decreto de Urgencia Nº 002-2006 del 19 de enero de 2006 y su modificatoria con elDecreto de Urgencia Nº 006-2006 del 7 de mayo del 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de 26 de enero del2004, y su modificatoria con el Decreto Supremo Nº 008-2004- DE/SG de 30 de junio del 2004; y, Estando a lo opinado por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Cadete III GUEVARA NUÑEZ HéctorFelipe, para que participe como alumno de la AcademiaMilitar de los Estados Unidos (USMA) West Point, en elperíodo del 20 de junio al 31 de diciembre del 2006.