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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 322090El Peruano miércoles 21 de junio de 2006 Artículo 2º.- Autorizar al Agregado Naval a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América a suscribir el referido Convenio en representación del Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, así como las Adendas que sean necesarias. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 10855 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G22/G4E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C /G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E /G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G61/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F /G45/G6C/G65/G63/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G45/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G65/G73/G32/G30/G30/G36/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 560-2006-DE/SG Lima, 30 de mayo de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 096-2005-PCM del 8 de diciembre del 2005, se convocó a Elecciones Generales, para la elección del Presidente de laRepública, Vicepresidentes, Congresistas de la República, representantes del Perú ante el Parlamento Andino; Que, con Resolución Ministerial Nº 461-2006-DE/SG del 27 de abril del 2006, se resolvió conformar unaComisión de Transferencia del Sector Defensa, encargada de coordinar, ejecutar y supervisar el proceso de transferencia de la gestión de este Ministerio al Gobierno Electo en las Elecciones Generales 2006, la misma que tendrá como uno de sus integrantes alViceministro de Asuntos Logísticos y de Personal; Que, el artículo 5º de la precitada Resolución Ministerial establece que: “El Viceministro de Asuntos Logísticos y de Personal emitirá la Directiva que fije las responsabilidades y funciones a la Comisión y Comités de Transferencia”; Que, estando a los considerandos precedentes, el Viceministro de Asuntos Logísticos y de Personal ha emitido una directiva que establece disposiciones, procedimientos, plazos y responsabilidades, a los órganos del Despacho Ministerial, así como a lasInstituciones, Organismos, Empresas y Entidades delSector Defensa, para realizar el proceso de transferencia de la gestión del Ministerio al Gobierno Electo en las Elecciones Generales 2006; y, Estando a lo propuesto; SE RESUELVE: Artículo Único.- Apruébese la Directiva sobre “Normas para el Proceso de Transferencia de la Gestión del Ministerio de Defensa al Gobierno Electo en las Elecciones Generales 2006”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 10852 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G74/G6F /G61/G20 /G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20 /G44/G6F/G6D/G69/G6E/G69/G63/G61/G6E/G61/G20 /G70/G61/G72/G61/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G2D/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G61/G79/G75/G64/G61/G20/G68/G75/G6D/G61/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 577-2006-DE/CCFFAA Lima, 2 de junio de 2006Visto, el Oficio Nº 344 MAAG/OPNS de fecha 17 de mayo de 2006, del Jefe Accidental del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América,mediante el cual efectúa la invitación a la Conferencia de Intercambio de Comunicadores Profesionales para Actividades de Ayuda Humanitaria que se realizará en Punta Cana - República Dominicana, del 10 al 16 de junio del 2006. CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses Institucionales la participación del Jefe de la Oficina de Información del Comando Conjunto de las FuerzasArmadas en dicha Conferencia, en la que se tratará el impacto estratégico de los asuntos públicos sobre el apoyo público, las actividades de Ayuda Humanitaria y la manera cómo deben planificarse, manejarse y ejecutarse en forma efectiva lasoperaciones en asuntos públicos; asimismo es unaoportunidad de tratar abiertamente las estrategias y planes futuros de dichos asuntos para la participación de Perú en el Programa “Nuevos Horizontes 2007”; Que, los gastos de transporte, alojamiento y alimentación que irroguen la mencionada Comisióndel Servicio serán cubiertos con fondos TCA del Comando Sur, salvo en lo referente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto que será cubierto por el Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, LeyNº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con el Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG de fecha 30 de junio del 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio del señor Coronel EP Jorge AlfredoSOTOMAYOR WENDORFF , CIP . 107641800, DNI 43297560, para que participe en la Conferencia de Intercambio de Comunicadores Profesionales para Actividades de Ayuda Humanitaria, a realizarse en la ciudad de Punta Cana - República Dominicana, del 10 al16 de junio de 2006. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará el pago que corresponda de acuerdo a las disposiciones vigentes: TARIFA ÚNICA POR USO DE AEROPUERTO US$ 30.25 x 1 persona Artículo 3º.- Facultar al Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, para variar la fecha de inicio ytérmino de la autorización a que refiere el Artículo 1º, sin exceder el total de días aprobados. Artículo 4º.- Los gastos de transporte, hospedaje y alimentación serán solventados con fondos del TCA del Comando Sur, salvo en lo referente a la Tarifa Única por uso de Aeropuerto. Artículo 5º.- El mencionado Oficial Superior deberá cumplir con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 6º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase odenominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 10851