Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2006 (03/03/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 3 de marzo de 2006

Estado comprometidos con las diversas acciones de emergencia; Que, con arreglo a lo dispuesto por el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 058-2001-PCM, se requiere incluir la causal de inundacion dentro de los alcances de la declaratoria del Estado de Emergencia contemplado por el Decreto Supremo Nº 007-2006PCM; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo Nº 005-88-SGMD, modificado por el Decreto Supremo Nº 058-2001-PCM y el Decreto Supremo Nº 069-2005-PCM; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Ampliacion de la Declaracion de Estado de Emergencia Incluir la causal de inundacion dentro de los alcances de la prorroga del Estado de Emergencia del departamento de Tumbes, decretada mediante Decreto Supremo Nº 007-2006-PCM. Articulo 2º.- Reasignacion de recursos Las entidades que hubieren programado recursos para atender la emergencia prorrogada mediante Decreto Supremo Nº 007-2006-PCM, reasignaran los mismos con el fin de atender las necesidades originadas por las inundaciones. Articulo 3º.- Creacion del "Programa para la atencion de la Emergencia en el departamento de Tumbes" Crease en el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el "Programa para la atencion de la Emergencia en Tumbes". El citado Programa tiene como finalidad asegurar a la poblacion afectada el acceso a una solucion adecuada a sus necesidades en materia de vivienda, saneamiento, salud, agricultura, entre otros, que guarden correspondencia con las condiciones socioeconomicas de los damnificados que reunan los requisitos que se establezcan. Asimismo, podran ejecutarse en el MORDAZA de este Programa, intervenciones complementarias de reconstruccion de infraestructura educativa, de salud, transporte y comunicaciones y las que se consideren necesarias para la atencion de la Emergencia. El Programa se financiara con cargo a los recursos publicos de los presupuestos institucionales y sus modificatorias correspondientes de las entidades participantes del Programa. Para dichos efectos, se conformara un Grupo de Trabajo integrado por las siguientes entidades, las cuales deberan designar sus representantes: - Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; quien lo presidira; - Ministerio de Salud; - Ministerio de Agricultura; - Ministerio de Defensa; - Ministerio de Transportes y Comunicaciones; - Instituto Nacional de Defensa Civil; - Programa "A Trabajar Urbano"; - Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES Todas las entidades y empresas del Estado se encuentran obligadas a prestar el apoyo y colaboracion requerida por el Programa. Articulo 4º.- Participacion de entidades Mediante Resolucion Ministerial de Vivienda, Construccion y Saneamiento, se podra incorporar al Grupo de Trabajo al que se refiere el articulo anterior, de otras entidades publicas. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de marzo del 2006.

MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas RUDECINDO MORDAZA CARREAZO Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 03966

Autorizan viaje de Agentes de Seguridad encargados de coordinar aspectos de seguridad durante viaje realizado por el Presidente de la Republica a Bolivia y Brasil
RESOLUCION SUPREMA Nº 065-2006-PCM
MORDAZA, 2 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 022-2006-PCM, se autorizo el viaje de la mision de avanzada encargada de coordinar los aspectos de seguridad durante el viaje del senor Presidente de la Republica, doctor MORDAZA MORDAZA a las ciudades de Assis, Republica Federativa del Brasil y La Paz, Republica de Bolivia, para participar en la inauguracion del MORDAZA de la Integracion y en la Ceremonia de Transmision de Mando Presidencial, respectivamente; Que, en la mencionada resolucion se omitio incluir a los Agentes de Seguridad que tuvieron a su cargo esa labor en las ciudades de Cobija, Republica de Bolivia y Assis, Republica Federativa del Brasil, durante la participacion del senor Presidente en la Ceremonia de Inauguracion del "Puente de la Integracion Inapari-Assis" sobre el Rio Acre; Que el articulo 6º de la Ley Nº 26889 establece que la rectificacion procede mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619; la Ley Nº 26889; el Decreto de Urgencia Nº 002-2006; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, el Decreto Supremo Nº 007-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje a las ciudades de Cobija, Republica de Bolivia y Assis, Republica Federativa del Brasil; realizado por los siguientes Agentes de Seguridad, conforme a las fechas que se indican: Del 18 al 21 de enero 1. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2. MORDAZA MORDAZA Ly MORDAZA 3. MORDAZA Soriano MORDAZA Del 19 al 21 de enero 1. MORDAZA MORDAZA Jasimoto 2. MORDAZA Malpica MORDAZA 3. MORDAZA Ayerve MORDAZA 4. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Articulo 2º.- El egreso por concepto de viaticos para cada una de las personas integrantes de la Avanzada de Seguridad, por la suma de US$ 200.00 por dia sera asumido por el Pliego Presupuestal del Despacho Presidencial, debiendose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino de la referida comision. Articulo 3º.- La presente resolucion no MORDAZA derecho a la exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 03944

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