TEXTO PAGINA: 34
PÆg. 313856 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de marzo de 2006 Público, así como el numeral 2. del artículo 6º de la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública,y los artículos 150º, 152º, 153º, 154º, 155º, 170º y 159ºdel Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90- PCM, así como el numeral 9.3 del artículo 9º del ReglamentoInterno de Procedimientos Administrativos Disciplinarios delMinisterio del Interior aprobado por Resolución MinisterialNº 2179-2005-IN y el Texto Único Ordenado del DecretoLegislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Sancionar con la medida disciplinaria de DESTITUCIÓN a la servidora María Angela CHAVEZ HUAMAN, Asistente Administrativo II, nivel SPE, de la Oficina de Procesos de Personal de la Oficina de Personal, por lasrazones expuestas en la parte considerativa de la presenteResolución, debiéndose notificar de la presente ResoluciónMinisterial a la citada servidora. Artículo 2º.- Disponer que la Oficina de Personal del Ministerio del Interior inserte copia de la presente Resolución en el legajo personal de la servidora. Artículo 3º.- Disponer que por intermedio de la Oficina de Personal, se efectúen las investigaciones con miras adeterminar la responsabilidad del funcionario que evaluó yaprobó que la servidora procesada reunía los requisitos para ocupar el nivel ocupacional que ostenta actualmente, dando conformidad a la información consignada en laDeclaración Jurada que obra a folios 08 del rubro “Otros”del Legajo Personal de la servidora María Angela CHAVEZHUAMAN. Artículo 4º.- Disponer se remita copia de la presente Resolución Ministerial a la Presidencia del Consejo de Ministros a fin de que se inscriba en el Registro Nacional deSanciones de Destitución y Despido. Regístrese, comuníquese y publíquese. RÓMULO PIZARRO TOMASIO Ministro del Interior 04069 Exoneran de procesos de selección la adquisición de bienes considerados enel Plan de Emergencia Huallaga 2006- PNP RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0800-2006-IN-0501 Lima, 3 de marzo del 2006 VISTO: El Informe Técnico Nº 012-2006-IN/0506 de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la OGA,mediante el cual se da cuenta del desarrollo de las compras por emergencia para el “Plan de Emergencia Huallaga 2006- PNP”, por el importe total de S/. 23´013,158.78 (Veintitrésmillones trece mil ciento cincuenta y ocho con 78/100 NuevosSoles), efectuadas en cumplimiento de la ResoluciónMinisterial Nº 0363-2006-IN del 2 de febrero del 2006; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y suReglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establecen las normas que deben observar lasentidades del sector público en los procesos decontrataciones y adquisiciones de bienes, servicios u obras; Que, el artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobadomediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM estableceque están exoneradas de los procesos de selección lasadquisiciones y contrataciones que se realicen, entre otrascausales, por situación de emergencia; Que, el artículo 20º de la norma en comentario establece que todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literalb) del artículo 19º, se aprobarán mediante Resolución delTitular del Pliego de la Entidad, siendo dicha facultad indelegable; Que, en todos los casos de exoneración, la contratación y la ejecución de los contratos se regulan por la Ley en comentario, su Reglamento y demás normas complementarias; Que, el artículo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobadomediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, estableceque la situación de emergencia es aquella en la cual la Entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastróficos o de situaciones quesupongan grave peligro o de necesidad que afecten ladefensa nacional, debiendo la Entidad adquirir o contrataren forma directa lo estrictamente necesario para prevenir yatender desastres, así como para satisfacer las necesidades sobrevivientes; precisándose que toda contratación o adquisición realizada para enfrentar una situación deemergencia deberá regularizarse dentro de los diez (10)días siguientes a la finalización del evento que la produjo,incluyéndose el proceso en el Plan Anual de Adquisicionesy Contrataciones de la Entidad; Que, el Art. 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordantecon los Arts. 142º y 146º del Reglamento, establecen quela Resolución que aprueba la exoneración de un proceso,requiere obligatoriamente de un informe técnico-legal previoque contengan la justificación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración, los cuales deberán remitirse tanto a la Contraloría General de laRepública y al Consejo Superior de Contrataciones yAdquisiciones del Estado - CONSUCODE; Que, la exoneración se circunscribe a la omisión del proceso de selección; por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquella deberán cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades,exigencias y garantías que se aplicarían de haberse llevadoa cabo el proceso de selección correspondiente; Que, mediante Informe Técnico Nº 012-2006-IN/0506 del 28 de febrero del 2006, la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administración del MININTER, da cuenta del desarrollo de las compras poremergencia efectuadas mediante los procedimientos deExoneración Nº 002-2006-IN/OGA, Nº 003-2006-IN/OGANº 004-2006-IN/OGA, Nº 005-2006-IN/OGA y Nº 006-2006-IN/OGA, según encargo conferido mediante Resolución Ministerial Nº 0363-2006-IN del 2 de febrero del 2006 que aprueba el Plan de Emergencia Huallaga 2006-PNP yconforme a las Especificaciones Técnicas elaboradas porla Dirección de Logística de la PNP, sustentadas en losInformes Nº 12-2006-DIRLOG-PNP de la Dirección deLogística de la PNP, Nº 001-06-DIREJADMPNP/DIRTEL- DIVTEL-SEC de la Dirección de Telemática de la PNP, Nº 001-2006-DIREOP-PNP/ADM-U1 del Jefe deAdministración de la Dirección Ejecutiva de OperacionesPoliciales, Nº 001-2006-DIRSEPUB-PNP/DINOES-UPIA delJefe de la DINOES PNP, Nº 001-DIRCOTE-PNP de la Direccióncontra el Terrorismo y Nº 001-01-2006-DIRANDRO-PNP/EEH de la Dirección de Antidrogas de la PNP, en los cuales las unidades usuarias señalan sus necesidades reales al tipode operaciones a desarrollar en el Frente Policial Huallaga; Cabe agregar, además que de acuerdo al Informe Técnico antes indicado el procedimiento de ExoneraciónNº 006-2006-IN-OGA para la adquisición de “Equipamiento considerado en el Plan de Emergencia Huallaga 2006- PNP”, se efectuó contando con la declaración de viabilidadde la Oficina de Programación e Inversiones (Formato SNIP03) en virtud a la delegación expresa de facultades otorgadamediante Resolución Ministerial Nº 092-2006-EF-15 queaprueba el Proyecto de Inversión Pública de la Adquisición de Equipamiento y Aeronaves para la atención del Plan de Emergencia, a implementarse en el marco del DecretoSupremo Nº 098-2005-PCM; Que, al haberse configurado la causal prevista en el literal c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por situación de emergencia, resulta procedente aprobar la exoneración para la “Adquisición de los bienes consideradosen el Plan de Emergencia Huallaga 2006-PNP”, bajo lacausal de situación de emergencia por la suma deS/. 23´013,158.78 (Veintitrés millones trece mil cientocincuenta y ocho con 78/100 Nuevos Soles); Estando a lo informado por la Oficina General de Asesoría Jurídica, de conformidad con el Reglamento deOrganización y Funciones aprobado mediante DecretoSupremo Nº 004-2005-IN, lo establecido en el Artículo 5º