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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2006 (11/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 7

PÆg. 314453 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de marzo de 2006 Autorizan viaje de Primera Dama de la Nación y delegación que la acompaæarÆa EE.UU. para participar en actividadesoficiales sobre la exposición "Divina y Humana: Mujer en MØxico y el Perœ Antiguos" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 074-2006-PCM Lima, 8 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Dra. Eliane Karp de Toledo, Primera Dama de la Nación viajará a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 11 al 16 de marzo del presente año, para participar en diversas actividades oficialesrelacionadas con la exposición "Divina y Humana: Mujer en México y el Perú Antiguos", que se exhibirá en el National Museum of Women in the Arts; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de la delegación que acompañará a la Primera Dama de la Nación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamentoaprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Decreto de Urgencia Nº 002-2006, los Decretos Supremos Nºs. 007-2002 y 094-2005-PCM y laResolución Ministerial Nº 049-2006-PCM;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la delegación que acompañará a la Primera Dama de la Nación, que estará integrada por las siguientes personas: - Sra. Marta Castañeda Landázuri, Jefa de Prensa del Despacho de la Primera Dama de la Nación. - Sra. Inés Menacho Ortega, Fotógrafa del Despacho Presidencial. - Sr. Marco Cabellos Flores, Camarógrafo del Despacho de la Primera Dama de la Nación. - Tnte. 1ra. AP Otto Guevara Bernedo, Agente de Seguridad. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Despacho Presidencial, de acuerdo alsiguiente detalle: Pasajes Viáticos Tarifa Única por día por Uso de Aeropuerto Marta Castañeda Landázuri US$ 1,106.00 US$ 220.00 ------ Inés Menacho Ortega US$ 1,176.00 US$ 220.00 ----- Marco Cabellos Flores US$ 1,348.37 US$ 200.00 US$ 30.25 Los costos del viaje del señor Otto Guevara Bernedo serán aprobados en la Resolución correspondiente. Lospasajes del señor Marco Cabellos Flores incluyen ida y retorno, en tanto que para los demás miembros de la delegación sólo cubrirá el retorno. REPUBLICADELPERU MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA COMUNICADO Nº 001-2006-EF/93.01 A las autoridades, funcionarios y trabajadores del área contable de las entidades del Sector Público, se les comunica lo siguiente: Mediante Resolución de Consejo Normativo de Contabilidad Nº 031-2004-EF/93.01 de fecha 11 de mayo de 2004, se resolvió suspender el Ajuste Integral de los Estados Financieros por efecto de Inflación a partir del ejercicio 2005, al haberse superado las características propias de una economía hiperinflacionaria. La citada Resolución considera que los saldos finales actualizados al 31 de diciembre de 2004, mediante la aplicación de la Metodología de Ajuste Integral aprobada por las Resoluciones del CNC Nº 002-90-EF/93.01 y Nº 003-93-EF/93.01, respectivamente, son saldos históricos a partir del 1 de enero de 2005. El Compendio de Normatividad Contable, aprobado por la Resolución de Contaduría Nº 067-97-EF/93.01 contiene, entre otros temas, el Instructivo Nº 9, Revaluación de Bienes del Activo Fijo, el mismo que continúa sin aplicación. En consideración a lo enunciado, al haberse suspendido los ajustes por corrección monetaria a partir del ejercicio 2005, para valuar a costos históricos los Inmuebles, Maquinaria y Equipo, se deberá tener en cuenta lo siguiente: 1. Los terrenos mantendrán sus valores históricos, no debiendo estar sujetos a comparación con los valores arancelarios formulados por la Comisión Nacional de Tasaciones – CONATA, los que fueron utilizados para determinar su valor límite de actualización, en razón de haberse suspendido el ajuste integral de los Estados Financieros. 2. Los bienes de activo fijo totalmente depreciados y en uso, deben mantenerse registrados en las cuentas Inmuebles, Maquinaria y Equipo, y Depreciación Acumulada, al valor histórico y el importedepreciado de cada bien, respectivamente, de manera tal que se mantenga el valor residual de Un Nuevo Sol, para efecto de control y revelación en notas a los estados financieros, no debiendo ser objeto de tasación. Lima, 28 de febrero de 2006 CPC OSCAR A. PAJUELO RAMIREZ Contador General de la Nación 04569