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PÆg. 314462 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de marzo de 2006 Notariado por el Secretario del Jurado del Concurso, y luego de haberse cumplido con la distintas fases delmismo, el señor abogado José Luis Prado Calderón, ha resultado ganador de la plaza notarial correspondiente al distrito de San Juan Bautista, provincia de Huamanga,departamento de Ayacucho, Distrito Notarial de Ayacucho; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley Orgánica del Sector Justicia, aprobada mediante Decreto Ley Nº 25993; inciso b) del artículo 21º y artículo 12º, Decreto Ley Nº 26002, Ley del Notariado; y el artículo29º del Reglamento de Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial, aprobado por Resolución Ministerial Nº 398-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nómbrase al señor abogado JOSÉ LUIS PRADO CALDERÓN, Notario del distrito de San Juan Bautista, provincia de Huamanga, departamentode Ayacucho, Distrito Notarial de Ayacucho, debiendo expedirse a tal efecto el Título correspondiente. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente Resolución al Consejo del Notariado, a los Colegios de Notarios de Ayacucho, y al interesado para los fines de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia 04508 MIMDES Designan Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pœblica deChucuito - Juli RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 151-2006-MIMDES Lima, 10 de marzo de 2006 CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-97- PROMUDEH modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2003-MIMDES, se aprobó la conformación de los Directorios de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participación Social, los cuales están integrados, entreotros, por dos representantes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, uno de los cuales debe presidirlo; Que, se encuentra vacante el puesto de Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Chucuito - Juli; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793, en la Ley Nº 26918, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Socialaprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, y en el Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2003-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a doña IGNACIA CASTILLO DE ALAVE como Miembro del Directoriode la Sociedad de Beneficencia Pública de Chucuito – Juli; Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 04588Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales por perjuicio económicoocasionado en la ejecución de obra encentro educativo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 152-2006-MIMDES Lima, 10 de marzo de 2006 Visto, el Memorando Nº 44-2005-MIMDES-DM de la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social y el MemorandoNº 836-2005-MIMDES/SG de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; CONSIDERANDO: Que, del Informe Nº 017-2004-2-4382, denominado "Examen especial sobre obras paralizadas por deficiencias del expediente técnico y/o modificaciones del proyecto", se determinó entre otros la ObservaciónNº 5 "Deficiencias en la modificación y ejecución del expediente técnico, originó el colapso total de la obra: "Reemplazo Aulas C.E.I. # S/N Paccarectambo",ocasionando la pérdida de la inversión por la suma de S/. 36,300.00"; Que, en relación a la observación Nº 5 del citado informe, se determinó que en la ejecución de la obra losagentes que intervinieron, incumplieron con lo señalado en las Guías de Orientación del Inspector y del Supervisor, así como en los términos de referencia delcontrato de locación de servicios, realizándose una deficiente modificación del expediente técnico al no tomar en cuenta el estudio de suelos o extracción de calicatasy no haber considerado en el presupuesto general del proyecto, la partida que corresponde al corte de explanaciones del terreno por el desnivel existente,originando así el colapso de dicha obra, ocasionando la pérdida de la inversión por la suma de S/. 36,300.00 nuevos soles; Que, los hechos expuestos se produjeron por falta de diligencia por parte de los agentes que participaron en la ejecución de la referida obra, determinándose así presunta responsabilidad civil conforme a lo previsto enel artículo 1321º del Código Civil; Que, el literal f) del artículo 15º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, establece que losinformes resultantes de las acciones de control constituyen prueba preconstituida para el inicio de las acciones legales a que hubiera lugar; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar al Procurador Público Ad Hoc del FONCODES, para que inicie las acciones judiciales correspondientes; Con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica del MIMDES contenida en el InformeNº 281-2006-MIMDES/OGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de laMujer y Desarrollo Social, el Reglamento de Organización y Funciones del MIMDES aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES y el DecretoLey Nº 17537 - Ley de Representación y Defensa del Estado en asuntos judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público Ad Hoc del FONCODES, para que en representación y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra laspersonas comprendidas en la Observación Nº 5 "Deficiencias en la modificación y ejecución del expediente técnico, originó el colapso total de la obra"Reemplazo Aulas C.E.I. # S/N Paccarectambo" ocasionando la pérdida de la inversión por la suma de S/. 36,300.00", del Informe Nº 017-2004-2-4382"Examen especial sobre obras paralizadas por