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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2006 (16/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 9

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G31/G34/G38/G31/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 16 de marzo de 2006 Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho, en la provincia de Tayacajadel departamento de Huancavelica, en la provincia de LaConvención del departamento del Cusco; en la provinciade Satipo, en el distrito Andamarca de la provincia deConcepción, y en el distrito de Santo Domingo de Acobamba de la provincia de Huancayo del departamento de Junín, por un plazo de sesenta (60) días; Que, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 137º de la Constitución Política del Perú, lasFuerzas Armadas, en Estado de Emergencia, asumenel control del orden interno, si así lo dispone el Presidente de la República; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno por el tiempo que dure el Estado de Emergencia en las provincias de Huantay La Mar del departamento de Ayacucho, en la provinciade Tayacaja del departamento de Huancavelica, en laprovincia de La Convención del departamento del Cusco;en la provincia de Satipo, en el distrito Andamarca de la provincia de Concepción, y en el distrito de Santo Domingo de Acobamba de la provincia de Huancayo deldepartamento de Junín. La Policía Nacional contribuirá al logro de dicho objetivo en los departamentos y provincias indicados enel párrafo anterior. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro delInterior. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa RÓMULO PIZARRO TOMASIO Ministro del Interior 04905 ECONOMÍA Y FINANZAS /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G64/G61/G73/G20/G61 /G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G54/G65/G63/G6E/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G6F/G20/G53/G75/G72/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 DECRETO SUPREMO Nº 031-2006-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27413 se creó la Universidad Nacional Tecnológica del Cono Sur de Lima, comopersona jurídica de derecho público interno, con sedeen el distrito de Villa El Salvador, provincia y departamentode Lima, para atender la formación profesional integral, la investigación científica y las actividades de extensión cultural propias de la Región de Lima; Que, con la Resolución Nº 178-2005-CONAFU de fecha 29 de septiembre de 2005 el Consejo Nacionalpara la Autorización de Funcionamiento de Universidades- CONAFU, reconoce a los miembros de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Tecnológica del Cono Sur de Lima, para llevar a cabo el proceso deimplementación de la citada Casa de Estudios; Que, el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades mediante los OficiosNºs. 1382 y 1416-2005-CONAFU-P señala, entre otros, que la Universidad Nacional Tecnológica del Cono Sur de Lima se encuentra facultada para gestionar supresupuesto para el año 2006;Que, la Universidad Nacional Tecnológica del Cono Sur de Lima inició sus actividades de implementación a partirde octubre del año 2005, cuando el Presupuesto del Ejecutivoya se encontraba en el Congreso de la República, razónpor la cual en el año 2006 no tiene asignado un presupuestocomo Pliego Presupuestal, sin embargo, en la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas se consignó la suma de TRES MILLONES Y 00/100 NUEVOSSOLES (S/. 3 000 000,00) para el funcionamiento eimplementación de la citada Casa de Estudios; Que, en consecuencia, resulta conveniente autorizar una transferencia de partidas por la fuente de financiamiento recursos ordinarios por la suma de TRES MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 000 000,00)a favor de la Universidad Nacional Tecnológica del ConoSur de Lima; De conformidad con lo establecido por el artículo 45º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA:Artículo 1º.- Autoriza Transferencia de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, hasta por la cantidad de TRES MILLONES Y 00/100NUEVOS SOLES (S/. 3 000 000,00) de acuerdo alsiguiente detalle: DE LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Admin istración General FUNCIÓN 03 : Administración y Planeamiento PROGRAMA 006 : Planeamiento Gubernamental SUBPROGRAMA 0019 :Planeamiento Presupuestario, Financiero y Contable ACTIVIDAD 00010 : Adm inistración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DEFINANCIAMIENTO 00 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO 5. GASTO CORRIENTE 0 Reserva de Contingencia 3 000 000,00 ------------------ TOTAL 3 000 000,00 ========== A LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 543 : Universidad Nacional Tecnológica del Cono Sur de Lima UNIDAD EJECUTORA 001 : Universidad Nacional Tecnológica del Cono Sur de Lima FUNCIÓN 09 : E ducación y Cultura PROGRAMA 003 : Administración SUBPROGRAMA 0006 : Admin istración General ACTIVIDAD 00267 : Gestión Administrativa FUENTE DEFINANCIAMIENTO 00 : Recursos Ordinarios CATEGORÍA DEL GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 3. Bienes y Servicios 850 000,00 6. GASTOS DE CAPITAL 7. Otros Gastos de Capital 40 000,00 ---------------- SUBTOTAL 890 000,00 PROGRAMA 029 : Educación Superior SUBPROGRAMA 0076 : Superior Universitaria ACTIVIDAD 00199 :Desarrollo de la Educación Universitaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00 : Recursos Ordinarios