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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2006 (16/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 21

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G31/G34/G38/G32/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 16 de marzo de 2006 U.N. DEL CENTRO DEL PERÚ 0.0029818933 U.N. DEL SANTA 0.0000001072 U.N. FEDERICO VILLARREAL 0.0000184511 U.N. HERMILIO VALDIZAN 0.0002006338 U.N. JORGE BASADRE GROHMANN 0.0156085726 U.N. JOSE F. SANCHEZ CARRION 0.0012367195 U.N. JOSÉ MARÍA ARGUEDAS 0.0001915686 U.N. MAYOR DE SAN MARCOS 0.0000184511 U.N. MICAELA BASTIDAS DE APURIMAC 0.0001915686 U.N. SAN CRISTOBAL DE HUAMANGA 0.0000651464 U.N. SAN LUIS GONZAGA 0.0004073085 U.N. SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO 0.0000001072 U.N. TECNOLÓGICA DEL CONO SUR DE LIMA 0.0000184511 04860 ENERGÍA Y MINAS /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F /G79/G20/G64/G65/G20/G50/G45/G54/G52/G4F/G50/G45/G52/GDA/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G70/G6F/G6E/G65/G72/G20/G6D/G65/G64/G69/G64/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G6D/G6F/G64/G65/G72/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G52/G65/G66/G69/G6E/G65/G72/GED/G61/G73/G20/G64/G65/G50/G65/G74/G72/GF3/G6C/G65/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 117-2006-MEM/DM Lima, 14 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2006-EM se constituye la Comisión encargada de proponer medidas para la modernización de las Refinerías de Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A.; Que, en la mencionada Comisión, se ha considerado un representante del Ministerio de Energía y Minas, quienla presidirá; Que, en este sentido, es necesario designar al representante titular y alterno del Ministerio de Energía y Minas ante la Comisión encargada de proponer medidaspara la modernización de las Refinerías de Petróleos delPerú - PETROPERÚ S.A.; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25962 y el Decreto Supremo Nº 025-2003-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como representantes del Ministerio de Energía y Minas ante la Comisión encargadade proponer medidas para la modernización de lasRefinerías de Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A.constituida por Decreto Supremo Nº 016-2006-EM, a lossiguientes funcionarios: Ing. Gustavo A. Navarro Valdivia, representante titular. Ing. Luis Zavaleta Vargas, representante alterno. Regístrese y comuníquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 04877 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 118-2006-MEM/DM Lima, 14 de marzo de 2006 VISTO, el Acuerdo de Directorio Nº 020-2006-PP adoptado por el Directorio de la empresa Petróleos del Perú S.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2006-EM se constituye la Comisión encargada de proponermedidas para la modernización de las Refinerías de Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A.; Que, en la mencionada Comisión, se ha considerado un representante de la empresa PETROPERÚ S.A., quienactuará como Secretario Técnico; Que, en este sentido, es necesario designar al representante titular y alterno de la empresa PETROPERÚ S.A. ante la Comisión encargada deproponer medidas para la modernización de lasRefinerías de Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A.; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25962 y el Decreto Supremo Nº 016-2006-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como representantes de la empresa Petróleos del Perú S.A. - PETROPERÚ S.A.ante la Comisión encargada de proponer medidas para la modernización de las Refinerías de Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A. constituida por Decreto SupremoNº 016-2006-EM, a los siguientes funcionarios: Sr. Róger Arévalo Ramírez, representante titular. Sr. Sulpicio Vicuña Vidal, representante alterno. Regístrese y comuníquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 04878 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 015-2006-EM Mediante Oficio Nº 098-2006-SCM-PR la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratasdel Decreto Supremo Nº 015-2006-EM y su Anexo(Reglamento para la Protección Ambiental en lasActividades de Hidrocarburos), publicados en las ediciones del 3 y 5 de marzo de 2006, respectivamente. En el Decreto Supremo Nº 015-2006-EM(Página 313661) DICE: Artículo 1º.- "Apruébese el nuevo Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos, que consta de diecisiete (17) títulos,noventiocho (98) artículos, (...)" DEBE DECIR: Artículo 1º- "Apruébese el nuevo Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades deHidrocarburos, que consta de diecisiete (17) títulos,noventicinco (95) artículos, (...)" En el Anexo del Decreto Supremo (Página 313943) DICE:Artículo 50º.- "(...) Un resumen con la estadística y la documentación sustentatoria de dicho registro se presentará en el informe anual a que se refiere el artículo96º". DEBE DECIR: Artículo 50º.- "(...) Un resumen con la estadística y la documentación sustentatoria de dicho registro sepresentará en el informe anual a que se refiere el artículo 93º".