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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2006 (18/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 22

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G34/G39/G39/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 18 de marzo de 2006 necesaria la asistencia del señor Guillermo César Garrido Lecca del Río, Director General de la DirecciónNacional del Endeudamiento Público y de la señoraCarmen Julia Zuzunaga Salinas, economista de dichaDirección Nacional, en los mencionados eventos; Que, en consecuencia, y siendo de interés para el país, es necesario autorizar dichos viajes, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al Presupuesto del Ministeriode Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, modificadopor Decreto de Urgencia Nº 02-2006, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor GUILLERMO CESAR GARRIDO LECCA DEL RIO, Director General de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público y de la señora CARMEN JULIAZUZUNAGA SALINAS, economista de la citada DirecciónNacional del Ministerio de Economía y Finanzas, a laciudad de Belo Horizonte, República Federativa del Brasil,del 2 al 5 de abril de 2006, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, serán con cargo alPresupuesto de la Unidad Ejecutora 001 - AdministraciónGeneral del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas,de acuerdo al siguiente detalle: Señor Guillermo César Garrido Lecca del Río Pasajes : US$ 1 022,87 Viáticos : US$ 800,00Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 30,25 Señora Carmen Julia Zuzunaga Salinas Pasajes : US$ 1 022,87 Viáticos : US$ 800,00Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje el referido funcionario yla mencionada profesional deberán presentar un informedetallado describiendo las acciones realizadas y losresultados obtenidos durante el viaje. Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana decualquier clase o denominación a favor del funcionario yde la profesional cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 05080 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20 /G71/G75/G65/G20 /G6C/G6F/G73/G20 /G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G73/G20 /G4C/G6F/G63/G61/G6C/G65/G73 /G71/G75/G65/G20/G6E/G6F/G20/G68/G75/G62/G69/G65/G72/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G63/G6C/G75/G69/G64/G6F/G20/G65/G6C/G20/G72/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F /G63/G6F/G6E/G74/G61/G62/G6C/G65/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G53/G49/G41/G46/G2D/G47/G4C/G20/G70/G6F/G64/G72/GE1/G6E /G72/G65/G6D/G69/G74/G69/G72/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G74/G72/G61/G76/GE9/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G2D/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G43/G6F/G6E/G74/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4E/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G2D/G20/G53/G49/G43/G4F/G4E DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 005-2006-EF/93.01 Lima, 17 de marzo del 2006.Que, la Resolución de Contaduría N° 196-2006-EF/ 93.01 estableció los Gobiernos Locales que registrarány presentarán a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública, la información financiera y presupuestariacorrespondiente al ejercicio 2005, mediante el SistemaIntegrado de Administración Financiera para GobiernosLocales – SIAF-GL y los Gobiernos Locales quepresentarán dicha información por el Sistema de Integración Contable de la Nación – SICON; Que, el Anexo N° 1 de la citada Resolución comprende a los Gobiernos Locales que efectuarán sus registroscontables y presentarán a la Dirección Nacional deContabilidad Pública su información financiera ypresupuestaria, mediante el SIAF-GL; Que, se ha recibido comunicaciones de diversos Gobiernos Locales manifestando la imposibilidad deconcluir el registro de sus operaciones contablesmediante el SIAF-GL antes del vencimiento del plazo depresentación de sus rendiciones de cuentascorrespondientes al ejercicio 2005, solicitando remitir su información para fines de elaboración de la Cuenta General de la República 2005, mediante el Sistema deIntegración Contable de la Nación – SICON; En uso a las atribuciones conferidas en la Ley N° 24680 – Ley del Sistema Nacional de Contabilidad, laLey Nº 27312 - Ley de Gestión de la Cuenta General de la República y la Ley N° 28112 – Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Los Gobiernos Locales, comprendidos en el Anexo N° 1 de la Resolución de Contaduría N° 196-2006-EF/93.01, que no hubieren concluido el registrocontable mediante el SIAF-GL, podrán remitir su información para la elaboración de la Cuenta General de la República 2005, a través del Sistema de IntegraciónContable de la Nación – SICON. Artículo 2º.- El Sistema de Integración Contable de la Nación – SICON, debidamente actualizado seencuentra en la página Web: http://cpn.mef.gob.pe y en la página Web: http://www.mef.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese,OSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ Contador General de la Nación 05082 /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G50/G72/G6F/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G64/G65/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G52/G65/G73/G75/G6C/G74/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G6F/G73/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 015-2006-EF/76.01 Lima, 15 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Directoral Nº 007-2006- EF/76.01 se aprobó la Directiva Nº 005-2006-EF/76.01 -Directiva para la Formulación, Suscripción, Ejecución yEvaluación de Convenios de Administración por Resultados para el Año Fiscal 2006; Que, en su artículo 21º, se fijó el 10 de marzo de 2006, como fecha máxima de presentación de lasPropuestas de Convenio a la Dirección Nacional delPresupuesto Público, según el modelo señalado en elAnexo A de la citada Directiva; Que, a fin de lograr una mayor participación de las Entidades Públicas en la suscripción de Convenios deAdministración por Resultados, particularmente de losGobiernos Regionales y Gobiernos Locales, resultanecesario prorrogar el plazo para la presentación de lasPropuestas de Convenio a que se refiere el considerando precedente; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, la